La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado al gobierno de El Salvador para que asegure que las acciones de prevención y sanción de crímenes y de combate de la delincuencia garanticen el respeto a los derechos y la dignidad humana.
“El Estado debe observar las garantías judiciales y el debido proceso legal en todas las circunstancias, incluyendo en el marco del régimen de excepción”, detalla el comunicado.
La Asamblea Legislativa, por orden del presidente Bukele, decretó un régimen de excepción por 30 días, bajo el decreto 333 el pasado 27 de marzo, después que 64 personas fueron asesinadas en un solo día.
La CIDH reiteró su rechazo al incremento de las muertes violentas en el país y manifestó su solidaridad a las familias afectadas.
Además, le hizo un recordatorio al Estado, que las víctimas y sus familias deben estar en el centro de las medidas de verdad, justicia y reparación.
El régimen de excepción suspendió, por 30 días, los derechos y garantías establecidos en la Constitución.
Los derechos suspendidos están relacionados con “la libertad de asociación, el derecho de reunión, la protección a injerencias arbitrarias o abusivas en la vida privada, las garantías judiciales, entre otros”.
El CIDH expone que en ese contexto organizaciones de derechos humanos y la prensa han denunciado detenciones realizadas de manera ilegal, arbitraria y mediante el uso de la violencia.
Según los reportes esas capturas están basadas en “percepciones subjetivas –, sobre la pertenencia a grupos criminales por factores como apariencia física, edad o zona en la que habitan”.
“La suspensión de ciertas garantías judiciales ha impedido que se conozcan las razones de la privación de libertad, así como el acceso a una asistencia legal y a tener contacto con sus familiares”, agrega el comunicado.
Ante la suspensión de las garantías y las denuncias de arbitrariedades cometidas por la Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señaló que, si bien el Estado tiene el derecho y la obligación de garantizar su seguridad y mantener el orden público, su poder no es ilimitado.
“(El Estado) tiene el deber, en todo momento, de aplicar procedimientos conformes al ordenamiento vigente y respetuoso de los derechos fundamentales a toda persona que esté bajo su jurisdicción” recalca la CorteIDH.