En una audiencia de revisión de medidas celebrada este lunes, el Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena negó al exmediador de la tregua entre pandillas de 2012, Raúl Mijango, quedar en libertad por razones humanitarias.
Mijango, quien desde octubre de 2018, cumple una condena de 13 años de cárcel por extorsión agravada, había solicitado el beneficio el pasado 14 de mayo amparándose en disposiciones que le permiten acceder a él.
Su abogado defensor, Mauricio Aguilar, explicó que el reo ha cumplido un tercio de la pena, es mayor de 60 años y padece de tres enfermedades graves irreversibles. Su defensa expuso que padece de insuficiencia renal crónica, diabetes e hipertensión.
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“Yo padezco insuficiencia renal en estado terminal y mi vida depende de una máquina a la que tengo que conectarme dos veces por semana”, expresó Mijango.
En la resolución, la juez planteó al menos dos argumentos que impiden a Mijango acceder al beneficio penal; el primero fue el tipo de delito (extorsión agravada) y el segundo referente a un riesgo al otorgarle la libertad.
Un tribunal antimafia condenó en 2018 a Mijango a 13 años de cárcel por su complicidad en el delito de extorsión con cabecillas de la MS-13 y Barrio 18.
Las Ley Penitenciaria prohíbe en el artículo 39f, referente a beneficios penitenciarios especiales, que sean beneficiarios quienes cumplan penas por delitos contemplados Ley Especial Contra Actos de Terrorismo y Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal.
El abogado adelantó que apelará la decisión, porque contraría la Constitución al impedirle a su defendido el derecho a reintegrarse a la sociedad y además señaló que se niega a Mijango un beneficio por razón de un tipo de delito.