Hace unos días observé un debate que se dio dentro de una entrevista en un programa de opinión, entre dos abogadas, de nacionalidad salvadoreña, con autorización por el Estado para profesar una labor fundamental en países democráticos donde el Estado de Derecho es piedra angular de las conductas humanas, pues gracias a su capacitación, orientan en derecho a la ciudadanía, favorecen la resolución extrajudicial de conflictos y defienden en sede judicial los derechos e intereses de sus clientes.
Un incidente surgió cuando se expresó “cuando una persona decide atacar a otra, automáticamente RENUNCIA a SUS derechos humanos…claro, SI DEMANDÁS estás RENUNCIANDO a TUS derechos humanos…”, ante lo cual la otra abogada argumentó que “los derechos humanos son irrenunciables”.
He decidido escribir sobre este hecho, estimulada por lo que hace poco expresara el destacado filósofo y catedrático en universidades estadounidenses, doctor Héctor Lindo, en una conferencia sobre el libro “¿Por qué estamos como estamos?”: “En estos tiempos en que se toma se toma la evidencia científica con tanta ligereza, en estos tiempos en que, desafortunadamente, personas que tienen influencia, que participan en el ámbito público, que escriben, que toman decisiones con base en simples prejuicios, con expresiones a la ligera, incluso mentiras y datos erróneos…”; esto aplica a los abogados, pues a ellos (as) se les otorga la potestad de orientar a la ciudadanía, donde es importantísimo: uno, hablar con la verdad; dos, basarnos en evidencia o doctrina aceptada. Estas dos razones están orientadas a contribuir a la calidad de vida, el bienestar de las personas y la paz dentro de una sociedad jurídicamente organizada.
Aquellas condiciones instrumentales que le permiten a la persona su autorrealización, aquellas facultades inherentes a la persona humana, por el hecho de ser precisamente “humana”, son los denominados como “derechos humanos”, los cuales no pueden ser revocados ni ser alienados ni ser transmitidos NI PUEDE RENUNCIARSE A ELLOS (léase la Declaración Universal de los Derechos Humanos).
Es decir, su propia denominación, “humanos”, impide que una persona de carne y hueso renuncie a ellos pues no lo puede hacer, ya que jamás dejará de ser homo sapiens (en latín, el hombre que sabe), porque es racional y porque nació con ellos.
Su propia humanidad reviste a este ser de una “dignidad” (del latín, grandeza) que le da un valor único que al mismo tiempo lo configura en fuente de todos los derechos y por eso se dice que la persona humana es digna.
Sería imposible que una persona humana, al demandar a otra, tuviese que renunciar a los mismos derechos inherentes a ella misma que le permiten demandar…pues entonces viviríamos en una sociedad donde no habría acceso a la justicia y, por ende, no habría paz ni seguridad física ni jurídica.
Con el deseo de corregir la cátedra mal dictada, aceptando el hecho de que somos humanos todos y por consiguiente, proclives a cometer errores, creo que es momento ya de llamar a la reflexión a: uno, las universidades que imparten la carrera de Derecho, sobre el nivel de exigencia en el aprendizaje que están requiriendo de sus estudiantes, pues dicha carrera incide directamente en el quehacer político de nuestro país y en la defensa de los derechos de sus ciudadanos; y dos, que la Corte Suprema de Justicia se modernice con procesos anuales de acreditación de los abogados en ejercicio.
Como ejemplo, en California, todo abogado debe renovar su licencia anualmente y cumplir un mínimo de horas de educación continua sobre la carrera cada 3 años. Esto obligaría a todo abogado a continuar instruyéndose constantemente, de tal manera que la ciudadanía no fuera víctima del desconocimiento y de la mala praxis de algunos juristas. ¡Hasta la próxima!
Médica, Nutrióloga y Abogada/Mirellawollants2014@gmail.com