Las reformas penales y nuevas multas, hasta con penas draconianas de cárcel para quienes manejan tras consumir alcohol, no se pueden aplicar aún porque no se ha cumplido con el trámite de ley que incluye la publicación del decreto en el Diario Oficial, coincidieron los abogados Jaime Ramírez Ortega y Enrique Anaya.
“Es nula una pena o una sentencia cuando no hay una ley previa”, explicó el abogado penalista Ramírez Ortega.
Además, el artículo 140 de la Constitución es claro al decir que para que una ley entre en vigor tiene que publicarse y cobrará vigencia ocho días después, lo cual no ha ocurrido hasta ahora, afirmó.
El profesional agregó que consultó en el Diario Oficial y su última publicación es la del 10 de diciembre.
“Esta ley ya se está aplicando, pero ni siquiera se ha publicado. Esto es completamente ilegítimo y todas las acciones que hagan la Policía Nacional Civil o los gestores de tránsito, en la aplicación de multas o detención de personas, no tendrá ninguna validez”, subrayó.
Cualquier abogado podrá alegar que no hay vigencia del decreto y estará en lo correcto, añadió.
El abogado hizo estas aclaraciones por el principio de legalidad y para que no haya arbitrariedades, pero en ningún momento para justificar la irresponsabilidad de quienes toman licor, manejan y dañan a otras personas
La confusión sobre la vigencia del decreto se generó desde la Asamblea Legislativa cuando se anunció que las reformas quedaban en vigor desde el día que se emitieron.
Por su parte, el abogado constitucionalista Enrique Anaya afirmó que es claro que la reforma sobre “ mal llamada tolerancia cero" con el alcohol “es solo un show, una cortina de humo” para obviar temas como la minería y la corrupción del bukelato”.
Según el abogado, son inválidas las detenciones y multas aplicando reformas no vigentes, pues no han sido publicadas en el Diario Oficial.
“El bukelato sigue con más ilegalidades, imponiendo miedo a través de arbitrariedades”, enfatizó.