El pasado 7 de junio, la Asamblea Legislativa aprobó una serie de reformas a la ya conocida Ley de Protección a los Derechos de los Consumidores. Entre algunas de estas reformas se encuentran la inclusión de agentes de inspección encubiertos y el establecimiento de un límite en el monto que pueda pagar en concepto de mora. La necesidad de una institución encargada de proteger los recursos económicos, la salud y la integridad de los consumidores es bastante obvia. Sin embargo, algunas de las reformas propuestas por el gobierno suscitan la inevitable pregunta de si éstas realmente tienen una justificación válida basada en la justa defensa de los consumidores o si solo se trata de satisfacer un cierto descontento general.
Una de las principales funciones de la Defensoría de los Derechos del Consumidor es parar las prácticas abusivas por parte de las empresas. Sin embargo, tratar de llegar a un criterio universal para lo que consideramos algo como “abusivo” es ciertamente complicado. Para una persona de altos ingresos, pagar una cierta cantidad de dinero en concepto de mora podría no considerarse excesivo, mientras que para una persona con un menor poder adquisitivo la misma cantidad podría ser demasiada alta, al punto de ser abusiva. ¿Cómo homogeneizar este concepto? Es una pregunta que sobrepasa los alcances de este texto. El verdadero punto de la discusión es resaltar que cualquier decisión que se tome en materia de Defensoría de los Derechos del Consumidor debe ser estudiada a profundidad tanto por expertos en materia económica y legal. De lo contrario, se podrían llegar a conclusiones sin ninguna base económica, social o legal y que solo se implementen con fines de popularidad.
La Ley de Defensa de los Derechos del Consumidor debería velar por que los contratos entre empresas y consumidores no perjudiquen a quienes consuman ciertos productos y servicios. Esto claramente no es lo mismo que volver ciertos productos y servicios más accesibles a la población solo porque estos lo deseen. Y es que políticas como el control de precios pertenecen a otra materia de la administración pública, ajena a la Defensa del Consumidor.
Tomemos, por ejemplo, el caso del pago de estacionamiento en centros comerciales. Si bien muchos consideran abusivo pagar un cierto monto por tener derecho a consumir en un centro comercial, existe cierta justificación económica. En la medida que estos lugares de consumo se vuelven más concurridos y de difícil acceso, los establecimientos se ven en la necesidad de cobrar una pequeña cantidad para que solo aquellos consumidores que realmente valoran consumir en esos lugares sigan, en efecto, consumiendo. En otras palabras, no se trata de una letra pequeña malintencionada que busca perjudicar al consumidor, sino de un mecanismo que permite mejorar la experiencia de consumo de aquellas personas que conscientemente sí decidan consumir.
De este modo, el gobierno debe diferenciar entre las prácticas verdaderamente abusivas y aquellas que simplemente cumplen con una función económica y necesaria para el buen funcionamiento de la empresa, siempre y cuando estas sean comunicadas de manera transparente. En otras palabras, el gobierno debe procurar que los contratos y las relaciones comerciales no representen un daño a la integridad de los consumidores, sin que se manipule a conveniencia y preferencia los precios y la accesibilidad de productos y servicios. Es responsabilidad del gobierno marcar esa delgada línea entre defender y satisfacer al consumidor.
Estudiante de Economía y Negocios
Club de Opinión Política Estudiantil (COPE)