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Corte IDH declaró al Estado salvadoreño responsable de la desaparición de Patricia Cuéllar

El Tribunal ordenó al Estado salvadoreño a investigar el paradero de Patricia Cuéllar Sandoval; su padre Mauricio Cuéllar y la empleada de la familia Julia Pérez y dar con los responsables de la desaparición forzada cometida el 28 de julio de 1982.

Por Lissette Lemus | May 16, 2024- 12:45

Patricia Emilie Cuéllar Sandoval desaparecida por el Estado cuando tenía 24 años. Era madre y una activista en defensa de los derechos humanos en el Socorro Jurídico Cristiano. Foto EDH/ Cortesía

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró al Estado salvadoreño responsable de la desaparición de una defensora de derechos humanos, su padre y una empleada, y le ordenó investigar el paradero de las víctimas, individualizar, juzgar y sancionar a todos los responsables de la desaparición. 

En el proceso se estableció que la defensora de derechos humanos, Patricia Emilie Cuéllar Sandoval; su padre Mauricio Cuéllar y la empleada de la familia Julia Orbelina Pérez, fueron desaparecidos de manera forzada el 28 de julio de 1982, como parte de un patrón de desapariciones forzadas en el conflicto armado.

El Tribunal concluyó que la desaparición de Patricia Cuéllar constituyó una violación del derecho a defender los derechos humanos, adicionalmente declaró la responsabilidad de El Salvador por las afectaciones que se produjeron en los familiares y las reconoce como “victimas indirectas”. 

En la audiencia pública ante la Corte Interamericana realizada en noviembre de 2023 el exesposo de Patricia, Francisco Álvarez, relató que la desaparición de las víctimas no fueron casuales, que previamente hubo actividades inteligencia y allanamientos militares, debido al trabajo al trabajo de ella con organizaciones cristianas de base y como secretaria del Socorro Jurídico Cristiano.

En el proceso,  los representantes del Estado salvadoreño reconocieron y aceptaron que, la desaparición de las tres víctimas, se produjo dentro del patrón de desapariciones forzadas que fue perpetrado durante el conflicto armado. «Asimismo, reconoció que existió “por años” una “inactividad” en los procesos de investigación sobre los hechos del caso», indica el comunicado del Tribunal.

La Corte ordenó al Estado salvadoreño investigar el paradero de las víctimas, o si fuera el caso, identificar su restos y entregarlos a los familiares, para ello, estableció hacer un plan de búsqueda que tome en cuenta a los familiares. 

Además, determinó que el Estado debe continuar de manera eficaz y diligente las investigaciones penales en curso a fin de esclarecer lo ocurrido e individualizar, juzgar y sancionar a todos los responsables de la desaparición, en un plazo razonable. 

En la audiencia, el exesposo de Cuéllar Sandoval señaló a un coronel como sospechoso de ser el responsable del operativo militar en el que su exesposa y las otras dos personas fueron capturadas de manera arbitraria y posteriormente desaparecidas.

El representante de la víctimas, Benjamín Cuéllar, considera que la sentencia emitida por la Corte “a nivel nacional se convierte en una herramienta útil” para presionar que se investigue y se sancione a todos los responsables de estos hechos. 

“Es una motivación para impulsar la organización y la lucha de las víctimas de hechos criminales ocurridos en el pasado, y también, de las desapariciones que están ocurriendo en el presente”, manifestó. 

Por otra parte, Cuéllar considera que es una denuncia en contra de un gobierno que se ha caracterizado por “despreciar a las víctimas”, al mandar al archivo el proyecto de ley de justicia para las víctimas. 

“Es una obligación del Estado de El Salvador, en particular de la Asamblea Legislativa, aprobar (la ley), porque hay una sentencia de la Sala de lo Constitucional de hace casi ocho años, del 13 de julio del 2016”, explicó. 

La defensora de derechos humanos, Celia Medrano, opinó que la sentencia es histórica debido al contexto en que se dá y porque reconoce a los familiares de las personas desaparecidas como víctimas indirectas.

”Los elementos que ordena la Corte Interamericana al Estado salvadoreño son aspectos de una sentencia que reconoce los principios fundamentales de la justicia transicional, es decir, reparación, garantía de no repetición y la prevalencia de las víctimas en los casos en donde el Estado deberá hacer un acto público y pedir perdón”, dijo.

Entre otras medidas de reparación, la Corte estableció que el Estado realice un acto público de reconocimiento de los hechos en previo acuerdo con las víctimas, el cual debe ser difundido en los medios de comunicación de la forma más amplia posible. 

“En dicho acto el Estado deberá hacer referencia a los hechos y violaciones de derechos humanos declaradas en la presente Sentencia”, indica el documento. 

Además, la Corte ordenó al  Estado dictar dentro del plazo de un año, el reglamento correspondiente de la Ley del Banco de Datos de ADN.

Adicionalmente, se debe incluir a la currícula del sistema educativo, en nivel medio y superior, un programa de educación permanente sobre las graves violaciones de derechos humanos, crímenes de guerra y delitos contra la humanidad cometidos por ambos bandos antes y durante el conflicto armado, la normativa internacional en derechos humanos y la jurisprudencia de la Corte IDH, al respecto. 

La sentencia también incluye una indemnización de más de 600,000 dólares distribuidos entres las nueve víctimas indirectas de la desaparición forzada. 

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