El Ejecutivo mandó a la Asamblea un proyecto de ley que, según los diputados oficialistas, engloba todos los aspectos que los niños y adolescentes requieren para el desarrollo de una vida plena desde su nacimiento.
Esta nueva normativa deroga la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia (LEPINA); al Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA); y al Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA).
También elimina la Ley de Salas Cuna que estaba prevista que se comenzara a aplicar a partir del 1 de julio de 2022, tras dos prórrogas para su implementación.
La Ley de Salas Cunas fue aprobada por la Asamblea anterior en 2018 en cumplimiento de una resolución de la Sala de lo Constitucional que señaló que su ausencia violaba el Artículo 42 de la Constitución, el cual ordena que el Estado y la empresa privada provean de Salas Cunas a sus trabajadores.
La Asamblea dio dos años a las empresas para que se prepararan, por lo que originalmente, la Ley de Salas Cunas debió haber comenzado a funcionar en junio de 2020, sin embargo, la Asamblea avaló una ampliación de seis meses, debido a la pandemia por COVID-19.
Luego en diciembre de ese mismo año, el gobierno reiteró su petición de tener otro año más de plazo, es decir, hasta diciembre de 2021. En esa fecha la bancada oficialista otorgó otros seis meses con el fin de revisar la normativa.
Pero este este martes 7 de junio de 2022, funcionarias del Despacho de la Primera Dama, Gabriela de Bukele, entregaron a la Asamblea otra iniciativa que abarcará las Salas Cunas, la Ley LEPINA, al ISNA y al CONNA.
En vez de esas instancias, la nueva Ley denominada: “Crecer Juntos, para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia”, abarcará en un “Sistema de Protección Integral” a esas instituciones e incluirá a otras, entre ellas, se crea un “Instituto Crecer Juntos”; también formará parte el Ministerio de Salud, el de Educación, el de Hacienda, el de Gobernación, el de Trabajo, el de Seguridad.
Así como Comités locales, Juntas y Defensorías de protección de la Niñez y Adolescencia; el Órgano Judicial, la Procuraduría General de la República, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la Fiscalía, y miembros de la Red de Entidades de Atención de la Niñez y Adolescencia. Este sistema será de “interés público y nacional”.
El proyecto de ley contiene algunas novedades que la LEPINA no contenía, por ejemplo, ya se vincula que los niños deberán ser identificados con un número desde su nacimiento; y en el caso de que los padres, familiares o responsables no lo hagan por distintas razones, será el Estado quien lo asuma de oficio.
Hace una diferenciación de la niñez, la cual reconocer desde la concepción, estableciendo que la primera infancia comprenderá desde el nacimiento hasta los 8 años de edad; que la niñez como tal se entenderá desde la concepción hasta antes de cumplir 12 años; y que la adolescencia se determinará desde los 12 años hasta cumplir los 18.
Que la ley se aplicará a todos los niños y adolescentes nacionales y extranjeros; que los recursos financieros que el gobierno destine a las municipalidades para invertir en las áreas de salud, educación y protección, serán ejecutadas por la Dirección de Obras Municipales.
Además, que en situaciones de emergencia, incluyendo las obstétricas, “que pongan en peligro inminente la vida o constituya un riesgo inmediato de sufrir daños irreparables a la salud”, el profesional de la salud deberá “proceder como la ciencia lo indique, aún sin el consentimiento explícito del padre, la madre, representante o persona responsable y comunicará luego el procedimiento seguido”.
En el tema sanitario también el Estado podrá gestionar que los servicios de salud sean brindados por entidades privadas, debiendo asumir los gastos correspondientes, si los hubiere. Para tales efectos, se celebrarán los acuerdos legales correspondientes.
En el área educativa se establece la obligatoriedad de incluir en el currículo nacional, la educación integral de la sexualidad en todos los niveles educativos.
La iniciativa de ley contempla que en el ámbito privado las instituciones educativas, deberán propiciar condiciones para que en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago la madre, padre o responsable pueda solventar la situación de mora y que no se interrumpa la continuidad educativa de los niños.
“La insolvencia de pago no impide ni condiciona la entrega de la documentación para que los niños puedan ser inscritos en otra institución pública o privada, sin que se entienda que se exime la obligación del pago de la mora”, reza el artículo 48.
Luego en el Art. 49 se establece que en ningún caso la falta de documentos de filiación o de identidad de los niños o adolescentes será obstáculo para que pueda ser matriculado en una institución educativa para comenzar, continuar con sus estudios o hasta su graduación.
¿Qué dice la oposición?
Las diputadas del FMLN, Anabel Belloso y Dina Argueta, consideraron que no era necesario crear una nueva normativa para proteger a la niñez. Valoran que la Ley LEPINA pudo ser mejorada en vez de derogarla.
“Derogan leyes como la LEPINA que ha tenido un reconocimiento internacional por los avances que ha significado en materia de protección de niñez y adolescencia. Lo que había que hacer es actualizar la que ya existe, podría ser perfectible, fortalecer la institucionalidad que ya existe, pero no derogar lo ya existente”, ahondó Argueta.
Para Belloso cualquier normativa nueva que deroga otras leyes existentes no debe significar retrocesos. Señala que la actual ley LEPINA pudo ser perfectible.
Añadió que con las instituciones que son eliminadas, de seguro pasará lo mismo que ha ocurrido con otras instituciones, donde se han eliminado plazas, lo cual generará “incertidumbre” con los trabajadores que laboran en dicha entidades.
“No se trata de personas que se quedan sin ingreso, sino de personas que han acumulado experiencia en la materia que aportan”, indicó Belloso.
Al respecto, representantes del “Movimiento de Trabajadores Despedidos”, estima que al menos unas 1,000 personas perderán sus empleos al fusionarse distintas instituciones con la nueva Ley Crecer Juntos y serán obligados a hacer un retiro forzoso que, en teoría, otorgará un salario por año a cada empleado, pero tiene un techo que no permitirá recibir más de $15,000 como indemnización en total. Señalaron que en el ISNA laboran 1,404 personas y en el CONNA 465.