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Exoneración del pago de certificaciones de partidas de nacimiento en el exterior por 60 días

Asamblea aprobará reforma a la Ley de emisión del DUI elimina el requisito de que la certificación de partida de nacimiento no exceda de un año de su emisión

Por Susana Peñate | Oct 11, 2023- 17:21

La certificación de partida de nacimiento es requisito para la obtención del DUI. Foto Cortesía

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con dispensa de trámites, dos iniciativas de Nuevas Ideas referentes a los costos de obtención de certificaciones de partidas de nacimiento y requisitos para tramitar el Documento Único de Identidad (DUI).

La primera es una “Disposición especial transitoria referente a la obtención de la certificación de partida de nacimiento en los trámites de emisión del DUI fuera del territorio nacional”, la cual establece que durante un periodo de 60 días se eximirá del pago de la tasa respectiva.

Dicha exención de pago aplicará para la emisión por primera vez, reposición, modificación y renovación del DUI “fuera del territorio nacional”, por lo que el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) facilitará la obtención de la certificación exonerando del pago de la tasa por la prestación del servicio de certificación de partidas en el extranjero.

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En la pieza de correspondencia, legisladores oficialistas argumentan que “en la actualidad existe una considerable cantidad de salvadoreños en el exterior” que no cuentan con su DUI, por lo que se tendría que tomar medidas para facilitarles el acceso.

“Estamos tomando en cuenta las opiniones que nuestra diáspora nos hace a través de los diferentes canales de comunicación”, dijo el diputad Raúl Chamagua.

La disposición se aprobó con 65 votos, incluyendo de Vamos, Nuestro Tiempo, ARENA y el FMLN.

La segunda iniciativa es una reforma a la Ley Especial Reguladora de la Emisión del DUI, específicamente para eliminar de los requisitos que la certificación de partida de nacimiento no exceda de un año de emitida al momento de solicitar el documento.

Actualmente, el literal b del artículo 4 de la ley dicta que parte de los requisitos es presentar certificación de la partida de nacimiento, “cuya fecha de emisión no podrá exceder de un año al momento de solicitar el documento”, cuando sea solicitado por primera vez.

El argumento de los legisladores sería la agilización de los trámites para la emisión del DUI, tanto en el territorio nacional como en el exterior.

Cabe destacar que la ciudadanía salvadoreña en el exterior tiene hasta el 5 de noviembre de 2023 para hacer cambios en su DUI y que estos sean incorporados en el Registro Electoral del Voto desde el Exterior para votar en las elecciones de 2024.

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