El Presidente Nayib Bukele será el cuarto mandatario latinoamericano que buscará la reelección presidencial a pesar de la prohibición expresa en la Constitución, pero habilitados por cuestionadas sentencias judiciales.
Fue el nicaragüense Daniel Ortega quien dio inicio a esta “fiebre de reeleccionismo” en 2009, tal como recordó Joaquín Mejía Rivera, Doctor en derecho Internacional en un foro organizado por la Fundación para el Debido Proceso.
“La sentencia en El Salvador a favor de la reelección de (Nayib) Bukele forma parte de una falacia que propaga la fiebre de reelección en el continente que empezó el 19 de octubre de 2009, cuando la Sala de lo Constitucional de Nicaragua resolvió un recurso a favor de Daniel Ortega para permitirle la reelección presidencial a pesar de la prohibición constitucional”, dijo el abogado.
Mejía Rivera enumeró luego a Juan Orlando Hernández en Honduras en 2015 y Evo Morales en Bolivia en 2017. Los tres mandatarios pudieron buscar la reelección, pese a ser prohibida por sus respectivas Constituciones, gracias a fallos judiciales que invocaron una vulneración a los derechos políticos de los funcionarios en cuestión.
“Los tres presidentes ya estaban en el poder y a través de decisiones judiciales cambian las reglas del juego democrático como ha hecho Bukele. En Honduras Juan Orlando Hernández destituyó a la Sala de lo Constitucional y puso una que le regaló la sentencia; exactamente lo que ha hecho Bukele en El Salvador”, consideró el experto.
La sentencia de la Sala de lo Constitucional impuesta por la bancada legislativa del presidente Bukele el 1 de mayo de 2021 difiere de las tres anteriores en que el derecho que invoca se lo atribuye a los electores y no a la figura del presidente, lo que implica un giro “grave” a juicio del doctor en derecho.
“En el caso de El Salvador dice que el derecho humano de poder reelegir pertenece al pueblo. Esta diferencia es importante y es una situación grave porque la Sala está haciendo un cambio del centro de gravedad del ordenamiento constitucional salvadoreño porque ya no es la supremacía de la constitución sino la soberanía del pueblo. Esto es grave”, analizó.
El riesgo de esto, afirma el experto, es que en un momento esta Sala afín al oficialismo puede invocar poderes para el pueblo que no son de su competencia, como los derechos humanos universalmente reconocidos.
“Lo que nos está diciendo la Sala es que el pueblo, a través de mecanismos formalmente democráticos, podría incluso decidir que una persona inocente es culpable y podría decidir sobre derechos humanos. Y los derechos humanos son un coto vedado que ni siquiera el soberano puede traspasar estos límites”, advirtió.
El abogado boliviano Ramiro Orias criticó las sentencias de esos Tribunales constitucionales altamente cuestionados por su falta de independencia, es decir, afines a los presidentes que favorecieron con sus sentencias.
“No es casual que tres de ellos la reelección presidencial se ha adoptado por el mecanismo de una decisión judicial. Hay autores que los han llamado jueces por escaño, que llegan a tener atribuciones exorbitantes, casi que legisladores que reforman la constitución más allá de sus competencias”, valoró el sudamericano.
En Nicaragua, Honduras y Bolivia, los expresidentes que se lanzaron a la reelección pese a las prohibiciones expresas en sus respectivas Constituciones han dejado sociedades divididas y con deterioro en la democracia e institucionalidad.
Lecciones aprendidas
“Las lecciones aprendidas han sido tristes, dramáticas y dolorosas. La primera lección tiene que ver con la necesidad de un sistema de justicia independiente, para que pueda cumplir a cabalidad con un rol de árbitro en este tipo de controversias”, dijo Orias.
En Bolivia, aún salen de una crisis política provocada en 2019 por la cuarta reelección de Morales pues hubo protestas por denuncias de fraude. Morales dimitió y ante su ausencia una vicepresidenta del Congreso, Jeanine Añez, se autoproclamó presidenta interina para convocar a nuevas elecciones, en un procedimiento no previsto en la Constitución boliviana pero avalado en ese momento por el Tribunal Constitucional. La OEA halló pruebas de elección fraudulenta, pero la mayoría de las presidentes de izquierda del continente tildaron el caso de “golpe de estado” contra Morales, quien se exilió primero en México y después en Argentina. Añez está condenada por el delito de sedición y el partido de Morales ha vuelto al poder.
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En Nicaragua, hay una crisis política desde 2018 luego que las protestas de los nicaragüenses en petición de elecciones libres ha desembocado en el éxodo de miles de ciudadanos, el encarcelamiento de todos los candidatos opositores a Ortega y países como Estados Unidos y los de la Unión Europea que no reconocen la cuarta reelección de Ortega por haber ido a elecciones sin competidores reales pues los encarceló a todos.
En Honduras, aunque Hernández no corrió por un tercer mandato y los votantes cambiaron el partido político en la presidencia, la sociedad aún está buscando reparar el daño institucional, explicó Mejía Rivera.
“A pesar de las dudas de un nuevo fraude electoral, la gente entendió que de manera masiva podía votar, la comunidad internacional entendió también que no podía seguir pasando página sobre Honduras y se juntaron varios factores que permitieron que a través de elecciones se pudiera sacar a parte de la estructura del régimen de Juan Orlando Hernández”, dijo.
Pero las heridas aún están frescas en Honduras. El reto, explicó el experto, es elegir unos magistrados independientes para desmontar todas las estructuras de Hernández, actualmente enjuiciado en Estados Unidos acusado de cargos de narcotráfico.
“Honduras está en una etapa simbólica de transición democrática que puede terminar en algo bueno o en algo malo. A la ciudadanía le toca estar alerta y vigilante y hacer escrutinio público”, explicó sobre el nuevo proceso de selección de la Corte Suprema de Justicia.
Prohibición constitucional a reelección impide perpetuación de una persona en el poder
En el foro de la Fundación para el Debido Proceso se explicó que de acuerdo a jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es lícito que las Constituciones de los países limiten la reelección para evitar que una persona se perpetúe en el poder.
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“La Corte Interamericana analiza si esa restricción (a la reelección presidencial) tiene una finalidad acorde con la Convención Interamericana y a Corte concluye que sí, que es acorde, porque se busca evitar que la persona se perpetúe en el poder, asegurar ese pluralismo político, asegurar la alternancia en el poder”, dijo Marcia Aguiluz, abogada de la Dirección Legal de Woman´s Link.
A su juicio, la CIDH valora que sí hay una afectación al derecho de un presidente a volver a postularse, pero que en todo caso esa vulneración es menor a la afectación a la democracia representativa.
“Es menor el daño en esa restricción en comparación de los beneficios que trae para la democracia. Entonces, y acá la corte se refiere a como la alternancia, el pluralismo político y la separación de poderes son garantías para el respeto a los derechos humanos”, concluyó la abogada costarricense.
El abogado boliviano coincidió plenamente a la luz de la opinión de la CIDH. “La Corte aclara que el objeto no es restringir la reelección, sino que la ausencia de límites razonables a la reelección presidencial facilita la perpetuación directa o indirecta de una misma persona en el ejercicio de la presidencia y eso es contrario a lo establecido en la Convención Interamericana”, dijo.
También opinó de forma similar Mejía Rivera: “Esta restricción que implica un sacrificio a este derecho de esta persona es mejor y justificada para asegurar que una persona no se perpetúe en el poder y por tanto prevenir que se degrade la democracia representativa”, concluyó.