Ciudadano fiscal general:
Hace una semana publiqué una carta dirigida a Gustavo Villatoro, su jefe en el gabinete de seguridad, al cual usted tiene el deshonor de ser el primer fiscal general de estar incorporado -muestra de su subordinación al Ejecutivo. En esta carta me enfoqué en una entrevista que dio Gustavo Villatoro, en la cual por primera vez da elementos adónde nos están encaminando. ¿Un Estado de Seguridad Nacional? ¿Será esta doctrina al fin la ideología que adopte este régimen? Veamos qué significa esto en concreto...
Todavía puse con signos de interrogación este término del Estado de Seguridad Nacional. No había visto que mientras el ministro hablaba en su entrevista, la bancada cian ya estaba creando el marco jurídico para poder implementar esta doctrina de Seguridad Nacional; y que usted ya estaba agarrando el micrófono en otro canal de televisión, esta vez el oficialista, para dar la buena nueva. Mientras ambos estaban hablando, los diputados reformaron la Ley Antiterrorista, dando a usted la facultad de declarar terrorista a organizaciones o personas, sin ningún procedimiento judicial –ni previo no posterior. Según el nuevo artículo 34A de la Ley Antiterrorista basta que la fiscalía abra una investigación. O sea, ahora basta la firma suya para que alguien sea declarado terrorista. También basta su firma para que a una empresa, una organización, un conjunto der personas o un individuo sean bloqueadas y confiscadas sus cuentas bancarias y otras posesiones. Sin debido proceso, sin intervención de un tribunal, sin mecanismos de defensa.
"Esto nos da herramientas para lograr congelar el dinero y otros recursos que se consideren que son para financiar actos de terrorismo", dijo usted, según una publicación de la cuenta oficial de la Fiscalía en Twitter. Siempre existía la posibilidad de congelar los recursos a organizaciones terroristas, pero con orden judicial, no con la firma del fiscal general. “Recursos que se consideren que son para financiar el terrorismo”, dice usted. Pero el único que tiene que considerar esto es usted, no un juez luego de un debido proceso...
Es más: De un solo los diputados delegaron al fiscal general otra función, hasta ahora reservada para los jueces: Solicitar a otros países la extradicción de ciudadnos salvadoreños, perviamente declarados vinculados al terrorismo. ¿Por quién? Por usted.
También la reforma le autoriza a usted a “emitir una lista nacional de personas y entidades designadas como terroristas, la que será pública y se actualizará de forma periódica, de acuerdo con los procedimientos internos que el fiscal general instruya.”
Todos estos son poderes, que solamente se dan a una sola persona en sistemas autoritarios, que justifican la concentración de poderes, su uso arbitrario y la falta de debido proceso con la doctrina de Seguridad Nacional. A esto vamos, perdón, a esto van ustedes. Un Estado de Seguridad Nacional. Ya sin signos de interrogación.
Qué conveniente para la familia reinante que no tiene que ser alguien de su apellido que asumirá las decisiones sobre la muerte civil -o incluso física- de quienes consideran adversarios. En la doctrina de Seguridad Nacional, los adversarios son enemigos del Estado o terroristas. Delegar a una persona tomar estas decisiones es propio de dictaduras. En una democracia hay tribunales y debidos procesos para esto. En una dictadura, se delega a funcionarios - que en última instancia serán desechables.
Véase en el espejo, ciudadano Rodolfo Delgado. Sin más que agregar,
Paolo Lüers