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Órgano Legislativo aprueba decreto para legalización de armas

Se facilitaría hacer el trámite para la matrícula para tenencia, conducción y portación y colección para armas de fuego; siempre que no estén vinculadas a hechos delictivos

Por Susana Peñate / Jessica García | Oct 16, 2024- 14:51

La iniciativa regulará armas ya existentes siempre que no estén vinculadas en investigaciones de delitos. Foto EDH / Cortesía PNC

La Asamblea Legislativa aprobó, con 57 votos, en la sesión plenaria de este miércoles el dictamen de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia para que se emitan las “Disposiciones Transitorias para la Legalización de Armas de Fuego” existentes en el país.

Estas disposiciones a iniciativa de Nuevas Ideas facilitarían el registro de las armas de fuego, extendiendo al interesado la matrícula para tenencia, conducción y portación y colección para armas de fuego; siempre que no estén vinculadas a hechos delictivos ni crimen organizado.

El decreto también regulará los procesos de captación física de las armas de fuego, las de fabricación artesanal o hechizas, la recepción de avisos de ubicación de las mismas y faculta a la Fuerza Armada para realizar el desarme y destrucción de las armas de fabricación artesanal o hechiza que se incauten mediante aviso y las que se reciban por parte de toda persona natural.

El pasado 8 de octubre la Comisión aprobó algunos cambios a la propuesta, como exigencias adicionales para las personas interesadas en aplicar a dicho beneficio para que no se ejerza acción penal o civil sobre ellas, como contar con un acta notarial en la que se declare la buena fe del traslado del arma de fuego al Ministerio de la Defensa Nacional para su legalización.

Dicha acta será extendida por una sola vez y tendrá validez por el término de 48 horas después de su otorgamiento para poder hacer efectivo dicho registro.

La matrícula será como se establece en los artículos 4 y 7 de la Ley de control y regulación de armas, municiones, explosivos y artículos similares.

Aplicaría para armas que no sean clasificadas como armas de guerra, que son: revólveres y pistolas de acción mecánica o semiautomática; fusiles y carabinas de acción mecánica o semiautomática, escopetas y armas de colección, como armas antiguas, obsoletas y de valor histórico.

Tampoco se ejercerá acción penal sobre las personas que den aviso de la ubicación de armas de fabricación artesanal o hechiza y las entregue a la Defensa para su destrucción.

La vigencia del decreto será de 90 días desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, dijo que la propuesta “es un compromiso firme con la legalidad y el control efectivo del armamento existente que hay en nuestro país”.

Argumentó que algunas personas se armaron para defenderse del accionar de la delincuencia en años anteriores, las cuales no están registradas.

Requisitos más fuertes

Por su parte, la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, expuso que se necesita que haya requisitos más fuertes en el tema de armas.

"No dar permisos para el que ha violado la ley y ha tenido un arma sin licencia lo pueda hacer sin problema. Yo creo que la ley debe aplicarse y sancionar a aquellos que no han cumplido con lo que la ley establece", dijo previo a la plenaria.

Recordó que desde 2022 FESPAD presentó una propuesta de reforma a la ley de armas para que contara con requisitos más rigurosos.

También la diputada Marcela Villatoro, de ARENA, señaló que la disposición es contradictoria a lo que se argumenta con el Plan Control Territorial. No descarta que la Presidencia de la República devuelva el decreto observado.

"Al final, lo que están haciendo es armar a la población, es legalizar armas que al final de cuentas pueden estar involucradas en algún tipo de ilícito, aunque ellos digan que no, que esto no se podría subsanar con una declaración jurada aunque ellos digan que sí", señaló la diputada.

En cambio, señaló que se debería decretar que las armas en desuso en manos de la población civil se entreguen para su destrucción en lugar de legalizarlas.

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