El 3 de febrero el presidente Bukele amenazó a los alcaldes del país con este tuit: “Los alcaldes que no retiren ese cobro ilegal y no emitan una disculpa pública en la próxima hora serán arrestados por extorsión”. De la manera más humilde, el alcalde de Yoloaiquín se disculpó ante su pueblo, dejando sin efecto el cobro que había hecho a los camiones repartidores que entraban en su territorio, para aliviar las vacías arcas municipales. Minutos antes, Will Salgado, el antes alcalde más irreverente y respondón, también había inclinado la cabeza acatando servilmente el mandato presidencial.
Sin tomar en cuenta que en noviembre 2022, los diputados cyan, con la prepotencia que les caracteriza al saberse arropados por el todopoderoso, propusieron una reforma para que las alcaldías fueran autosostenibles, mediante un aumento de impuestos y tasas (Ver mi columna del domingo 13/11/2022 ALCALDÍAS AUTOSOSTENIBLES: https://www.elsalvador.com/opinion/editoriales/alcaldia-/1015065/2022/). Por ello, los alcaldes pusieron en práctica una posible reforma de la Asamblea, que les permitiera pagar los atrasados sueldos de sus empleados. A pesar de las justas quejas de la mayoría pobre de su población, los ediles no se han atrevido a exigir el FODES que les corresponde por ley. ¿Ejecutivo vrs Legislativo? Evidencia del desacierto de haber aniquilado la separación de poderes.
Los mandatos constitucionales le salen sobrando a Bukele, para hacer su capricho que todos acatan sin discusión alguna, y que incluso haya osados que se atreven a interpretar la Carta Magna, retorciendo sus artículos para que se acomoden al mandato presidencial.
Una muestra es la columna en EDH del miércoles 8 de febrero, de un abogado y diputado cyan titulado “La reelección de Nayib Bukele como Presidente de El Salvador”. Para sustentar su criterio y refutar a los que se atreven a afirmar que la reelección presidencial está prohibida en varios artículos de la Constitución, él cita el Art. 8 que literalmente dice: “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni a privarse de lo que ella no prohíbe” ¿Y lo que sí prohíbe?
Porque varios artículos de la Constitución prohíben la reelección presidencial, con términos tan fuertes y claros como “que el período presidencial termina…y el presidente no puede permanecer un día más….”. Que pétreo significa de piedra, que no pueden modificarse (y menos interpretarse por cualquiera) exigiendo la alternancia en el poder y detallando penalidades para quienes apoyen la reelección, aunque la explicación cantinflesca del letrado las sanciones son para “los que suscriban actas proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección para un tercer período”. No aplica a las gorras en la AL ni a los gritos en CAPRES porque están escondidos en una constitución que solo Bukele y los cyan conocen y estudian.
Asegura que, a nivel nacional, declarar inconstitucional la reelección de Bukele carece de sentido y fundamento, pues hasta internacionalmente, el Art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,) no prevé ninguna posición jurídicamente garantizada respecto a postulación indefinida….etc. etc. Hay que admirar el cinismo y la poca vergüenza de hablar de CADH, una institución que ha condenado a El Salvador en diversas ocasiones por evidentes violaciones a los derechos humanos, de lo cual se ha burlado olímpicamente el mandatario y sus seguidores, ya que los ciudadanos honrados somos testigos de que con el régimen de excepción permanente, han desaparecido los derechos humanos de los salvadoreños. Y para confirmar los disparates descritos en su columna, pone en extensas notas de pie de página 1 y 2, una serie de citas con las que pretende hacernos olvidar que la Constitución Política de la República de El Salvador PROHÍBE LA REELECCIÓN PRESIDENCIAL.
Maestra.