A poco más de un año de la entrada en vigencia de la cuestionada Ley de Compras Públicas (LCP), importantes entidades del gobierno que manejan presupuestos millonarios se han saltado la normativa y sencillamente no la han aplicado.
Una de esas instituciones es la Dirección de Obras Municipales (DOM), cuyo presupuesto para 2024 asciende a $430.6 millones, según datos del Ministerio de Hacienda.
En marzo del año pasado, pocos días después que entró en vigor la ley (10 de marzo 2023) que sustituyó la Lacap (Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública), la Asamblea oficialista reformó la Ley de Compras Públicas para permitir que la DOM pudiera competir como oferente de obras en sociedades privadas en donde tuviera participación como accionista, lo que la convirtió en una especie de empresa privada para competir con otras compañías pero con ventaja.
Esto fue criticado por especialistas ya que abría las puertas a casos de “corrupción” y a la falta de transparencia porque se volvió “juez y parte” en contrataciones del Estado.
Pero desde el gobierno el argumento era otro: “Es para darle dinamismo a este tipo de procesos en los cuales se requiere mucha iniciativa o hay falta de participación de oferentes. Por eso se activa esta forma de incluir a la DOM como accionista”, alegó Mauro Jovel, Director de la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en aquel momento.
Entra en vigencia la cuestionada Ley de Compras Públicas
Sin embargo, a la DOM le crearon su propia normativa de compras para evadir la LCP.
También el Ministerio de Obras Públicas (MOP) está en la lista de las instituciones que no aplican la Ley de Compras Públicas, pese a que administra un alto presupuesto de fondos públicos. Solo para este año esa entidad tendrá a su disposición $643.5 millones.
De forma exprés, la Asamblea aprobó en septiembre del año pasado un pliego de disposiciones especiales para que el MOP pudiera adquirir, contratar y pagar “obras, bienes y servicios relacionados a proyectos de turismo por el periodo de seis meses” sin aplicar las normas de la LCP. Incluso, el gobierno propuso en aquel momento que las medidas que solicitaba tuvieran “prevalencia sobre cualquier otra que la contradiga, inclusive la Ley de Compras Públicas”.
Los proyectos que estaban fuera del alcance de la LCP eran aquellos “que tienen como objeto la construcción y/o adecuación de espacios para promover el turismo”, tales como calles, puentes, obras de mitigación, escenarios deportivos y/o culturales, “entre otras obras de infraestructura”.
El MOP podía adjudicar dichos proyectos sin hacer licitaciones, solo bastaba que la empresa a la que le diera la obra demostrara “capacidad, compromiso, celeridad en el manejo de anteriores contrataciones con la administración pública” y que los contratistas aceptaran hacer el proyecto. Y también podía escoger a quienes estén ejecutando “proyectos estratégicos de utilidad pública”.
Esas disposiciones fueron prorrogadas por un año más en marzo pasado, cuando se cumplían 12 meses de vigencia de la ley.
Dentro de la Ley de Compras Públicas quedaron excluidos de su aplicación todos los “proyectos estratégicos de utilidad pública”, definidos así por el Consejo de Ministros, pese a que la Constitución no les da esa facultad. Pero bajo esa figura creada en la ley dichos “proyectos estratégicos” no pasan por una licitación pública.
“La Ley de Compras desde su inicio tenía críticas justificables con respecto a espacios de arbitrariedad en la aplicación, tanto de la institucionalidad que construyó la Dirección Nacional de Compras Públicas hasta los cuestionamientos con respecto a que existe un poder por parte del Ejecutivo de determinar qué constituye una megaobra y que no cumplan con los requisitos normales de compras públicas”, señala la economista Tatiana Marroquín.
De hecho, otra de la instituciones que no ha aplicado la normativa es Cepa (Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma), a la cual en agosto de 2023 le aprobó la Asamblea una nueva Ley Orgánica que le permite dejar de lado la Ley de Compras Públicas en la contratación de bienes, obras y servicios en casos de emergencia y cuando sean “de gran valor o complejidad”.
Gobierno podrá contratar sin tener aval de fondos y en contra de la Constitución
En esos casos, la institución puede sustituirla por normativas internacionales, como las del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial, para lo cual la Junta Directiva de Cepa aprobará y emitirá una resolución razonada.
A la autónoma le dieron luz verde para que pueda comprar toda clase de maquinarias, equipos, repuestos, bienes muebles, materiales de consumo y otros, así como contratar servicios u obras.
Cepa manejará para este año un presupuesto de $193.4 millones, según datos de Hacienda.
Además, el Banco Central de Reserva (BCR) pasó a formar parte de las entidades que han ejecutado proyectos, usando dinero público, sin cumplir la Ley de Compras Públicas.
En noviembre de 2023, el gobierno presentó a la Asamblea una propuesta de “Ley Especial de Estadística y Censos”, en la que se incluyó un artículo que claramente pedía evadir la LCP.
“No serán aplicables las disposiciones de la Ley de Compras Públicas para todos los procesos de compra, contrataciones o adquisición de bienes y servicios necesarios para llevar a cabo los Censos y Encuestas Nacionales” indica el artículo 14 de la normativa que presentó el BCR.
Los censos que ejecutará la institución sin la LCP son el de Población y Vivienda, el Económico, Agropecuario y la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de Hogares, pero también incluye “otros censos y encuestas nacionales que sean de interés general solicitados por el Presidente de la República”.
La economista apunta que desde la vigencia de la Ley de Compras Públicas han existido, al menos, unas cuatro grandes reformas y nuevas normativas en torno a las compras públicas, entre ellas la que usa la DOM, así como las disposiciones que le han prorrogado al MOP para los proyectos de turismo.
“Me parece que a un año de vigencia podemos decir que los vacíos que estaban al inicio de la ley se mantienen,pero incluso con esos grandes vacíos y con esas grandes posibilidades de arbitrariedad en el uso de la normativa el gobierno ha establecido otras normativas paralelas a la Ley de Compras Públicas”, opina la experta.
Marroquín considera que se deben institucionalizar los procesos de compras, ya que “es lo contrario a lo que se está haciendo (el gobierno) porque se está dando una fragmentación de procesos de compras públicas, entonces me parece que no se ha cumplido con el objetivo de tener una Ley de Compras Públicas; al final el gobierno tampoco muestra una clara intención de establecer estándares de compras públicas y a los procesos”.
Subalternos deben responder por hechos de corrupción
Uno de los puntos clave que contiene la Ley de Compras Públicas es que los subalternos que deben ejecutar la normativa llevan sobre sus hombros el peso de que cualquier acto de corrupción en los contratos del gobierno los pueden llevar a la cárcel.
Cárcel por corrupción en contratos estatales recaerá en empleados y no en funcionarios
Si un ejecutor recibe la orden de un funcionario para que participe en un proceso de contratación estatal bajo la nueva ley, la cual entró en vigor el 10 de marzo de 2023, será responsabilidad directa del empleado lo que resulte de ese contrato, por lo que esa persona será quien deberá responder por las infracciones y delitos ante la ley.
Varios artículos de la nueva normativa establecen que el titular de la institución delegará responsabilidades en los empleados. Esto afecta a por lo menos 2,000 subalternos que se encargan de ejecutar los procesos de compras en el Estado.
En el artículo 18 de la LCP se detalla que “la máxima autoridad de cada institución tales como Ministros, Juntas o Consejos Directivos, Concejo Municipal y demás según la estructura orgánica de cada institución, o a quien dicha autoridad nombre como su delegado para todos o determinados actos, será la autoridad competente para la adjudicación de los contratos y para la aprobación de los documentos de solicitud de ofertas y adendas, so pena de nulidad, teniendo la competencia para la emisión de actos conforme a lo establecido en esta ley…”.
Abogados expertos en administración pública y en derecho penal consultados por El Diario de Hoy han explicado anteriormente que, tal como está aprobada la ley, significa que el titular de la institución responderá en el ámbito civil, pues su deber abarcará hasta la “supervisión”, pero el subalterno tendrá la responsabilidad penal y patrimonial de las acciones tomadas en los procesos de contratación pública.
Eso quiere decir que si se comete un delito en un contrato de una obra de infraestructura o en una compra de bienes y servicios, por ejemplo, quien pagaría con cárcel no será el funcionario de más alto nivel, sino el empleado a quien le delegaron la responsabilidad de hacer la contratación.
El economista Rommel Rodríguez plantea que, tras un año de la ley, “no se puede legitimar una norma en pos de su eficiencia o de lo expedito que va a ser el proceso si pasa por encima de la Constitución, eso no puede pasar en un Estado de Derecho. Parece que esta ley tiene ese aspecto y la hace viciada y rompe las reglas del juego elemental para los demás actores”.