PUSIESQUE…ya sé que es imposible que en el espacio de opiniones de un periódico se pueda, ni siquiera enlistar, toda la camándula de mentiras que el señor Félix Ulloa, vicepresidente de la República, divulga: solo basta recordar que defendió la toma militar de la Asamblea Legislativa, conocida como 9F, como también justificó el golpe de Estado contra la justicia constitucional, del 1 de mayo de 2021, conocido como 1M (por supuesto, reunir las mentiras, falsedades y promesas incumplidas del régimen, incluyendo al presidente, sería mucho más extenso…si alguien se atreve a ello, quizá supere la extensión de “En busca del tiempo perdido” de Proust, que prácticamente reúne 7 novelas).
Ante la imposibilidad de un resumen, en esta ocasión nos limitaremos al tema de la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República, sobre el cual, al parecer, el señor Ulloa ha tenido una negra epifanía, y lo que para él antes era “sagrado”, ahora es una “leyenda negra”.
Seamos francos: el señor Ulloa siempre insistió que en el país no está admitida, no es jurídicamente aceptable, la reelección presidencial inmediata o continua, sino que, para él, un presidente que quisiera presentarse a una nueva candidatura debía esperar al menos un período presidencial (5 años): ahora, el régimen le ha encargado que ande propalando el bulo de que la Constitución autoriza la reelección presidencial inmediata.
Triste papel que le han encargado al señor Ulloa: ninguno de las licenciadas y licenciados en ciencias jurídicas de Casa Presidencial (CAPRES) se atrevió a salir defendiendo tal adefesio, al grado que si bien inicialmente llamaron al asesor del asesor para que, como es habitual en él, expusiera otros de sus tristemente célebres “arguetazos”, después han dejado al señor Ulloa más solo que el presidente en las Naciones Unidas, ya que prácticamente nadie desea que lo identifiquen con tan aberrante alegación de justificación de la reelección presidencial inmediata.
En esencia, los argumentos del señor Ulloa para defender la reelección inmediata -o, lo que da igual, una nueva postulación o candidatura- se reducen a dos grandes mentiras:
Primera: que el ordinal 1º del artículo 152 de la Constitución es la “norma habilitante” (ya me imagino quién le dijo esa paja…ja,ja) para la reelección presidencial inmediata. Eso es FALSO, además de un disparate: tal disposición constitucional consagra una serie de inhabilidades e incompatibilidades para ser candidato a presidente de la República, así que de ninguna forma habilita una candidatura presidencial inmediata.
La impresentable estulticia sobre la cual pretende el señor Ulloa justificar semejante argumento es una grosera y burda distorsión de la regla constitucional, por lo que, para que quede claro, veamos qué es lo que dice el ahora famoso ordinal 1º del artículo 152 de la Constitución: “No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
Para no complicarnos con aspectos lingüísticos, para comprender fácilmente tal disposición constitucional basta darle sentido específico y leerla aplicándola a un período presidencial concreto, por lo que quedaría así: “No podrán ser candidatos a Presidente de la República [para el período presidencial 2024-2029]: 1º.- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
¿Cuál es el período inmediato anterior al período 2024-2029? Evidentemente, el período 2019-2024, esto es, el período de Bukele. Así que este no puede ser candidato para el lapso 2024-2029. Así de fácil. No hay otra comprensión medianamente razonable. Lo que, además, es coherente y consistente con todas las reglas que materializan el principio de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
Pero según Ulloa y sus empleados, “período inmediato anterior” se refiere al período 2014-2019, así que quien tiene prohibido participar es Salvador Sánchez Cerén, pero no Bukele. Semejante disparate no pasa ni la prueba de la risa, ni tiene ningún sentido práctico.
Segunda: que el pueblo quiere que Bukele siga en la presidencia. Esto es FALSO, ya que, desde una perspectiva fáctica, nadie le ha preguntado al pueblo si desea que exista reelección presidencial inmediata; y, desde una perspectiva fáctica, la alegación de Ulloa es un simple embuste populista, que niega la esencia de la democracia constitucional, en la que el pueblo mismo se auto-regula mediante la Constitución.
Y es que, en la Constitución vigente, la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es un límite al poder, es una restricción autoimpuesta por y para el mismo pueblo, para evitar el establecimiento de dictaduras o tiranías.
Así que, en definitiva, las mentiras de Ulloa son solo eso: falsedades a través de las cuales quieren justificar el engaño al pueblo, una patraña para mantenerse en el poder para seguir con la rampante corrupción y garantizarse impunidad.
En lo que terminaste, Félix: que tristeza para ti y tu familia.
¡NO REELECCIÓN!