Una de las novedades del proceso electoral salvadoreño de este 2024 para el sufragio desde el extranjero es el voto remoto por Internet, que a diferencia de otras experiencias de países de la región como México y Panamá, el registro electoral no contó con mecanismos de verificación de las personas que pueden ejercer su derecho al voto con esta modalidad, como lo explica el exmagistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Eugenio Chicas.
En el caso de El Salvador es el Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN) el ente encargado de la identificación de las personas por medio del Documento Único de Identidad (DUI), y con estos datos se establece el padrón electoral, tanto del voto nacional como del exterior.
Desde sus inicios, estuvo bajo jurisdicción del Tribunal Supremo Electoral (TSE), pero en junio de 2022 la bancada de Nuevas Ideas y sus aliados hicieron una reforma a su ley de creación para que pasara bajo control del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.
Esta situación es calificada por Chicas como “un retroceso” para el sistema democrático, pues anteriormente estaba en coordinación con el organismo electoral y los partidos políticos podían dar seguimiento al funcionamiento del RNPN, como parte del derecho de vigilancia; lo que cambió al pasarse a jurisdicción de Seguridad.
“Un hecho que es extraño, muy raro, sospechoso diría, ya que ningún país democrático ha retrocedido respecto a depositar la identidad de las personas, que es un tema cívico, democrático, institucional, en manos de la seguridad”, dijo.
Reiteró que lo usual en otros países democráticos es que sea un organismo autónomo o relacionado al organismo electoral.
No hubo empadronamiento
El registro electoral del voto del exterior pasó de 350,638 para las elecciones presidenciales de 2019 a 741,094 para las elecciones de 2024.
“México y Panamá tiene por requisito que para votar desde el exterior hay que llevar de manera previa un empadronamiento de aquellas personas que tienen el interés de votar desde el exterior”, expresó Chicas.
Para tal fin, se habilitan plataformas digitales, centros de atención de llamadas y oficinas en donde las personas se identifican y manifiestan su interés de votar desde el exterior.
“La autoridad electoral recibe estos datos, verifica y después de verificar lo habilita para poder votar. Por ejemplo, Panamá lo ha venido trabajando para las elecciones que tiene este mismo año”,
Eugenio Chicas, exmagistrado del TSE
Dicho proceso de verificación de electores panameños desde el exterior ya lleva cerca de seis meses. En el caso de México, cuenta con una población en el exterior mucho mayor y también hace un empadronamiento. “Lo revisan, se verifica si es quien dice ser y el día de la elección puede votar. Aquí no, ese procedimiento no se ha hecho”, afirmó.
Otra diferencia es que esos países habilitaron la plataforma del voto anticipado por una semana, pero la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero dio un mes de plazo para emitirlo, por lo que el voto por Internet inició el 6 de enero.
“Eso es irregular. ¿Irregular por qué? Porque es un riesgo tecnológico mantener abierta una plataforma de esa naturaleza por tanto tiempo, ya que eso se presta, por ejemplo, para un hackeo”, agregó.
Considera que será necesario revisar el flujo del voto durante este periodo. “Por eso yo insisto en la necesidad de la auditoría forense, para poder establecer si las cosas se hicieron en debida forma”, manifestó.
Mencionó como ejemplo el antecedente de la billetera digital “Chivo wallet” que tuvo muchas irregularidades y denuncias de acceso a números de identidad. Además, ha criticado la prisa con que se implementó el voto electrónico y el voto remoto.
La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero se aprobó el 18 de octubre de 2022, cuando el TSE ya había preparado su Plan General de Elecciones. Esta ley obligó al Tribunal a contratar a un tercero para implementar el voto desde el exterior en las modalidades electrónica presencial y remota por Internet.