Hasta la fecha más de 700 personas han solicitado al Tribunal Supremo Electoral (TSE) no conformar las Juntas Receptoras de Votos (JRV) para ambos días de las elecciones, para lo cual han remitido documentación para excusarse de asistir. De este total de solicitudes recibidas, el TSE ha aprobado 640.
Según datos del Tribunal, hasta la fecha se han rechazado 64 solicitudes y siguen pendientes dos. Las resoluciones comprenden el período del 15, 16 y 17 de enero.
Para las elecciones, las JRV estarán integradas por hasta cinco miembros propietarios y sus respectivos suplentes.
Entre los requisitos para aceptar una excusa ciudadana, el Tribunal consideró lo establecido en el artículo 118 del Código Electoral como "grave impedimento físico comprobado”, que estuviere confirmado por una o más constancias.
La misma normativa contempla la posibilidad de justificar la asistencia a las JRV debido a la necesidad de ausentarse del país por el tiempo en que se van a celebrar las elecciones.
Entre otros factores que se toman en cuenta como justificación es tener más de 60 años, ser funcionario de elección popular, juez o jueza o miembro de la Fuerza Armada, Policía Nacional Civil o de agente de seguridad municipal.
Para ser miembro de una Junta Receptora de Votos, se requiere ser salvadoreño o salvadoreña, mayor de 18 años, de reconocida honradez, saber leer y escribir correctamente y sin afiliación partidaria.
Si un ciudadano necesitaba excusarse para no aceptar el cargo, las solicitudes de dispensa debieron ser interpuestas por escrito ante el Tribunal únicamente dentro de las 72 horas siguientes de haber sido notificados.
“Comprobadas que sean, se excusará al solicitante y en la misma resolución se nombrará al sustituto”, determina el Código Electoral.
Quienes presentan solicitud para no integrar los organismos temporales solo se les aprueba la solicitud por causas justas establecidas ante la ley electoral.
A quienes se les rechazó la petición de no integrar la Junta, el TSE les otorgará igualmente el pago de $50 por cada jornada de votación. A la fecha, integrantes del organismo electoral continúan con las capacitaciones.
La ley electoral establece que cuatro meses o 120 días antes de las elecciones, los partidos políticos y candidatos no partidarios remitirán al TSE la propuesta de ciudadanos para integrar la JRV con separación de municipios, los cuales deberán ser tomados prioritariamente por el Tribunal para la integración de dichos organismos electorales.
Al no completar las propuestas, el número de integrantes necesarios para el organismo temporal, el Tribunal realizó dos diferentes sorteos con más propuestas.