Desde el pasado lunes 29 de enero, la orden de captura contra Rubén Ignacio Zamora, Alfredo Cristiani y otros exfuncionarios salvadoreños ya no tiene vigencia, pues la jueza del Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, donde se ventila el llamado “Caso El Mozote”, resolvió dejarla sin efecto.
El 22 de diciembre recién pasado, la misma jueza resolvió emitir orden de captura contra Cristiani, expresidente de la República en el período 1989-1994, Zamora, Luis Roberto Angulo Samayoa, Ciro Cruz Zepeda Peña, Raúl Antonio Peña Flores y otros exdiputados de la Asamblea Legislativa, por el delito de encubrimiento personal en el “Caso El Mozote”, por haber aprobado la Ley General de Amnistía para la Consolidación de la Paz.
En el caso también son procesados varios jefes militares por asesinato, violación agravada, tortura y otros delitos que fuerzas militares habrían cometido contra pobladores de El Mozote y otras comunidades aledañas del norte del departamento de Morazán, entre el 10 y el 14 de diciembre de 1981, en el marco del conflicto armado que sufrió El Salvador entre 1980 a 1992.
De acuerdo con la resolución judicial emitida en la tarde del pasado lunes, fue la misma Fiscalía General de la República (FGR) la que solicitó el beneficio de la excarcelación a favor de las personas contra quienes se ordenó la detención el 22 de diciembre anterior.
Posterior a conocer sobre las órdenes de captura de los exfuncionarios (expresidente de la República y exdiputados) varios abogados interpusieron un recurso de revocatoria contra la resolución judicial que ordenaba las detenciones.
Sin embargo, tras conocer el recurso de revocatoria presentado específicamente por los abogados Julio Cesar Vargas Acevedo y Jaime Enrique Ortega, a favor del imputado Raúl Antonio Peña Flores, la jueza declaró no ha lugar debido a que tal recurso ya no tiene razón de ser.
“En el presente caso, como bien lo apunta la representación fiscal, es prematura la intervención de los abogados postulantes del recurso, habida cuenta que aun no se les ha notificado el auto que decreta la medida cautelar que impugnan, así como también la que otorga el beneficio de la excarcelación a pedido del Ministerio Publico Fiscal, lo cual les ha hecho incurrir en el error de impugnar una resolución que ha dejado de tener vigencia por haberse dictado el beneficio aludido en favor del imputado que defienden; es decir, que dicho recurso carece de objeto porque el encartado ya fue excarcelado, a la espera de que comparezca a este tribunal para intimarlo y sujetarlo a este proceso como al resto de imputados por el derecho que tiene a que se le trate igual que a los demás”, reza la resolución judicial.
El documento judicial detalla que luego de emitida la resolución judicial mediante la cual se ordenó la captura de los procesados, la Fiscalía solicitó a la juez que se analizara concretamente la situación de varios imputados. En la misma, la Fiscalía pidió que se otorgara el beneficio de la excarcelación a los procesados para que estos gozaran de libertad mientras enfrentaban el proceso judicial.
“... y teniendo en cuenta lo planteado por Fiscalía General de República, [La edad avanzada de los acusados así como otras garantías] dicho beneficio se consideró siempre y cuando los imputados se presentaren el primer día hábil a la sede del Tribunal, para efectos de intimarlos e informarles sobre las condiciones a las que estarían sujetos durante la tramitación del proceso”, indica la resolución de la juez.
Los exdiputados Luis Roberto Angulo Samayoa, Rubén Ignacio Zamora Rivas, Raúl Manuel Somoza Alfaro y Raúl Antonio Peña Flores, y el expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani tuvieron un papel clave en la ejecución de los Acuerdos de Paz que pusieron fin al conflicto armado.
Sin embargo, actualmente son acusados del supuesto delito de “encubrimiento personal” a favor de varios militares a quienes les imputan la “Masacre de El Mozote y lugares aledaños, ocurrida en 1981; de ser hallados culpables podrían ser condenados a penas que oscilan entre los seis meses a los seis años de prisión.