El escritor salvadoreño-canadiense Carlos Bucio Borja fue detenido por agentes de la Policía Nacional Civil en el centro de votaciones Concha Viuda de Escalón, en la colonia del mismo nombre, cuando leía en voz alta los artículos de la Constitución de la República que prohíben la reelección presidencial.
“Art. 131. Corresponde a la Asamblea Legislativa: 16º- Desconocer obligatoriamente al Presidente de la República o al que haga sus veces cuando terminado su período constitucional continúe en el ejercicio del cargo. En tal caso, si no hubiere persona legalmente llamada para el ejercicio de la Presidencia, designará un Presidente Provisional… Art. 152. No podrán ser candidatos a Presidente de la República: 1º- El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial…”.
En ese momento fue rodeado por agentes de la PNC que lo conminaron a retirarse, ante lo cual los presentes comenzaron a protestar contra los policías y a recordarles que hay libre expresión.
El mismo Bucio Borja les leyó el artículo 6 de la Constitución que consagra la libertad de expresión.
“¡Me están violando el artículo 6 (de la Constitución)!”, gritó el ciudadano, cuando se le acercaron los policías y lo tomaron por la fuerza por decirle “dictador”al presidente Nayib Bukele.
Organizaciones piden por la liberación de Bucio y llaman a entidades internacionales a activar protocolos de asistencia. “Detención del escritor y disidente salvadoreño-canadiense Carlos Bucio Borja. Pido intervención de las autoridades de Canadá”, dijo Laura Ávalos, defensora de derechos humanos quien pidió a través de su cuenta X la intervención del embajador de Canadá en El Salvador, Daniel Ahmad, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos en El Salvador y Mary Lawlor, relatora de derechos humanos ante la Organización de Naciones Unidas (ONU).
Bucio es nacido en Pasaquina, en el departamento de La Unión, y desde 1991 radica en Toronto, Canadá.
La Constitución de El Salvador no prohíbe la reelección presidencial inmediata en uno sino en casi una decena de artículos, como el 154, que dice que “el período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más”.
De igual manera el artículo Art. 75 dice que “Pierden los derechos de ciudadano: (4º) Los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República, o empleen medios directos encaminados a ese fin”.
Para buscar la reelección, Bukele se ha escudado en una resolución emitida por la Sala de lo Constitucional nombrada por su mismo partido, Nuevas Ideas, y sus aliados en la Asamblea Legislativa, pese a que la misma Constitución establece que esas disposiciones son inamovibles o “pétreas”.
“No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”, dice el artículo 248, el mismo que estaba leyendo Bucio Borja cuando fue detenido.