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Fotomulta se aplicará al dueño del vehículo cuando no se identifique al conductor

Propuesta de reforma dice que en caso de que el sistema no se logre identificar al conductor que cometa la infracción, se cargará a la tarjeta de circulación.

Por Susana Peñate | Dic 18, 2024- 19:30

Nuevas cámaras de transito instaladas en algunos puntos de San Salvador. Foto EDH/ Miguel Lemus

Los propietarios de vehículos podrían ser sancionados por infracciones a la ley de tránsito aunque no hayan sido quienes las cometieron, pues en el caso que el sistema de fotomultas no logre identificar al conductor responsable de la falta, cargará la multa a la tarjeta de circulación.

La propuesta de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial presentada por el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT) a la Asamblea incorpora el sistema el sistema electrónico para la detección e imposición de multas por infracciones a dicha ley.

La redacción de la reforma dice que las sanciones por el cometimiento de infracciones a la ley se impondrán a los conductores de vehículos, por tanto, la multa será cargada a la licencia de conducir.

“Salvo en los casos en donde conforme al sistema de vigilancia de tráfico automatizado o por el medio digital utilizado para determinar la infracción, no sea posible identificar al conductor pero sí la infracción, por lo cual, la sanción se aplicará a la tarjeta de circulación del vehículo”, dice la propuesta.

La ley establece el tipo de multas que son cargadas a la tarjeta de circulación, es decir, que asumen los propietarios de los vehículos, como no portar llanta de repuesto o no portar dispositivos de seguridad vial o circular con sistema de frenos en mal estado.

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Mientras que infracciones como no respetar la señal de alto, no respetar la luz roja del semáforo, circular a mayor velocidad de la reglamentaria o conducir en sentido contrario se aplican a la licencia de conducir. Pero en el caso que no se identifique al conductor que las cometió, también se cargarían a la tarjeta de circulación.

El gobierno pide establecer que las multas por infracciones de tránsito, transporte terrestre y transporte de carga puedan ser aplicadas “por las autoridades competentes por medios escritos, electrónicos u otros de acuerdo a la legislación vigente”.

multas tránsito
La nueva ley establece que el propietario del automotor será el encargado de pagar las infracciones que hayan sido impuestas por este sistema a menos que se logre individualizar la responsabilidad. Foto EDH /Archivo

En el proyecto de reforma, indica que el Viceministerio de Transporte podrá implementar dispositivos tecnológicos para la detección automática de infracciones de tránsito y conductas peligrosas, los cuales serán operados por el personal autorizado para el uso de estos equipos y sistemas, así como para la imposición de multas.

Para constatar las infracciones se podrá utilizar sistemas electrónicos de vigilancia, como cámaras colocadas en puntos estratégicos u otras tecnologías.

“Los videos y fotografías que se tomen constatando el cometimiento de infracciones reguladas en la presente ley, mostrando claramente el sitio en que ocurrió la infracción, el vehículo en cuestión, el número de placa, la hora y la fecha”, dice la propuesta.

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La notificación de la esquela al presunto infractor deberá hacerse en un plazo que no exceda un mes y el interesado tendrá cinco días subsiguientes a la notificación para comparecer a la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga del VMT.

El proyecto fue enviado a estudio de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial de la Asamblea.

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