El gobierno presentó una propuesta de reforma para flexibilizar los requisitos que establece la “Ley transitoria de compensación Económica por retiro voluntario de servidores públicos jubilados o pensionados del Órgano Ejecutivo, entidades descentralizadas no empresariales y entidades autónomas” para quienes apliquen a dicho beneficio.
“Es necesario flexibilizar las exigencias que se deben de cumplir, con la presentación de atestados que respalden la calidad de jubilado o pensionado, considerando los tiempos que se requieren en la práctica para obtener esta calidad”, dice la propuesta en el tercer considerando.
La compensación económica consiste en un salario por cada año laborado o fracción de seis meses, con base al último salario devengado, hasta un máximo de $25,000.
La disposición transitoria que fue aprobada en mayo de 2023 establece que la calidad de jubilado o pensionado será acreditada por el interesado, para lo que debe presentar copia certificada o constancia de la resolución emitida por la instancia correspondiente o los atestados disponibles en los registros de la institución.
Con el proyecto de reforma para comprobar la calidad de jubilado o pensionado será la autoridad correspondiente la que lo acreditará, a través de sus registros e historial laboral del empleado o funcionario solicitante. Y en caso que la entidad no dispusiera de esa información, entonces corresponderá al interesado presentar la comprobación por medio de declaración jurada otorgada ante Notario.
DE INTERÉS: Gobierno pide poner techo para la aplicación del escalafón de Salud
Pero se agrega que si dicha declaración contenga vicios, falsedad, inexactitudes “o cualquier otra falla” que puedan inducir el cometimiento de un delito, la institución deberá remitirlo a la Fiscalía General de la República.
Ampliarán plazo
Otra de las peticiones es para ampliar el plazo de la aplicación del trámite, que inicialmente se estableció para seis meses que se cumplen el 18 de noviembre de 2023, ya que, según se argumenta en el proyecto, hay una “petición generalizada” de los interesados en el beneficio en que caduque hasta el 1 de enero de 2024.
“Con la finalidad de completar el año laboral y procurar los beneficios que por les corresponden, al finalizar laborando el ejercicio fiscal”,
proyecto de reforma a la Ley Transitoria
Al ampliar el plazo también se permitirá que quienes ya presentaron su renuncia, pero no se ha hecho efectiva materialmente, puedan pedir que sea efectiva en la fecha en que caduca el decreto, es decir, el 1 de enero de 2024. Este cambio no aplicará para quienes ya se desvincularon de la institución donde laboraban.