En medio de un régimen de excepción que se ha prolongado por siete meses, en el cual el derecho a la no intervención telefónica está suspendido y con el antecedente de espionaje a periodistas y políticos que le son “incómodos” al gobierno porque denuncian sus abusos de poder, diputados de oposición encienden las alarmas ante las reformas que la Asamblea se dispone a aprobar para la Ley de Escuchas Telefónicas y la de Telecomunicaciones.
Sin mayor trámite y discusión, los diputados del oficialismo acordaron el jueves dictaminar a favor de reformar tres normativas: la Ley contra el Crimen Organizado, la Ley de Telecomunicaciones y la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones.
El ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro, y el fiscal general, Rodolfo Delgado, llegaron a la Comisión de Seguridad legislativa a plantear algunos cambios a las propuestas que ya habían sido presentadas en la Asamblea por ellos mismos el pasado 14 de septiembre.
Entre algunas de las enmiendas que Delgado presentó a los diputados de la comisión figura darle más facultades a la Fiscalía General para los procesos de escuchas telefónicas y menos protagonismo a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), en cuanto a la participación que tiene esa entidad en posibles casos de violaciones a la intimidad y daños personales a raíz de la intervención telefónica.
Para esto se modificó el artículo 33 para establecer que la PDDH podrá realizar auditorías específicas en procedimientos judicializados solo cuando mediare denuncia sobre la violación del derecho a la intimidad o secreto de las telecomunicaciones.
Además se permite que ya no sólo la Fiscalía gestione las intervenciones telefónicas, sino también el director del centro de escuchas telefónicas (ver recuadros abajo).
La diputada Claudia Ortiz, del partido VAMOS, señaló que la Asamblea debería estar discutiendo como contrapeso una ley que proteja los datos personales de los ciudadanos.
“¿Por qué no hablamos de generar espacios en instituciones que también protejan a la ciudadanía de abusos de poder de quienes están a cargo o que tienen acceso a la información nuestra o que podrían tenerla sin ningún límite?”
Claudia Ortiz, diputada del partido VAMOS
Puso el dedo en el renglón que actualmente el derecho que tiene la ciudadanía de que sus comunicaciones no sean intervenidas está suspendido mediante el régimen de excepción, “pero con estas reformas podríamos ir encaminados a que a través de la legislación se convierta en algo más permanente, estemos atentos”, recomendó Ortiz.
“Aunque algunos digan que es necesario para combatir el crimen, que no es así, o digan que el que nada debe nada teme, lo cierto es que no se le pueden dar amplios poderes a las instituciones estatales sobre los derechos de privacidad y datos personales de los ciudadanos sin un contrapeso serio y contundente”, afirmó Ortiz.
La legisladora añadió que no se debe perder de vista que hay serios y fuertes indicios de que el gobierno podría estar detrás del espionaje a periodistas que destaparon la tregua en gobiernos anteriores y que también han sacado a la luz “cosas escandalosas de la actual administración”.
Sobre lo anterior se dieron sendas denuncias por parte de medios y periodistas independientes ante la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) y a través de redes sociales, luego de que la empresa Apple les alertara a través de mensajes telefónicos de un “posible espionaje”.
El mensaje de la alerta también se extendió a dirigentes de ONG, opositores políticos. También en enero de 2022, el periódico digital El Faro denunció que la mayoría de sus periodistas habían sido hackeados con Pegasus, un programa espía que algunos gobiernos han empleado para monitorear a periodistas, disidentes y activistas de derechos humanos.
Proceso de formación de ley irregular
El diputado de Nuestro Tiempo, Johnny Wright, refiere que el procedimiento de emisión del dictamen a favor de reformas las tres leyes en cuestión fue anómalo.
“Hay que notar que el fiscal no solo hizo observaciones a artículos propuestos a reformar por iniciativa del Ejecutivo, sino que también hizo propuestas de reformas a artículos que no estaban en la propuesta original”, señaló.
Ese pliego de observaciones les fue entregado a los diputados de la oposición hasta el final de la exposición del fiscal y del ministro de Seguridad, limitando así la oportunidad de la oposición de dar sus aportes o contraponer lo planteado.
Lamentó que es el procedimiento que se sigue en todas las comisiones de trabajo legislativas.
Además de que el proceso de acuerdo del dictamen fue irregular, a Wright le preocupa también el contenido de las reformas, las cuales objeta que pueden ser de impacto negativo para la población salvadoreña.
“Se le estaría dando a la Fiscalía una importante cuota de poder y de responsabilidad en el tema de intervención a la telefonía, se podría estar vulnerando muchos derechos y no solo eso, las garantías que establece la misma ley son bastantes ridículas, en el caso de las auditorías que tendría que hacer la Procuraduría si se detectase algún tipo de abuso de lo que está establecido en la ley, es el mismo fiscal que recibe el informe final, información que es de carácter reservada”.
Johny Wright, diputado de Nuestro Tiempo
Mientras que en las reformas a la Ley de Telecomunicaciones se mantiene la reforma original de que las operadoras de telefonía deben almacenar y enviar directamente a la SIGET toda la información de imágenes del rostro de los documentos de identificación de los usuarios de sus servicios y los obliga a dar servicio de datos gratuito a las aplicaciones creadas por el gobierno para tareas de beneficio social.
Observaciones de la Fiscalía incorporadas al dictamen de reformas a la Ley de Intervención de las Comunicaciones
El dictamen emitido el 20 de octubre en la Asamblea se hizo el mismo día que el ministro de Seguridad y el fiscal hicieron sus aportes a la propuesta de reformas de la ley en mención.
Autorización de víctimas
Se eliminó el artículo 1, inciso segundo, el cual decía que “no constituirá intervención las actividades de cualquier tipo de grabación de telecomunicaciones, cuando las mismas sean autorizadas por las víctimas, y se realicen en dispositivos que pertenezcan a éstas, en cualquier delito investigado, por lo que no será necesaria la aplicación de esta ley y la información será valorada conforme a las reglas de la sana crítica”. El argumento del fiscal fue que “no tratándose de un supuesto de intervención, podría ocasionar interpretaciones distorsionadas”.
Material obtenido y cadena de custodia
Sobre el artículo 4, literal F, en cuanto el material obtenido, tales como audios, textos, datos y en general toda información proveniente de las telecomunicaciones intervenidas almacenadas en el centro de escuchas. En este punto, el fiscal propuso “adicionar lo relativo a la cadena de custodia como aspecto relevante respecto al manejo de las copias que se utilicen en los procesos judiciales, dado que el material original siempre queda en resguardo del Centro de Escuchas”.
Identificación de delitos
Artículo 5, numeral 3. Sobre la facultad de intervención prevista en la ley en la investigación y el procesamiento de los delitos, haciendo un cambio en la manera de identificar los delitos graves relativos a la libertad, a efecto de concentrarlos según la división en el Código Penal.
Ya no sólo el fiscal pedirá intervención
El artículo 7, que establece que el fiscal es el funcionario autorizado para solicitar las escuchas telefónicas, se modificó para que también el director del centro de intervenciones telefónicas sea parte de las autoridades facultadas para solicitar al juez la intervención de las telecomunicaciones y sus prórrogas. Según la Fiscalía, esto permitirá la agilidad en el trámite de las solicitudes de intervención, siempre custodiando el rigor y la calidad de los autorizados para hacer los requerimientos.
Se limita investigación de la Procuraduría
En el artículo 33, incisos segundo y tercero, se incorpora que el procurador para la Defensa de los Derechos Humanos solo podrá realizar auditorías específicas en procedimientos judicializados cuando mediare denuncia sobre la violación del derecho a la intimidad o secreto de las telecomunicaciones. Además, los informes de auditoría serán de carácter reservado y serán remitidos únicamente y de forma confidencial al fiscal general.
Obligación del sector financiero a “cooperar”
Sobre el artículo 43, inciso tercero, en la propuesta original se establecía que todas las instituciones o empresas nacionales o multinacionales, que tengan operaciones con datos o registros de información en el territorio nacional deben almacenar esa información en servidores locales y que dichas empresas debían tener representación local a quien se le solicite de forma directa y sin intermediario acceso a la información. La propuesta del fiscal fue que la nominación del sector financiero como sector obligado a cooperar con las labores de la Fiscalía es innecesaria, ya que en la misma disposición se determina que toda persona natural o jurídica debe cumplir el mandato.