En enero de 2023, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que, entre otros elementos, incrementó los montos de las multas por infracciones de tránsito, la cual no ha entrado en vigencia porque se habría devuelto con observaciones de la Presidencia de la República.
A casi un año y tres meses de dicha aprobación, el Órgano Legislativo no ha incorporado en la agenda de las sesiones plenarias el documento de las observaciones ni tampoco se ha vuelto a discutir el tema de otro proyecto de reforma a la normativa vial.
Aunque el pasado 12 de diciembre, al ser cuestionado sobre si retomarán el tema antes que termine la actual legislatura, el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, expuso que sí se discutiría y que se tenían acercamientos con empresarios del sector.
“Así que sí, esperamos que al término de esta legislatura podamos tener mucho más ordenado ese tema”, afirmó en aquel momento.
La conformación actual de la Asamblea finaliza sus funciones el 30 de abril, es decir, le quedarían ocho días y hasta el momento se desconoce si en el tiempo que resta abordarán el tema. La sesión plenaria está convocada para este lunes.
La reforma aprobada en enero de 2023 no solo aumentó el valor económicos de la multas a $50, $100 y $150, sino que también incrementó la cantidad de conductas clasificadas como infracciones de tránsito, varias de ellas dedicadas a la conducción en motocicleta.
Una de las clasificadas como muy grave, con una sanción de $150, fue “circular en motocicleta por hombros de calle o en el bordillo del carril izquierdo o en las líneas divisorias de los carriles”.
La reforma incorporó algunas facilidades para pagar las multas, como un descuento del 50 % cuando las multas sean canceladas dentro de los cinco días hábiles luego de recibir la notificación. Se añadió que en el caso de impago de las multas no se podrá realizar trámites, como la reposición del Documento Único de Identidad (DUI).
Sistemas automatizados
Otro de los componentes de la reforma fue sobre las infracciones registradas por medio de sistemas de control automatizado, que podría utilizar fotografías “u otras formas de reproducción de la imagen y el sonido”, tales como cámaras de video vigilancia, radares fijos o móviles, “sin ser limitativos, ya que pueden utilizarse otras tecnologías que presten la seguridad necesaria y que se constituyan como medios aptos para comprobar la falta”.
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Actualmente, el artículo 119-B de la ley permite el uso de sistemas electrónicos de vigilancia para constatar la infracción y que los videos y fotografías que se tomen deben mostrar claramente el sitio en que ocurrió la infracción, el vehículo en cuestión, el número de placa, la hora y la fecha.
El Viceministerio de Transporte (VMT) ha informado de imposición de multas retomando denuncias de usuarios en redes sociales.
Y otro componente fue el “sistema de evaluación permanente de conductores”, que consiste en la acumulación de puntos por las infracciones cometidas, los cuales pueden restar tiempo de vigencia a la hora licencia de conducir.
También está pendiente la prórroga a la vigencia de las placas vehiculares, ya que vence el 30 de abril.