La diputada del partido Vamos, Claudia Ortiz, presentó este jueves una iniciativa de creación de “Ley de beneficio económico por el trabajo de cuidados”, con la que se pretende otorgar un apoyo económico para las personas que ejercen el cuido de sus familiares en condición de dependencia sin recibir ninguna remuneración.
El apoyo propuesto consiste en una transferencia económica mensual equivalente al 20 % del salario mínimo del sector comercio y servicios, que sería de $73.
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“Se entenderá como persona beneficiada a aquella que ejerce el cuido en su residencia de su padre, madre, hijo, hija o cónyuge que por su edad, condición de discapacidad o estado de salud esté en condición de dependencia”, dice la propuesta. Ortiz señaló que es “el trabajo más valioso de todos” y que no tiene reconocimiento económico.
“Se sacrifican estas personas todo el día y a veces también toda la noche y no disponen ni siquiera de dinero para decidir qué van a comer. Creemos que esa es una situación de grave injusticia social”,
Claudia Ortiz, diputada de Vamos
Agregó que la mayoría de personas que se dedican al trabajo de cuido son mujeres y que el beneficio sería para quienes no tienen empleo remunerado en el sector formal, que no reciba ningún tipo de pensión ni estar en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
Proponen que la administración de este beneficio se realice a través del Ministerio de Desarrollo Local y que se determine en un reglamento la comprobación de los requisitos.
“Hay evidencia sobrada a nivel de política económica que este tipo de programas de transferencias económicas han sido eficaces en experiencias alrededor del mundo para combatir la pobreza”, afirmó Ortiz.
Afirmó que la asignación presupuestaria para este programa podría salir “de las ganancias del bitcoin”, del ahorro del gasto en la reducción de diputados de la Asamblea Legislativa o de los gastos de publicidad.
Los requisitos propuestos para el beneficio son:
- Recibir el subsidio del gas propano en su residencia
- No estar inscrita en el ISSS o no haber cotizado en los últimos 18 meses, a excepción de quien se dedique al servicio doméstico remunerado
- No recibir ningún tipo de pensión
- Que ninguna otra persona en su residencia reciba el mismo beneficio
- Tener a su cargo el trabajo de cuidado de su padre, madre, hijo o hija con enfermedad terminal o discapacidad física o intelectual en tal grado que se encuentre en situación de dependencia; o tener a su cargo el trabajo de cuidado de hijos menores de siete años.