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Cabecillas de la 18 fueron condenados a 45 años de cárcel por agrupaciones ilícitas

En el juicio también fueron sentenciados a prisión, integrantes con el rango " soldado" o "homeboy" y personas señaladas de colaborar con la Pandilla 18 en Soyapango.

Por Alexander Pineda | Mar 28, 2025- 09:35

Los acusados fueron arrestados bajo las disposiciones del régimen de excepción. Foto: Centros Judiciales El Salvador
Los acusados fueron arrestados bajo las disposiciones del régimen de excepción. Foto: Centros Judiciales El Salvador

Un grupo de 52 personas presuntamente ligadas a la Pandilla 18 fue condenada a penas de entre 21 y 45 años de cárcel en un juicio realizado en el Tribunal Segundo contra el Crimen Organizado de San Salvador.

De acuerdo al reporte del Órgano Judicial, los acusados fueron capturados en el marco del régimen de excepción que rige desde hace tres años y eran señalados de formar parte de células de la pandilla en localidades del distrito de Soyapango como Villa de Jesús, Montes de San Bartolo 4 y 5, El Progreso, Los Conacastes y Los Santos.

Dos “jefes de tribu” y siete “palabreros”, considerados puestos de mando en la estructura, fueron sentenciados a 45 años de cárcel, la máxima, por liderar a la pandilla.

Otros 28 procesados fueron sentenciados 25 años de prisión, por tener el rango de “soldado” y 15 personas más recibieron penas de 21 años de cárcel al ser declarados responsables de “colaborar activamente” con la pandilla.

El informe añade, que la jueza, agregó tres años de prisión adicionales a todos los imputados que tuvieran tatuajes alusivos a la Pandilla 18, considerándolos como prueba de “una forma de pertenencia exclusiva a la estructura criminal”.

A finales de marzo de 2022, a pocas horas de instaurado el régimen de excepción, la Asamblea Legislativa reformó el artículo 345 del Código Penal para incrementar considerablemente las penas por el delito de agrupaciones ilícitas.

La reforma estableció penas de entre 40 y 45 años de cárcel para “creadores, organizadores, jefes, dirigentes, financistas o cabecillas" (anteriormente era de 6 a 9 años). Y penas de entre 20 y 30 años (antes era de 3 a 5 años) para quienes “promuevan, ayuden, faciliten o favorezcan la conformación o permanencia en las agrupaciones”.

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