La cuestionada nueva Ley de Pensiones cumplió dos meses de vigencia, tras ser aprobada en diciembre de 2022. En ese contexto, el representante y fundador de la Mesa de Trabajo por una Pensión Digna, Patricio Pineda, explica los riesgos que ven para los trabajadores con la aplicación de la normativa.
También señala cuáles son las mentiras y verdades que ve la organización en esta ley, y por qué a los cotizantes les debe interesar informarse sobre las implicaciones, pues se trata de sus ahorros y de su futuro.
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Un tema que les preocupa es que, a la fecha, el gobierno no haya explicado cómo va a pagar más de $6,200 millones que ha tomado prestados de los ahorros de los trabajadores, tras la eliminación del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP). Este es un dinero que el gobierno ha usado para pagar pensiones del antiguo sistema.
A dos meses de vigencia de la ley de pensiones, ¿cómo han visto su aplicación? ¿Han conocido de casos de personas que ya estén viendo alguna afectación con esta normativa?
Sí, personalmente he recibido muchos casos de personas que creían que se iban a retirar con una pensión mínima de $400 y les han salido con todo lo contrario. Tenemos unos documentados incluso, y otros que ya estaban pensionados que sí recibieron su aumento del 30%, que bien por ellos.
El problema es que estamos viendo una parte delicada sobre la transición de la deuda, especialmente la ley de creación del ISP (Instituto Salvadoreño de Pensiones) y de derogación del FOP (Fideicomiso de Obligaciones Previsionales) en el artículo 3 que dice que va a pasar todos sus activos y pasivos al ISP, y entre esos están incluidos los Certificados de Inversión Previsional (CIP).
¿A cuánto asciende esa deuda?
De acuerdo al Banco Central de Reserva, a diciembre de 2022, son $6,202.2 millones. De esa deuda no se sabe absolutamente nada, lo cual probablemente puede dejar a discreción de los titulares el manejo de la misma. Y ojo: eso puede peligrar que se convierta en una especie de “borrasaldo”, que si se les ocurre lo pueden hacer si declaran que no hay recursos y que de los $6,202 millones solo nos pueden dar $1,000 millones, ¿y el resto qué?; o cambiar la tasa de interés, cualquier cosa. El punto es que está ese riesgo.
El otro punto que nos ha llamado la atención y que ya lo descubrimos es que cómo es posible que en el artículo 3 (de la nueva ley) declaren como representantes de los trabajadores a las AFP en ese proceso de transición. ¿Acaso han preguntado a los cotizantes si están de acuerdo en que los representen? ¿O que se establezca una comisión en la que haya representantes de los trabajadores que velen por los verdaderos intereses de los trabajadores en esa transición de la deuda? No ha pasado nada de eso.
¿Será porque las AFP administran los ahorros de los trabajadores?
Pero ellos, técnicamente, son empleados nuestros. Tendrían que haber preguntado si queríamos que nos representen. Así de sencillo, pero no lo han hecho.
¿Se puede decir que ese dinero de los trabajadores está en el limbo?
Técnicamente sí está en el limbo. Hasta que no demuestren lo contrario, la posición de la Mesa es esa, que está en el limbo.
¿Y cuáles son los riesgos que advierten?
Que haya un “borrasaldo”, que nos quieran modificar tasas de interés o las permutas.
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De hecho el FMI decía en un reciente informe que, en caso de cambiar algún término de la deuda de pensiones, básicamente es como caer en impago. ¿Están de acuerdo con eso?
Sin duda alguna es muy acertado. Y dicho sea de paso, a propósito de lo que dice el FMI, tanto el Fondo y Fitch Ratings le han dado la razón a la Mesa de Trabajo, no solo en esa parte, sino cuando han mencionado en un punto específico de su informe de la insostenibilidad del sistema que han aprobado y la parte que menciona es el 30% de aumento.
La Mesa lo dijo en diciembre y el Fondo Monetario y la calificadora lo confirman en febrero; dicho y hecho. Entonces, si la Mesa está advirtiendo que existe el peligro de un “borrasaldo” no es de tomarlo en broma, porque todo lo que ha dicho la Mesa hasta este día se ha cumplido al pie de la letra.
¿Por qué sostienen que el aumento del 30% a las pensiones va a agotar las cuentas individuales de los trabajadores?
Las agota por dos razones. La primera es que ese 30% lo pone el mismo cotizante y la base legal de lo que estoy diciendo está en el artículo 94 en el último inciso, que dice que todos los beneficios establecidos en esta ley, y menciona vejez, invalidez y sobrevivencia, corren a cargo de la cuenta individual; cuando dice eso, es que está a cargo de cada cotizante y lo que tenga ahorrado.
Y si me está diciendo el artículo 98, inciso primero, que al cálculo resultante de lo que aparece en el artículo 97 me va a dar un 30% de aumento y no me explica de dónde viene, inmediatamente se aplica el 94, es decir: viene de la cuenta individual. Por eso es que se agota rápido la cuenta individual.
¿Puede ser esto “pan para hoy, hambre para mañana”?
Sin duda alguna. Te prometen un aumento del 30% pero no dicen quién lo va a poner, entonces cuando no lo dicen y se lee lo que dice el artículo 94, es que lo pone cada persona.
Esto quiere decir que me están ofreciendo un beneficio que no sale de la bolsa de ellos, sino que sale de mi misma bolsa. Como se dice en buen salvadoreño: nos han enganchado, nos han dado paja.
Ojo: ese 30% es mensual y así mensual se está agotando cada vez más la cuenta individual.
¿Y cuando se termine el fondo de la cuenta individual qué pasará?
Van a pasar a la garantía del Estado, a la Cuenta de Garantía Solidaria, con una pensión mínima que son $304.17. ¿Y qué tal si a una persona le calculan una pensión de $800 o de $1,000? De la noche a la mañana puede llegar a $304.17, porque no es vitalicia.
Estos son los casos en los que no aplicó el aumento de pensión
Algunas personas todavía tienen duda de por qué no les aparece el aumento del 30%, pero en la ley no se incluyó para todos los tipos de pensión. ¿Cómo se les puede explicar en qué casos aplica?
Lo que pasa es que el aumento que se vio en enero era para las personas ya pensionadas y ellos sacaron el aumento del 30% únicamente para las pensiones de vejez, que son las que están figuradas en el artículo 98, el cual hace referencia al 30% pero para vejez, allí no están incluidas por sobrevivencia ni invalidez.
Todos esos pensionados, al 30 de diciembre 2022, no se vieron beneficiados, porque quedan fuera y los otros pensionados por vejez que quedaron fuera es porque estaban en el IPSFA.
También quedan fuera aquellas pensiones otorgadas por el Seguro Social, pero bajo el programa de riesgos profesionales; son a las que les pagan el 75% del salario.
Por ejemplo: alguien que le da un derrame cerebral queda inhabilitado para trabajar, entonces, como no tiene la edad para jubilarse, el Seguro se hace cargo de esas personas bajo ese programa, pagándoles el 75% de su salario hasta que llega a la vejez y entra en pensión por invalidez, ya sea total o parcial, de acuerdo al dictamen de la comisión evaluadora.
¿Qué pasa si es el viudo o viuda de un cotizante y le queda una pensión por sobrevivencia, tampoco recibirá el incremento?
Exactamente. Las personas que antes de entrar en vigencia la nueva ley tenían una pensión por vejez, pero también una pensión por sobrevivencia, es decir dos pensiones, lo que hace la ley es aplicarles el artículo 120 del Reglamento de Prestaciones y otros beneficios. Por ejemplo: si tiene una pensión de $500 por vejez y muere la esposa, le dan la pensión por sobrevivencia y supongamos que esa pensión llegó a $1,000, en teoría por ingreso de dos pensiones tendría $1,500.
Pero como los diputados aprobaron la ley en diciembre 2022, ¿qué pasa? No le van a subir a su pensión por vejez el 30%, ¿por qué? Porque le aplican el artículo 120, que no es más que reducir a pensión mínima ($304.17) la de menor cuantía, que en el caso del ejemplo es la de $500 por vejez, entonces lejos de aumentarle, le bajan. Por esa razón no se vieron beneficiados.
¿Quiénes serían los más afectados con esta reforma de pensiones?
Todas las personas que tienen 30 a 40 años al año 2023, todas esas personas no tienen asegurado su retiro por más que coticen; por las condiciones actuales, el déficit del sistema, el peligro de quiebra, ese default al que nos están metiendo y que ya lo advirtió la calificadora, y nosotros estamos anunciando que si ese mecanismo se presta a una nacionalización del sistema es para hacer uso oficial de nuestro dinero.
Todos los que están en esa edad y si se quedan de brazos cruzados pueden ir diciendo adiós a nuestras cuentas individuales.
¿Han visto dentro de la ley si hay alguna parte en la que haya quedado establecido que el sistema de pensiones va a ser estatal?
De por sí las pensiones son públicas, solo que el modelo de administración es privado. Hoy han hecho un híbrido bastante complejo y se podría decir que es una especie de sistema mixto perverso, en el sentido que sigue siendo de administración privadas porque las AFP mantienen cuentas individuales, pero hay un abono extra que se hace a la Cuenta de Garantía Solidaria; ese es un pilar público, solidario y de reparto, porque los beneficios que salen de allí los está nutriendo el cotizante activo.
Pero esa cuenta de garantía no está claro quién la administra al 100%, porque dice que de ahí van a sacar Certificados de Traspaso, pensiones mínimas y no se qué más, pero no dice que estará a cargo de las AFP y tampoco del ISP, solo dice que existe.
Sin embargo, se entiende que, por ser administradoras de fondos de pensiones, la Cuenta de Garantía estaría bajo la administración de las AFP, pero las erogaciones en la práctica las hace el ISP. Ese es el híbrido del que estoy hablando.
Ahora bien, existe otra parte que no es descabellada considerarla y es que ese traspaso de fondos de la deuda anterior con el que se han quedado callados sobre las condiciones, puede ser un mecanismo para justificar en un momento determinado una nacionalización de los fondos; puede prestarse a eso, ya sea que la hagan vía reestatizar el sistema, donde de entrada desaparecen todas las cuentas individuales.
De darse ese escenario es una expropiación de las cuentas individuales, técnicamente ya lo han hecho porque el límite del porcentaje de emisión de deuda desapareció; en la ley anterior decía que la emisión de los CIP tenía un límite del 45%, pero ahora en la ley de creación del ISP y derogación del FOP no aparece límite, lo que quiere decir que tienen el 100% disponible los políticos para manosear. A eso han sometido este sistema.
Estamos en ese peligro de que ese silencio y esa oscuridad sobre esa deuda que está en el limbo, porque no se sabe cómo lo van a hacer o bajo qué reglas, se convierta en un “borrasaldo”.
¿La Mesa ha hecho alguna proyección de cuánto pueden durar los ahorros de los trabajadores con este nuevo sistema?
De acuerdo con las estimaciones y siendo optimistas, estamos hablando de que allí por 2026, 2027. Si no es que sucede antes.