Con 59 votos de todos los partidos políticos, la Asamblea Legislativa aprobó la prórroga a la Ley Especial Transitoria para Sancionar Infracciones a la Comercialización de Productos derivados del Petróleo hasta el 31 de diciembre de 2024.
Dicha ley se aprobó el marzo de 2022 y fue prorrogada en cuatro ocasiones y la última vence el 31 de julio de 2024.
La pieza indica que a pesar de que las condiciones internacionales a esta fecha no son las mismas a las mencionadas en los considerandos del decreto inicial, "sus consecuencias siguen latentes", porque se mantienen los altos precios del petróleo y sus derivados.
La finalidad sería la vigencia del Estado para regular y sancionar los abusos en la comercialización y distribución de los productos del petróleo.
El diputado William Soriano dijo que "existen siempre los riesgos de abusos o ciertas prácticas" que requieren mantener vigente la ley transitoria.
"No vamos a permitir que ninguna empresa o ningún distribuidor, comercializador, esté haciendo uso de prácticas que alejen el propósito inicial de poder llevar un buen producto al consumidor final, en este caso son los derivados del petróleo", afirmó.
La Ley establece obligaciones especiales para quienes se dedican a la distribución, venta y transporte de productos de petróleo, como facilitar y permitir las inspecciones de la Dirección de Hidrocarburos y Minas, respetar el precio máximo de venta de Gas Licuado del Petróleo (GLP) envasado en cilindros portátiles de uso doméstico, envasar el contenido exacto en cada cilindro y cumplir con reglamentos técnicos.
Incumplir en permitir las inspecciones y en el precio máximo de venta implicarían sanciones económicas desde los $500 hasta los $10,000. Y por incumplir con las otras obligaciones podría ser sancionado con multa entre $10,001 hasta $100,000.