El gobierno mandó a la Asamblea Legislativa una propuesta de reforma a la Ley Especial sobre Trasplante de Células, Tejidos y Órganos Humanos, con el objetivo de "optimizar el sistema de donación y trasplante" y que se garantice el acceso y cobertura a los trasplantes para la población salvadoreña.
El expediente con el proyecto de ley fue recibido y leído este lunes por la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente de la Asamblea, la cual acordó invitar para su próxima sesión al ministro de Salud, Francisco Alabí, para que brinde más insumos para el estudio de la iniciativa.
La propuesta contiene algunos cambios en terminología de la ley, como por ejemplo, el de "donante cadavérico" se cambiaría a "donante fallecido" y el Registro Único de Compatibilidad para Trasplantes se llamaría solo "Registro Único para Trasplantes" en todos los artículos donde se menciona.
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La ley, que se aprobó en abril de 2022 y entró en vigencia hasta finales de agosto de 2023, creó el Consejo Salvadoreño de Trasplantes (CST) como una entidad descentralizada del Ministerio de Salud y conducida por un director, quien tiene entre sus funciones gestionar dicho registro y el registro nacional de donantes y receptores.
Con la reforma a la ley se le añadirá la atribución de "formar equipos técnicos científicos consultores, de carácter temporal y eventual, que asesoren a la junta de delegados del CST, con el objeto de realizar diferentes consultas de acuerdo con las temáticas que se requieran".
La ley vigente establece que el CST esté conformado por una junta de delegados, integrada por delegados "con capacitación y experiencia comprobable" en el tema de donación y trasplantes. En la iniciativa de reforma se abre a cualquiera de las dos opciones al decir que la junta estará integrada por delegados "con capacitación o experiencia comprobable" en el tema.
Una de las atribuciones de la junta de delegados es "autorizar, acreditar y controlar los establecimientos de salud que desarrollen procesos para la obtención, donación, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de componentes anatómicos, células, tejidos y órganos para donación y trasplante". En la reforma se elimina la parte de acreditar.
Otro aspecto que cambiaría con la reforma son aspectos técnicos para la donación en muerte encefálica. Actualmente, la muerte encefálica o muerte cerebral está basada en la "constatación y concurrencia, durante treinta minutos como mínimo y la persistencia de seis horas después del comienzo del coma".
Y establece los siguientes signos: Ausencia de respuesta cerebral, con pérdida absoluta de conciencia de forma irreversible; ausencia de respiración espontánea, ausencia de reflejos cefálicos, con hipotonía muscular y midriasis; electroencefalograma plano, demostrativo de inactividad bioeléctrica cerebral u otras pruebas legalmente admisibles para tal fin.
En el proyecto de modificación se indica que la muerte encefálica estará basada en: Valoración por estudio de imágenes iniciales, criterio clínico que refleje ausencia de reflejos del tallo encefálico y estudios de imágenes o estudio electrofisiológico o ambos en caso sea necesario para la valoración de muerte encefálica.
Por otro lado, en el artículo del autorización de donación por muerte violenta, se cambia la parte que sea por la familia "hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad" a definir que sea autorización de padres, hijos, hermanos y cónyuges.
Además, se elimina la parte de que los establecimientos de salud que desarrollen procesos de donación y trasplante tengan un comité de bioética. Y se propone derogar el artículo sobre los criterios de priorización que está en la ley, así como el término de "reacción adversa grave" del listado de definiciones.
"Hay muchas preguntas que plantearemos para garantizar que los cambios realmente beneficien a la gente, protejan la vida y respeten la dignidad humana", compartió el diputado Francisco Lira, de ARENA, en su cuenta de redes sociales.