¿Las inversiones en Bitcoin que ha realizado el gobierno de Nayib Bukele cumplen con lo que manda la Constitución sobre el uso de fondos públicos?
Abogados consultados por El Diario de Hoy señalan que el uso de dinero del erario público en dichas compras violaría la Constitución, además de la Ley del Presupuesto General del Estado y la Ley de la Administración Financiera del Estado (AFI).
Desde que se implementó el Bitcoin en septiembre 2021, las compras de criptomonedas han sido informadas por el presidente Bukele a través de su cuenta de Twitter.
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Una abogada especialista en derecho administrativo, consultada por este medio, explica que si no se ha cumplido lo que manda la Constitución y las otras dos leyes mencionadas para usar dinero público fuera de lo que ya está presupuestado, como en este caso la inversión en bitcoins, puede tratarse de una “malversación de fondos del Estado”.
Lo anterior debido a que el artículo 228 de la Constitución señala que “solo podrán comprometerse fondos de ejercicios futuros con autorización legislativa, para obras de interés público o administrativo, o para la consolidación o conversión de la deuda pública. Con tales finalidades podrá votarse un presupuesto extraordinario”.
En este punto, ni la Presidencia, ni la Asamblea Legislativa han presentado, hasta la fecha, alguna propuesta de decreto que autorice a alguna cartera del Estado a destinar fondos públicos para la compra de criptoactivos, los cuales ascenderían a 2,301 bitcoins, equivalentes a un gasto de más de $105 millones, calculado con base a los mismos tuits de Bukele.
En ese sentido, y ante la falta de una legislación específica, dichas compras no estarían apegadas a lo estipulado en la Carta Magna, la cual también establece en el artículo 230 que “cuando se disponga de bienes públicos en contravención a las disposiciones legales, será responsable el funcionario que autorice u ordene la operación y también lo será el ejecutor, si no prueba su inculpabilidad”.
En este punto, debido a la opacidad y a la falta de rendición de cuentas del gobierno es desconocido para la población quién ordena esas compras, aunque cabe señalar que el presidente Bukele ha afirmado en distintas ocasiones que las compras las realiza él mismo a través de su teléfono móvil, a veces desde “el inodoro” o cuando está “desnudo”, según publicó el 12 de enero en una respuesta a un artículo del medio internacional Bloomberg.
Ante esa falta de información, que incluye pocos datos acerca de cómo el Banco de Desarrollo de El Salvador (Bandesal) administra un fideicomiso de $150 millones que aprobó la Asamblea oficialista, el director ejecutivo de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, añade que “no se sabe de qué cartera provienen los fondos para las compras de Bitcoin, y tampoco hay una modificación a la ley del presupuesto para hacer esos egresos”.
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Con esto, el también abogado Wilson Sandoval agrega que en ese tipo de operaciones podría observarse un abanico amplio de presuntos delitos cometidos, sobre todo, porque no se conoce que haya una autorización para realizar esas compras, por lo que existe la posibilidad de que si un funcionario tomó fondos públicos y se apropió de ellos habría cometido el delito de peculado, enmarcado en el artículo 335 del Código Penal.
Sin embargo, Sandoval aclara que esto solo podría comprobarse si existieran documentos oficiales que explicaran los procesos de compra de esos criptoactivos, algo que Bandesal ha declarado bajo reserva por lo que no puede verificarse quién o qué institución autoriza el egreso de esos fondos.
Sin embargo, el mismo Bukele ha tuiteado que lo hace él desde su teléfono y, de hecho, el economista Luis Membreño señaló recientemente en una entrevista del canal TVX que el portafolio de esos Bitcoin “está a nombre de Bukele, pues está en su teléfono, él tiene las claves”. El economista lo atribuye a las mismas publicaciones del mandatario en Twitter.
Membreño también cuestionó cómo llegaron fondos públicos al teléfono del presidente. “¿La Asamblea autorizó que se transfirieran esos fondos? ¿se pasó una ley?”, se pregunta.