El gobierno podría implementar, en el primer trimestre del año, una iniciativa que permita que las personas que conducen una motocicleta sin la respectiva licencia, obtengan el documento.
Lo anterior debido a que casi la mitad de los conductores de dichos vehículos no cuentan con el documento de ley, según datos del Plan de Seguridad Vial de Motociclistas de El Salvador.
El titular del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT), Romeo Rodríguez, señaló, en el programa de entrevistas Frente a Frente, que la iniciativa buscará facilitar la reglamentación de los conductores y luego aplicar la ley e, incluso, el decomiso de las motocicletas.
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El Plan de Seguridad Vial de Motociclistas estima que apenas el 53% de los conductores de estas cuentan con licencia; es decir, que el 47% carece de la debida autorización.
“Vamos a hacer algo en estos primeros meses, en este primer trimestre de este año, vamos a tratar de ver cómo garantizamos que los motociclistas, al menos en su mayoría, saquen licencia de conducir, vamos a ver cómo se las facilitamos; pero también luego de este proceso que vamos a seguir pues también vamos a empezar a ser duros, en el sentido que si un motociclista no tiene licencia se le va a decomisar la motocicleta o se le va aplicar las sanciones que se le deben de aplicar”, dijo el funcionario.
La importancia de la iniciativa, recordó, es porque el 40% de los fallecidos en siniestros viales, durante el 2024, fueron motociclistas.
Estadísticas del Observatorio Nacional de Seguridad Vial indican que de los 1,303 fallecidos por accidentes, el año pasado, 517 fueron motociclistas; 507, peatones; y 25 ciclistas.
Además, de los 20,301 accidentes en general, en 3,813 estuvieron involucrados motociclistas.
“Tenemos que reducir la siniestralidad y los fallecidos; pero para esto, claro un sector para reducir más rápido las muertes por accidentes son los motociclistas. Pero bien, hay que garantizar dos cosas; uno, garantizar darles facilidades para que saquen su licencia de conducir, para que de alguna manera se regule de mejor forma el tema de las motociclistas en el país. Pero paralelamente, garantizar que estas personas respeten y ¿cómo?, sancionando”, señaló el funcionario en el programa de entrevistas.
En el país circulan 619,186 motociclistas, que representan el 33% del parque vehicular (1,874,301).
Así mismo, entre el 2015 y 2024 fueron emitidas 430,512 licencias para motocicletas.
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El año donde más documentos fueron emitidos es 2023, con 86,783 licencias; mientras que en el 2024 hubo un descenso pues la cifra alcanzó las 76,514.
El entrevistador del programa televisivo cuestionó al funcionario sobre aquellos motociclistas que usan múltiples carriles en la carretera, a lo que el ministro indicó que “estamos permitiendo que los motociclistas, por ejemplo, puedan conducir en medio de los carriles cuando haya una velocidad de hasta 25 kilómetros por hora. Es decir si la velocidad de los vehículos es de 25 kilómetros por hora podrían ingresar en medio de los carriles, de lo contrario no es permitido. Y 25 kilómetros por hora es casi que el tráfico está detenido. Actualmente lo hacen y no se le colocan infracciones”.
El titular aclaró que los motociclistas no deberían de realizar dichas prácticas en carreteras como la de Los Chorros y la que conduce hacia Comalapa.
Infracciones
Las recientes reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establecen como infracciones muy graves conducir motocicletas sin utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento; circular después de las 18:00 horas y antes de las 6:00 de la mañana del día siguiente sin que el motociclista y su acompañante usen chalecos o chaquetas reflectantes visibles; además si el conductor y su acompañante van sin casco certificado.
Otra infracción es conducir más de dos personas en una motocicleta, de acuerdo a una publicación de la Asamblea Legislativa, previa a la aprobación de las reformas.
Quienes infrinjan dichas normativas serán acreedores de una multa de $150.
La Asamblea también consignó que otra de las infracciones es conducir vehículos con niños menores de cinco años de edad, sin que utilicen una silla de retención infantil debidamente instalada en el vehículo. También transportar menores de 12 años de edad dentro de la cabina del vehículo en la parte delantera.
La reformas establecen, como disposición transitoria, que para la aplicación de las faltas muy graves que requieren el uso de sillas de retención infantil y el casco protector certificado para motociclistas y acompañantes, para su exigibilidad, se otorga un plazo de un año, contados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia del decreto, para la adquisición, instalación y uso de dichas sillas por parte de los conductores.