La resolución de la Sala de lo Constitucional de septiembre de 2021 que habilitó la reelección presidencial inmediata sería un fraude a la Constitución de la República dado que hace una interpretación arbitraria, además de que su origen contiene vicios legales, por lo que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debería descalificar la candidatura del presidente Nayib Bukele, señala la organización Cristosal.
Un equipo de abogados de la organización realizó un análisis jurídico de la reelección inmediata, la cual está prohibida en al menos seis artículos de la Constitución y también se establece en resoluciones anteriores de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que siguen vigentes.
“Aun cuando se quiera reinterpretar en forma no moralmente adecuada, usando alguna argucia legal o alguna trampa, eso ya incluso la Sala ha dicho que es un fraude. Cuando se quiere interpretar la Constitución y solo se toma una parte de la Constitución y se da una interpretación diferente, eso prácticamente es un fraude a la Constitución”,
Abraham Ábrego, director de litigio estratégico de Cristosal
La resolución con la que se basa el oficialismo para buscar la reelección se dio en un proceso de pérdida de ciudadanía, no fue en un proceso de inconstitucionalidad; por lo que no tiene efectos generales ni obliga al TSE a acatarla. “Aparte que es emitida por una Sala impuesta por el mismo gobierno, a partir de un proceso irregular de elección. Tiene dos problemas, quien la emite y el tipo de resolución”, añadió Ábrego.
Los profesionales del derecho enfatizan que el TSE no debe aceptar la candidatura de Bukele para competir en las elecciones de 2024.
“Hay un mandato expreso del poder constituyente, de presentarse un presidente que esté ejerciendo el cargo como candidato, el TSE está obligado a descalificarlo porque ya ejerció la presidencia por más de seis meses consecutivos. El presidente lleva más de cuatro años, entonces se encuentra dentro de esta causal”,
Jonathan Sisco, abogado del área de anticorrupción de Cristosal
El artículo 152 ordinal primero de la Constitución dice que no puede ser candidato a la Presidencia el que haya desempeñado la Presidencia por más de seis meses, consecutivos o no, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial.
Añadió que este principio fue “tergiversado” por una Sala de lo Constitucional que es ilegítima. “Si el presidente va a optar al próximo período, el actual periodo es el inmediato anterior. Hasta la RAE (Real Academia Española) ya lo ha explicado”, dijo.
Además, expusieron que las sentencias de la Sala de lo Constitucional de procesos de inconstitucionalidad 7-2012 y 6-2020 “sí tienen efectos generales y obligatorios” y no han sido revertidas, en las que establecen que no existe la posibilidad de reelección inmediata, sino que debe existir un intervalo de espera para que pueda presentarse como candidato.
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La prohibición es retomada en otras normativas, como el artículo 23 de la Ley de Partidos Políticos que prohíbe a los institutos políticos promover la reelección presidencial consecutiva.
Amedrentar a magistrados
Para Cristosal, el TSE no debe aceptar la candidatura de Bukele, no obstante, señala que la reforma al Código Penal avalada por Nuevas Ideas en enero de 2023 para sancionar de 10 a 15 años de cárcel a quienes impidan u obstaculicen la inscripción de candidaturas busca amedrentar a los magistrados del TSE.
Ábrego señaló que es “contradictorio” con el marco constitucional porque la sanción sería para quienes promueven la reelección y que la vía de la insurrección que la misma Constitución dicta es para “defender” la prohibición a la reelección.
“Creo que la reforma va tratando de amedrentar a miembros del TSE que se atrevan a cuestionar la candidatura. Y eso es grave, porque fuera del marco constitucional y es una especia de amedrentamiento y coacción”,
Abraham Ábrego, director de litigio estratégico de Cristosal
En el caso de magistrados que hayan expresado que cumplirán la resolución de la Sala impuesta, sería adelantar criterio y deberían de apartarse de conocer la petición de inscripción de Bukele.
Continuarán violaciones a derechos
Cristosal también advierte que de perpetuarse el actual modelo en el poder, habría un aumento de violaciones a derechos humanos por parte de agentes estatales.
La organización registró 80 casos de vulneraciones en el marco de la cuarentena por el covid-19 en 2020. Mientras que en los casos de movilidad humana o desplazamiento interno de 2019 a 2023, atendieron a 3,609 personas, muchos casos por violencia.
En cuando a los victimarios, en 2019 el 100 % fue por pandillas y va reduciendo a 99% en 2020, 96.3% en 2021, 83.5% en 2022 y 17.2% en 2023.
Pero advierten un aumento de victimarios de las fuerzas de seguridad estatal, con el 2.2% por la Policía Nacional Civil en 2021, el 13.3% en 2022 y el 69.6% en 2023. La Fuerza Armada también fue la señalada de violaciones a derechos en el 11.5% de casos en 2023. Incluso, hay un 1.5% de victimarios que son funcionarios públicos.
Y en el marco del régimen de excepción, registran 3,628 personas que denunciaron violencia contra sus derechos humanos.
"De perpetuarse este modelo que nos está gobernando en este momento, estas situaciones podrían ir empeorando", dijo Rina Montti, directora de investigación en Derechos Humano de Cristosal.