La Fiscalía General de la República (FGR) publicó este miércoles un comunicado en el que confirma que el Tribunal Sexto contra el Crimen Organizado declaró reserva total en el caso relacionado con el millonario desfalco de la Cooperativa Santa Victoria (Cosavi) contra sus ahorrantes.
Según la FGR, el juzgado lo hizo amparándose en la "potestad que le da el Código Procesal Penal", en el artículo 307. En este caso, la reserva es total. También hizo referencia a la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos, que obliga a las partes involucradas a mantener la confidencialidad de "todos los datos e información recabados".
"Toda la información que se obtenga de la investigación del delito de lavado de dinero y de activos será confidencial, salvo que sea requerida conforme a la ley, en la investigación de otro delito", dice el artículo 22 de la Ley contra el Lavado de Dinero y otros Activos de El Salvador.
Afectados que fueron desfalcados por COSAVI han denunciado que tampoco a ellos les ha sido posible conocer la información del caso.
Todo el proceso ha sido cubierto por un manto de opacidad, que expertos han achacado a que existe la intención de “ocultar a funcionarios” que están involucrados con dicha cooperativa, pues es público que COSAVI financió a varias alcaldías e, incluso, donó $60,000 para la campaña política del partido oficialista, Nuevas Ideas, en 2020.
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Superintendencia y Fiscalía también reservan información
La FGR publicó este comunicado como respuesta a una publicación de prensa que reveló que la información del caso COSAVI fue puesta en reserva tanto por esa entidad como por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), institución pública que se está encargando del proceso de auditoría a COSAVI y de la devolución de sus ahorros a los afectados. Así, justifica la reserva amparada en la decisión del tribunal.
Ruth López, de Cristosal, señala falencias en las declaraciones de la FGR, pues la reserva se aplica al caso en sí, no a los actos administrativos que ha llevado a cabo, por ejemplo, la SSF, lo que también se puso bajo reserva. La SSF ni siquiera es parte del proceso judicial, por lo que la reserva no le aplica.
"El tribunal puede imponer a las partes que intervienen en el acto el deber de guardar reserva sobre los actos que presenciaron o conocieron, dejando constancia en el acta de la audiencia... pero no hay un artículo que faculte al juez a imponer reserva más allá de las partes. El juez no puede declarar reservados los archivos de otras instituciones, ni las actuaciones efectuadas en el marco legal de sus competencias", comenta López.
"Por regla general los actos del proceso penal serán públicos, pero el juez podrá ordenar por resolución fundada la reserva parcial o total cuando la moral pública, la intimidad, la seguridad nacional, o el orden público lo exijan o esté previsto en una norma específica", dice el artículo 307 del Código Procesal Penal, mencionado por la FGR.
"La Superintendencia se mantiene respetuosa del marco legal vigente y de las decisiones judiciales, referentes a este proceso judicial. Además, se mantiene firme en su compromiso por atender a todos los afectados, de manera ordenada y velando por sus intereses", finaliza el comunicado de la Fiscalía.