¿Qué mecanismo usarán las autoridades de seguridad para determinar que una información venida de una persona, con el objetivo de obtener una recompensa económica, es verdadera? En las reformas penales aprobadas por la Asamblea el 30 de marzo no se detalla.
Esto provocará una aplicación arbitraria de dicha medida y se corre el riesgo de que personas inocentes sean procesadas bajo información falsa, advierten abogados expertos en derecho penal y en derechos humanos.
Los diputados aprobaron destinar $30 millones para crear un fondo de recompensa con el fin de fomentar la participación ciudadana en el combate del crimen organizado y tener una mayor efectividad en las capturas de pandilleros.
Estos recursos estarán exentos de cualquier tipo de impuesto, retención o descuento. Las personas que brinden la información no estarán obligadas a identificarse.
Lee también: Bukele pide trasladar más detenidos a penales: «mantengan las bartolinas vacías para volverlas a llenar»
“Habría que establecer criterios para entregar las recompensas, cuáles serían los límites de esta figura y cómo se controlará efectivamente que la información que sea brindada es información fidedigna, que tenga credibilidad y que no únicamente ponga a los ciudadanos comunes y corrientes a una posible utilización de esta figura para procesarlos penalmente sin existir indicios”, explicó la abogada penalista Marcela Galeas.
El nivel de riesgo es alto, tanto para las personas que resulten señaladas bajo sospechas infundadas como para el personal de la Policía, apuntó la abogada penalista.
“Habría que tener un control de no exponer a los elementos policiales porque podría darse lo que sucede con el sistema 911, que muchas veces estas llamadas son falsas y en algunas ocasiones han puesto en peligro la vida de oficiales de la Policía Nacional Civil”, añadió Galeas.
Para la experta, habría que delimitarse el uso que la Fiscalía le dará a esta nueva herramienta legal, establecer los límites y las facultades que se conceden a este tipo de figuras para evitar los “abusos y excesos” de las actuaciones de quienes estarán a cargo de aplicarla.
También: Fespad habilita sitio para denunciar capturas arbitrarias durante régimen de excepción
Una vez hecha esa delimitación, Galeas considera que se estaría protegiendo también a los elementos policiales y a los fiscales que darán cumplimiento a la ley de Recompensa, para evitar que sean víctimas de denuncias falsas.
David Morales, jefe jurídico de Justicia Transicional de Cristosal, fue más allá, pues considera que este fondo podría prestarse también a actos de corrupción, porque no existen garantías de que la información que se reciba sea fehaciente, ya que libera al informante de responsabilidad al no ser necesario que se identifique.
“No están sujetas al resultado del proceso penal, más allá que se obtenga una condena, una pena o la calidad de la información respecto de su valor probatorio no son determinantes para la entrega de las recompensas”, cuestionó Morales.
Señala que, incluso en otros países, en donde la han aplicado con una regulación más estricta, han surgido problemas de un uso indebido, como es el caso de Perú, en donde esa legislación tenía más regulaciones y estaba sometida a ciertos resultados del proceso penal y no simplemente a la captura de una persona que puede ser apresada de forma arbitraria, por la falta de veracidad de la información que se obtuvo en su contra.
Morales además señala otra situación más grave, cree que se puede convertir en una herramienta con fines de control social y político del Estado para crear una red de informantes que darían pie a sendas violaciones de derechos humanos, ante la posibilidad de mutar a ser estructuras paramilitares.