El 27 de agosto de 1934 se publicó en el Diario Oficial la aprobación del Poder Legislativo a la licencia solicitada por el entonces presidente de la República, general Maximiliano Hernández Martínez, quien siendo vicepresidente llegó al poder en diciembre de 1931 tras un golpe de estado contra el presidente Arturo Araujo.
El motivo de la licencia: buscar la reelección. Fue candidato único, por eso obtuvo el 100% de los votos, para ejercer la Presidencia de 1935 a 1939.
“Se puede evidenciar cómo se ha manipulado de forma fraudulenta la figura de la licencia que puede pedir el presidente. El presidente puede pedir licencia para ir a otro país, pero no para reelegirle. Eso está prohibido”, consideró Jonathan Sisco, abogado de Cristosal.
Estaba vigente la Constitución de 1886, aprobada como “reacción a la tendencia de los mandatarios salvadoreños a perpetuarse en el poder”, de acuerdo a publicaciones en la red X del historiador Héctor Lindo. En esa se prohibió la reelección y se dispuso que no se pudiera cambiar el artículo respectivo.
Pero al cierre del periodo Martínez, este imitó lo que hizo el presidente Rafael Zaldívar décadas antes: “No llamó a elecciones. Convocó una Asamblea Constituyente que usando sus poderes extraordinarios lo eligió presidente sin voto popular”, explicó Lindo.
Esa Constitución de 1939 amplió el período presidencial a 6 años. Sisco valoró que la reforma constitucional era profunda, “pero la verdadera finalidad era que el Poder Constituyente nombrara a Hernández Martínez” para el periodo que terminaba en 1945, y “de esa forma se pretendía volver a realizar fraude a la Constitución”, agregó.
El 25 de febrero de 1944 se publicó en el Diario Oficial una reforma constitucional que señaló que “por convenir a los intereses públicos que se mantenga el ritmo y orientación que se le ha marcado a los asuntos de Estado desde hace algún tiempo”, la Asamblea Constituyente nombraría al presidente del 1 de marzo de 1944 al 31 de diciembre de 1949.
En 1944 ocurrió la “huelga de brazos caídos” que obligó la salida del general del cargo y volvió a tener vigencia la Constitución de 1886. Las constituciones de 1950, 1962 y 1983 no contemplan la posibilidad de reelección.
Para la abogada Ruth López la historia se repite con las pretensiones de reelección del actual presidente Nayib Bukele.