La Asamblea Legislativa aprobó la tarde de este viernes la reforma al Código Penal que sube los años de cárcel para penalizar delitos comunes, como el robo agravado, y el delito de homicidio simple.
La propuesta fue presentada en julio de 2024 por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública "a fin de ajustar la normativa penal para asegurar el ejercicio de las libertades fundamentales y lograr un descongestionamiento de los tribunales". Pero el expediente fue retomado en la sesión de la Comisión de Seguridad Nacional el pasado miércoles y aprobó aumento de penas a más delitos.
En la discusión de la reforma, el diputado Caleb Navarro pidió modificar la redacción para incrementar las penas a los delitos de homicidio simple y de homicidio agravado. El primero será de 25 a 35 años de cárcel y el agravado, dependiendo de las circunstancias agravantes establecidas en la ley, será en los siguientes rangos: de 35 a 40 años, de 45a 50 años y de 55 a 60 años.
De esa forma, la reconfiguración de los delitos quedará así:
- Homicidio simple, de 25 a 35 años, actualmente es de 15 a 20
- Privación de libertad, de tres a ocho años, dos años más
- Violación, de diez a 16 años
- Violación en menor o incapaz, de 18 a 26 años
- Agresión sexual en menor o incapaz, de diez a 15 años
- Estupro, de cinco a 13 años
- Estupro por prevalecimiento, de ocho a 10 años
- Hurto, de seis a ocho años si el valor de la cosa hurtada supera los 200 colones
- Hurto agravado, de diez a 15 años
- Robo, de diez a 20 años
- Robo agravado, de 20 a 30 años
- Receptación, de seis a diez años
- Conducción de mercadería dudosa procedencia, de seis a diez años
- Uso ilícito de vehículo automotor, de dos a cinco años, sube la pena de cinco a ochos años si se trata de un vehículo que fue hurtado
- Estafa, de cinco a ocho años
- Estafa agravada, de ocho a 15 años
- Daños, de dos a cinco años
- Daños agravados, de cinco a diez años
- Dilaciones procesales, de cuatro a ocho años
Se agrega la excusa absolutoria en el supuesto de hurto y “quedará exento de pena el que reparare íntegramente el daño ocasionado”, que se podrá realizar si media la anuencia del fiscal en sede administrativa. Solo se podrá otorgar una vez a una misma persona.
Navarro destacó que se agrega como circunstancia que agravan la responsabilidad penal en el caso de robo la movilidad territorial, es decir, cuando el delito se cometa en un distrito distinto del domicilio del imputado.
Agregó que también se penaliza a quienes adquieran “cosas robadas” con cárcel de seis a diez años.
“Castigamos si un ladrón logró hurtarle o robarle algún objeto a un salvadoreño, estamos elevando también para que no tenga mercado”, dijo Navarro.
La desproporcionalidad de las nuevas penas ya había sido advertido por profesionales del derecho.
"El problema es que están poniendo un bien jurídico patrimonial en el mismo rango del bien jurídico de la vida. El bien jurídico de la vida es un derecho fundamental, que está consagrado en el artículo 2 de la Constitución", dijo la abogada Roxana Cardona, de Justicia Social y Contraloría Ciudadana.
Los abogados Jayme Magaña y Otto Flores Vásquez, por medio de la Fundación Mujeres por la Transparencia, presentaron este viernes un aviso ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) por los proyectos de reformas al Código Penal sobre el aumento de penas a delitos comunes y las reformas al Código Procesal Penal sobre la detención provisional y que en los casos de fraudes administrativos no se extinga la acción penal cuando haya una conciliación civil.
Señalaron que se vulneran los derechos de: derecho al acceso a la jurisdicción, el debido proceso, el derecho a la defensa, la presunción de inocencia y el respeto a la dignidad humana, el principio de legalidad.