¡Un último paso para una mejor experiencia!

Para brindarte un servicio más ágil y personalizado, necesitamos que completes tu información de facturación.

Actualizar mis datos

Historias que importan, gracias a lectores como tú

El periodismo que hacemos requiere tiempo, esfuerzo y pasión. Cada reportaje es para mantener informado y contar historias que marcan la diferencia

Sucríbete y obtén acceso a contenido exclusivo

  
Suscribirme
EPAPER Donald Trump|Fotomultas|Minería|Torneo Clausura 2025|Espectáculos

Comisión avaló reformas penitenciarias sobre menores de grupos delictivos

Según Gustavo Villatoro el 70% de menores detenidos pertenece a organizaciones terroristas.

Por Jessica García | Feb 11, 2025- 16:34

Comisión de Seguridad Nacional y Justicia | Foto Cortesía.
Comisión de Seguridad Nacional y Justicia | Foto Cortesía.

La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable a reformas a las disposiciones penales de los menores de edad en el país, por tres solicitudes del gobierno central.

La primera es en la Ley Penal Juvenil para que a los menores de edad a quienes se imponga medida de detención provisional o pena de prisión por delitos cometidos en modalidad de crimen organizado, se cumpla dicha privación de libertad en los centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales (DGCP), en los que habría una separación de los pabellones para adultos hasta que estos alcancen los 18 años de edad. 

“El régimen penitenciario será el que aplique la Dirección, en atención al perfil dispuesto para la población reclusa por delitos ejecutados en esta modalidad y de acuerdo con las leyes aplicables. Una vez los internos cumplan la mayoría de edad deberán ser sometidos al régimen general de adultos”, se añadirá también al marco legal.

No se pierda: Tribunal condenó a 10 años de cárcel a estudiantes de La Nueva Cruzadilla

El presidente de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alejandro Quinteros Espinoza, tomó a bien la solicitud y dijo a la Comisión que permitirá evitar la contaminación criminógena entre menores de edad con diferentes niveles de involucramiento.

“La medida responde a la realidad que algunos menores de edad han adquirido roles activos en estructuras criminales, participando en delitos de alto impacto social”, dijo.

Una vez los internos cumplan la mayoría de edad deberán ser sometidos al régimen general de adultos.

Además, se estableció que los menores de edad que actualmente se encuentren internos por medida cautelar de internamiento o pena de prisión impuesta con base en la Ley Contra el Crimen Organizado deberán ser trasladados a los centros penales administrados por la DGCP, la que determinará su ubicación con base en sus criterios de distribución.

La segunda reforma fue avalada con un “dictamen parcial” fue a la Ley Contra el Crimen Organizado, atendiendo observaciones de la CSJ.

Serán los Tribunales y Cámaras Contra el Crimen Organizado los encargados de vigilar y garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la ejecución de las penas impuestas, según sus competencias, así como las demás atribuciones de los jueces de vigilancia penitenciaria. Adicionalmente, se establece que los condenados bajo esta ley no podrán optar a la libertad condicional.

Como disposición transitoria se aprobó que los jueces de vigilancia penitenciaria y de ejecución de pena que se encuentren conociendo de la fase de ejecución de las penas impuestas, van a seguir con el control de estas hasta el cumplimiento total.

Según la CSJ, la reforma fortalecería el control sobre el cumplimiento de las penas impuestas a miembros del crimen organizado, dotando a los Tribunales especializados para vigilar la ejecución de las sanciones.

No se pierda: Fespad pide a fiscal verificar que se cumpla orden de libertad a Levi Morales

Como propuesta para la implementación, la Sala de lo Penal recomienda que esta sea progresiva.

“La actual carga laboral de estos tribunales requiere de una implementación gradual de esta competencia para evitar colapsos y garantizar la eficiencia”, justificó el magistrado.

Asimismo, destaca que el juez de garantías al menor dentro de estos tribunales especializados tenga competencia exclusiva para la vigilancia y cumplimiento de sanciones impuestas a los menores de edad. Para ello proponen la asignación de un juez auxiliar e inyección de fondos a la CSJ para la ejecución de la propuesta.

La Corte también solicitó a la Asamblea que se considerara en esta redacción de reforma que “el juez deberá fundamentar su decisión en los elementos de juicio que justifiquen la continuación del encarcelamiento en el caso concreto, por la falta de resocialización de la persona condenada”.

La emisión del dictamen parcial no especificó las modificaciones que se aprobaron y las que se retomarán posteriormente.

La comisión también dio respaldó la reforma a la Ley Penitenciaria.

Un cambio corresponde al artículo 6 referente al principio de judicialización, al que se añade que “en el caso de personas condenadas con base en la Ley Contra el Crimen Organizado, serán los Tribunales y Cámaras Contra el Crimen Organizado los competentes para cumplir esta función.

“Las autoridades judiciales indicadas también controlarán el adecuado cumplimiento del régimen penitenciario”, se agregó.

Las reformas también añaden a las atribuciones del juez de vigilancia penitenciaria y ejecución de pena las competencias y atribuciones en el caso de la aplicación de la Ley Contra el Crimen Organizado, en lo que “no se oponga a la naturaleza, finalidad, prohibiciones propias para el cumplimiento de los objetivos de la referida ley”.

La ley actualmente establece que los Centros preventivos deberán contar con los sectores necesarios para garantizar la seguridad de los internos. Sin perjuicio de lo que disponga la reglamentación, deberán contar con los sectores siguientes: alojamiento de adultos hasta 21 años de edad; sector de mayores de 21 años, sector destinado a alojar a los internos que presentan problemas de convivencia dentro del régimen propio de los Centros preventivos; y de atención médica destinada al alojamiento temporal de internos.

Ahora se añadirá que haya un sector para los menores de 18 años, “así como los mayores de 21 años de edad serán alojados en centros distintos a los destinados para adultos mayores de edad, o en todo caso, en secciones especiales”.

Actualmente los adultos de 18 a 21 años de edad, ya condenados o detenidos provisionales, deben estar separados de los adultos mayores de esa edad. Ahora se avaló que se separe si son condenados o detenidos provisionalmente.

Quinteros Espinoza detalló que estas reformas buscan armonizar el marco normativo con las modificaciones introducidas en la Ley Contra el Crimen Organizado y la Ley Penal Juvenil, asegurando que la ejecución de penas para condenados por delitos de crimen organizado estén bajo el control de los Tribunales y Cámaras de la materia, en lugar de los jueces de vigilancia penitenciaria y de ejecución de la pena.

Y el presidente de la Sala de lo Penal le propuso a la Comisión que se cree un Plan de Rehabilitación Diferenciado para Jóvenes de 18-21 Años

“La separación de adultos jóvenes (18-21 años) de los adultos mayores podría ir acompañada de un programa de rehabilitación especializado, que incluya educación, capacitación laboral y estrategias de desradicalización. ¿Beneficio? Esto evitará que estos jóvenes se integren de forma permanente a estructuras criminales y permitirá su reinserción efectiva en la sociedad”, dijo Quinteros.

Por su parte, el ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, quien también asistió a la Comisión para exponer su postura a las iniciativas, no respalda que la Corte solicite más refuerzo presupuestario para implementar la medida.

“La lógica no me permite pensar que van a necesitar más recursos”, señaló.

Y, al contrario, dijo que el más beneficiado con estas medidas será el sistema de justicia penal juvenil. Para el ministro ninguna medida contraría ninguna ley nacional ni ningún tratado o convenio internacional.

Sin dar cifras de la población de menores bajo el sistema penal, Villatoro afirmó que la mayoría de ellos llegaron ahí por formar parte del crimen organizado.

“Sin temor a equivocarnos, más del 70% de la población en Centros de Internamiento de Menores está relacionado a organizaciones terroristas”, afirmó.

KEYWORDS

Asamblea Crimen Organizado Magistrado De La Sala De Lo Penal Ministro De Seguridad Pública Política Seguridad Nacional Y Justicia Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad