Sucesos 2021: Sin transparencia en los datos de Salud

Todo el que ha tratado de acceder a está información se topa con las restricciones legales, etiquetadas como información reservada

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Foto agencia AFP

Por Evelyn Chacón

2021-12-27 1:00:02

Una de las criticas y exigencias que más resalta de los profesionales de salud ha sido que el Gobierno sea transparente con los datos en torno a la pandemia, en cuanto a el comportamiento de casos, vacunación, decesos y , por supuesto, inversión.

La demanda de los profesionales de salud no ha sido antojadiza o por mera curiosidad, sino por criterios técnicos, que les ayudan a tomar decisiones epidemiológicas, de atención frente al paciente, de registro o aporte científico y de fiscalización en el uso de los recursos en el combate a la pandemia.

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Sin embargo, todo el que ha tratado de acceder a está información se topa con las restricciones legales, etiquetadas como información reservada. Bajo este caja fuerte están: el “Plan Nacional de Salud y anexos” que podrá ser conocidos hasta el 13 de septiembre de 2022. La reserva anterior venció el 10 de septiembre, por lo que fue prorrogado el candado.

La reserva incluye los datos sobre cómo se procesan las pruebas de covid-19 que ejecuta el Ministerio de Salud, así como el convenio que dio paso a que las instalaciones del Cifco sirvieran para el Hospital El Salvador.

Además, el 11 de marzo, el Ministerio de Salud declaró la reserva total de información relacionada con la aplicación y compra de vacunas contra la covid-19.

También, los “Procesos de adquisición de vacunas contra el SARS-Cov-2” estará bajo reserva durante 5 años, y el “Plan Nacional de Despliegue de Vacunación” contra SARS-Cov-2 y el “Registro de cabinas destinadas a la vacunación contra el SARS-Cov-2” están bajo reserva durante tres años.

Los datos que publica Salud sobre el comportamiento de la pandemia en el país, en cuanto a casos nuevos, decesos, vacunación son vistos con prudencia por los expertos, pues siempre han advertido que hay un subregistro, que los datos son muy generales lo que impide hacer análisis y que son publicados con retraso.

A inicios de agosto, cuando se confirmó la presencia de las variantes alfa, gamma y lamda en El Salvador por parte del Ministerio de Salud, el epidemiológo Wilfrido Clará publicó en Facebook algunas consideraciones; dijo que esta es una información “extremadamente útil para mejorar la comprensión de la situación actual de la pandemia en el país”, pero consideró que faltan datos fundamentales para la toma de las mejores decisiones en salud pública.

Por ejemplo, Clará cuestionó “en qué fechas (periodo) se tomaron las 100 muestras que se enviaron y secuenciaron en el Instituto Gorgas de Panamá”, de las cuales se extrajo la confirmación de las variantes mencionadas en suelo salvadoreño.

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Así mismo, preguntó Clará: “¿cuál fue la variante dominante en esas 100 muestras? Es decir, ¿cuáles fueron los porcentajes de esas muestras en las que se identificó alfa, delta, gamma y lambda?”.

También señaló el epidemiológico que es importante que el Gobierno de a conocer cuál es el plan de vigilancia genómica en el país, es decir, cómo se está detectando la presencia de variantes de la covid-19 entre la población salvadoreña.

Es fundamental conocer, según Clará, “cada cuánto van a estar secuenciando los lotes de muestras, en qué laboratorio se hará, cuáles son los criterios para seleccionar qué muestras se estarán secuenciando, etc.”.

A mediados de diciembre y pese al riesgo que ha significado la variante ómicron, la situación de la vigilancia genómica seguía igual.

Ley Alabi

El 20 de octubre, con 61 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron a reforma a la tan cuestionada “Ley para el uso de productos para tratamientos médicos en situaciones excepcionales de salud pública ocasionadas por la pandemia covid-19”, mejor conocida como “Ley Alabí”.

La normativa fue aprobada el 5 de mayo de 2021, y desde entonces fue duramente criticada porque entre otras cosas, exonera a funcionarios involucrados en el manejo de fondos públicos durante la pandemia por la covid 19 ante demandas y denuncias judiciales o administrativas.

La reforma tuvo 3 votos en contra y 2 abstenciones. Sin embargo, los votos de oficialismo alcanzaron para hacer la enmienda, en el sentido que la inmunidad otorgada mediante el artículo 4 de dicha ley “no se extiende a ningún acto de fraude, soborno, corrupción, robo, falsificación o piratería, tráfico de bienes robados o actividad delictiva similar, derivada de la prestación de cualquier producto o servicio relacionado con la situación de la salud pública causada por la pandemia del covid-19”.