PUESIESQUE…ya sabemos que el bukelato es un régimen aconstitucional, alegal, que menosprecia y ridiculiza las normas jurídicas; es un régimen personalista que promueve como única verdad revelada, la voluntad y capricho de un mesiánico al que, según sus seguidores, debe adorarse, cual becerro.
Pues como parte de semejante perfil del bukelato, el pasado jueves 29 de noviembre de 2023, los torticerosvalladares y los tres escondidos lobistas (tienen abierta oficina de abogado, pero en realidad no ejercen como tal) septuagenarios que los asesoran, se dieron una COMILONA-cual chupijuerga- DE INCONSTITUCIONALIDADES.
En efecto, ese día, en un lapso de aproximadamente unas tres horas, la Asamblea Legislativa (AL) cometió, por orden e iniciativa del presidente de la República (CAPRES), al menos doce -sí, ¡12!- violaciones constitucionales (y pensar que un señor sale en la televisión diciendo que todo estuvo “generalmente bien”…ja,ja,ja…y que fue algo sorpresivo…ja,ja,ja…quién sabe dónde vivió en los últimos dos años).
Ocuparé, entonces, este espacio que tan amablemente me conceden, para contarles -muy brevemente- de las evidentes aberraciones, arbitrariedades y chambonadas que ocurrieron el 29 de noviembre de 2023 en la AL, una tarde-noche de INFAMIA para la decencia y la constitucionalidad, fruto de la ignorancia, la maldad y la improvisación del bukelato.
Intentaremos reseñar las inconstitucionalidades en orden diacrónico, pero la orgía de infracciones constitucionales es tal, que por ratos deberé mezclar algunos temas:
Primera violación constitucional: dado que, como sabemos todos, en El Salvador, la reelección presidencial inmediata o continua está explícitamente prohibida por la Constitución, la sola presentación de una licencia para el presidente y vicepresidente a efecto de dedicarse a una campaña política financiada con fondos públicos y con el objetivo de reelegirse inmediatamente, ya constituye, por esa sola circunstancia, la primera infracción constitucional, pues la sola candidatura o postulación para buscar la reelección es ilegal.
Para explicarme, nos resulta ocupar útil una expresión nacida en el derecho probatorio penal, pero que se ha extendido a otros campos jurídicos: la teoría del fruto envenenado, que en esencia dice, entre sus varias manifestaciones, si la acción por realizar tiene un objetivo ilegal o inconstitucional, es decir, es nulo, todos los actos preparatorios para llegar a ese fin, también son ilegales, son nulos.
Por ello, en realidad, la sola presentación de la licencia constituye un acto preparatorio para la realización de actos ilegales. De ahí en adelante, todo lo hecho por la AL el 29 de noviembre no tiene valor jurídico, es una pantomima, una payasada. Pero sigamos contándoles.
Segunda violación constitucional: resulta que las licencias NO fueron pedidas ni por el presidente ni por el vicepresidente, sino que enviaron cartas firmadas por uno de sus “fámulos”, el mal llamado secretario jurídico de la presidencia.
Es elemental que las licencias para abandonar cargos tan importantes como la presidencia o la vicepresidencia de la república, sobre todo si se piden para realizar actos fuera de su funciones públicas, esto es, actos de naturaleza privada(como es su propia campaña política para una reelección inconstitucional), únicamente pueden ser solicitadas por el propio interesado, ya que es un acto personalísimo, que no puede ser delegado.
Y es que el “mayordomo” de CAPRES, así le hayan puesto el título de “secretario jurídico”, en la cartas que envió a la AL, no dijo que actuaba en representación del presidente o del vicepresidente, sino que se basó en una regla genérica del Reglamento Interior del Órgano Ejecutivo (RIOE), que dispone que dicho “secretario jurídico” debe hacer lo que le “encomiende” el presidente.
Por supuesto, tal regla se refiere a la realización de atribuciones públicas, a ser mandadero del presidente, así que, al no solicitar la licencia, ni el presidente, ni el vicepresidente, las licencias infructíferamente concedidas, son un FRAUDE, sin valor legal, así que, simple y sencillamente, el señor Bukele y el señor Ulloa han ABANDONADO ilegalmente los cargos de presidente y de vicepresidente, respectivamente.
Tercera violación constitucional: confirmando que la solicitud de licencia es un acto personalísimo, el ordinal 15º del artículo 131 de la Constitución dispone que la AL debe resolver sobre las licencias solicitadas por el presidente, el vicepresidente y los designados, PREVIA RATIFICACIÓN PERSONAL ante la misma AL.
En otras palabras, NO basta mandar una carta firmada por un “mayordomo” de CAPRES, sino que tanto el presidente como el vicepresidente debían presentarse PRESENCIALMENTE ante la AL, al menos haciendo el show de ratificar sus solicitudes de licencia.
Pero el presidente no llegó a la AL: es entendible. Para él, así como menosprecia a la mayoría de los salvadoreños, sobre todos a los más humildes y pobres, los diputados de su partido y sus satélites son, para decirlo en términos chespiritianos, simple chusma: si por él fuera, desaparecería la AL y jamás trataría con lo que él considerara plebe, para que así, hacer “oficial” y no solo pantomima, que él es un designado divino que deben adorar.
Sobre esta violación constitucional, el servilismo de los diputados puyabotones fue tan grosero, que en dos ocasiones -primero una señora y después un señor de cuyos nombres no me recuerdo, ni me interesa- decían, con cara de palo de jiote, sin el menor rubor, que estaban cumpliendo la Constitución, observando el ordinal 15º del artículo 131 de la Constitución, pero sólo un pedazo -que ridículos-, obviando o dejando de leer la parte en que esa disposición exige la ratificación personal de la solicitud de licencia por el presidente y el vicepresidente. Así que, siguiendo instrucciones de torticeros valladares, ahora en la AL, solo se leen pedacitos de los artículos de la Constitución.
Bueno…mmm…como ven, no es posible reseñar en una sola colaboración, las múltiples cochinadas que la AL hizo el 29 de noviembre de 2023: seguiremos esta semana.
Abogado constitucionalista.