Si usted todavía no ha hecho el trámite para homologar el NIT con el DUI, tiene hasta el próximo 30 de junio para hacerlo, pues luego de esa fecha el Ministerio de Hacienda se lo pedirá para hacer sus gestiones tributarias.
"Las personas naturales que cuenten con NIT asignado y que haya sido reemplazado por el número de DUI, podrán utilizarlos indistintamente para el cumplimiento de obligaciones sustantivas y formales establecidas en las leyes tributarias; así como, para trámites ante la Administración Tributaria, hasta el 30 de junio de 2022", dice en el sitio de Hacienda.
La institución ha emitido una guía de orientación sobre el proceso de unificación automático de ambos documentos, la cual está colgada en su portal oficial.
Dado el plazo que ha puesto Hacienda, implica que a partir de julio los contribuyentes ya solo usarán su número de DUI para realizar trámites como pagos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), IVA (Impuesto al Valor Agregado), pago a cuenta, entre otros.
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El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, tuiteó este miércoles que "cualquier banco, empresa u entidad que exija que se presente el NIT para realizar trámites a personas naturales mayores a 18 años, será sancionada por el Ministerio de
Hacienda".
La Asamblea Legislativa aprobó el pasado 9 de noviembre de 2021 una reforma a la Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco, con la cual se avaló la homologación de los números del DUI y del NIT como un solo documento. Eso significa que desaparece la tarjeta física del NIT y el número que la persona tenía asignado en ese documento, pues ya solo será necesario usar el número del DUI.
"Los sujetos o entidades inscritas en el sistema de registro se les asignará un Número de Identificación Tributaria, el cual será un número único y permanente que una vez extendido, en ningún caso podrá modificarse reasignarse a otro sujeto… ”, dice en el artículo 4 de la reforma que aprobaron los diputados el año pasado.
¿Quiénes aplican para hacer el trámite?
De acuerdo a la ley, todas las personas mayores de 18 años que sean ciudadanos salvadoreños deberán homologar sus documentos antes del 30 de junio 2022.
El cambio no aplica para las empresas, pues los diputados explicaron en su momento que para las personas jurídicas se les asignará siempre un NIT, siendo este un número único y permanente que, una vez expedido, no podrá modificarse ni asignarse a otro sujeto.
Tampoco aplican las personas extranjeras que residen y tributan en El Salvador, pues podrán seguir usando su NIT y el documento oficial, es decir el carnet de residente en el país.
Las instituciones del Estado, organismos internacionales, así como personas naturales, extranjeros y entidades sin personería jurídica que quieran hacer el trámite por primera vez, solicitar una reposición o modificación del NIT deberán acudir de forma presencial a los Centros de Atención Express de la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, quedó establecido en la ley que los salvadoreños no tendrán que cancelar nada por la modificación o reposición del nuevo NIT e indicaron que los ciudadanos podrán usar su documento de forma digital o física sin ningún tipo de restricción.
Si usted tiene algún inconveniente para hacer su trámite, Hacienda ha establecido los siguientes medios de contacto para solicitar ayuda: Call Center: 2237-3444 opción 4; WhatsApp: 70738-510; y también a través de los correos electrónicos: declaracioninternet@mh.gob.sv y asistenciadgii@mh.gob.sv