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Empresas salvadoreñas podrán participar en procesos de contratación pública en México

El Salvador ratificaría con enmienda TLC con los países centroamericanos y México, que ampliaría las oportunidades de contratación de empresas salvadoreños en el exterior.

Por Jessica García | Oct 04, 2023- 17:30

Empresas salvadoreñas exponen la nueva tecnología con la cuentan. / Foto Por Lissette Monterrosa

El gobierno de El Salvador, a través del ministerio de Relaciones Exteriores, solicitó a la Asamblea Legislativa que apruebe el ratificar el “Tratado de Libre Comercio entre la República de los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua” con enmienda.

La enmienda solicitada abarca el apartado de aplicación y cobertura, en tanto a contrataciones a nivel de gobierno central, local y otras entidades gubernamentales, actualizando los umbrales de valor, tanto para mercancías como para servicios; según la solicitud oficial que presentó el ministerio público a la Asamblea.

“Con la entrada en vigencia de esta enmienda se espera que los proveedores y exportadores salvadoreños puedan participar en los procesos de contratación pública de México, logrando con ello un acceso para competir en las compras que realiza dicho estado que oscilan anualmente en un monto aproximado de $38 millones”, establece la solicitud oficial.

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"La aprobación de esta enmienda permitirá que empresas salvadoreñas participen en procesos de contratación pública de México, logrando que algunos sectores, como el farmacéutico, aumenten su presencia en dicho mercado", amplió la la directora de asuntos jurídicos del ministerio de Relaciones Exteriores, Patricia Aguilera.

A la fecha, el apartado de sobre la aplicación y cobertura no incluye cualquier forma de asistencia que una empresa del Estado otorgue, incluidas donaciones, préstamos, transferencias de capital, incentivos fiscales, subsidios, garantías, u otros similares.

Oficialmente se establece que aplica a cualquier medida de un Estado, relativa a la contratación pública cubierta.

La contratación pública cubierta significa una contratación de mercancías, servicios o ambos, ya sea realizada a través de cualquier medio contractual, incluida la compra, el alquiler o arrendamiento, con o sin opción de compra; listada y sujeta a las condiciones estipuladas; y efectuada por una entidad contratante listada.

“Este Capítulo no se aplica a acuerdos no contractuales o cualquier forma de asistencia que una empresa del Estado otorgue, incluidas donaciones, préstamos, transferencias de capital, incentivos fiscales, subsidios, garantías, acuerdos de cooperación, suministro gubernamental de mercancías y servicios a personas o gobiernos estatales, regionales o locales, y compras con el propósito directo de proveer asistencia extranjera; las adquisiciones financiadas mediante donaciones, préstamos u otras formas de asistencia internacional, en que la entrega de dicha ayuda esté sujeta a condiciones incompatibles”, comienza explicando el documento oficial del TLC.

En el mismo apartado, se explica que también están fuera todos aquellos de la contratación de servicios de agencias o depósitos fiscales, los servicios de liquidación y administración para instituciones financieras reguladas, y los servicios de venta y distribución para la deuda pública; la contratación de empleados públicos y medidas relacionadas con el empleo.

Asimismo, las compras efectuadas en condiciones excepcionalmente favorables que solo concurran por un plazo muy breve, tales como enajenaciones extraordinarias realizadas por empresas que normalmente no son proveedoras o a la enajenación de activos de empresas en liquidación o bajo administración judicial, a condición de que este inciso no se utilice como medio para evitar la competencia;

Otras medidas incluían la adquisición o arrendamiento de tierras, inmuebles existentes u otros bienes inmuebles o a los derechos sobre estos; las contrataciones efectuadas por una entidad contratante o empresa del Estado a otra entidad o empresa gubernamental de ese Estado.

La solicitud fue presentada a la Asamblea el pasado 22 de septiembre, y fue acordada por la Comisión de Relaciones Exteriores, por lo que podría ser aprobada en la próxima de este miércoles.

Tras ello, la enmienda entrará en vigor entre México y cada estado de Centroamérica firmante a los 30 días siguientes de la fecha en que respectivamente notifiquen por escrito que se ha completado sus respectivos procedimientos legales internos para la entrada en vigor del referido instrumento.

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Asamblea Legislativa Centroamérica México Ministerio De Relaciones Exteriores Política Relaciones Exteriores TLC Tratado De Libre Comercio Ver Comentarios

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