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Ley forzaría a declarar patrimonio a empleados públicos con detalles de cónyuge e hijos

La propuesta de ley de anticorrupción de Bukele manda a destituir a quienes no presenten dicho requerimiento.

Por Jessica García | Ene 30, 2025- 11:47

Foto EDH/ Archivo
Foto EDH/ Archivo

La Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos establece que dentro de los 60 días siguientes a que tomen posesión de sus cargos, los funcionarios y empleados públicos obligados, "deberán rendir por escrito declaración jurada del estado de su patrimonio". También deberán presentar declaración del estado de su patrimonio dentro de los 60 días siguientes a partir de la fecha en que cesen en el ejercicio de sus cargos.  Estas declaraciones se presentarán en la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Ahora, la propuesta de Ley Anticorrupción también manda a presentar la declaración a los empleados del sector público y se establece que la información debe desglosar la data correspondiente al cónyuge e hijos del funcionario público. Esto incluirá la declaración anual del impuesto sobre la renta.

"Todos los funcionarios y empleados públicos estarán obligados a presentar junto con su declaración anual del impuesto sobre la renta, una Declaración Jurada denominada Informe de Activos y Pasivos, que contenga en la misma declaración detalles de la información tanto suya como de su cónyuge en razón de matrimonio o conviviente por unión no matrimonial e hijos, en la que conste los saldos de sus activos fijos y circulantes, pasivos, así como el detalle de todas las adquisiciones o transferencias de bienes muebles e inmuebles, realizados en el periodo de la declaración del impuesto sobre la renta que efectúa", señala la propuesta de ley.

La propuesta añade que la publicación de la Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos, se mantendrá actualizada y permanentemente en el portal electrónico conforme el inciso precedente, debiendo retirarla el Ministerio de Hacienda, cuando un sujeto obligado deje de ejercer sus funciones o cargo.

"El funcionario o empleado público que se encuentre obligado por ley a presentar la Declaración Jurada de Informe Activos y Pasivos que, sin justa causa, incumpla con la obligación consignada en el presente artículo, la presente de forma manifiestamente falsa o no brinde el consentimiento expreso para su publicación, deberá ser destituído sin más trámite de su cargo", propone la Presidencia de la República.

En el caso del presidente de la República, Nayib Bukele, quien mandó a la Asamblea Legislativa la propuesta de ley, se desconoce si ha presentado a Probidad sus declaraciones, puesto a que esta información se reservó totalmente.

La propuesta de ley anticorrupción de la Presidencia de la República designa, entre otras instancias, a representantes del mismo Órgano Ejecutivo a ejercer la contraloría sobre los casos de corrupción.

La propuesta manda a crear el Sistema Nacional Integrado Anticorrupción que estará conformado por los ministerio de Justicia, Hacienda y Obras Públicas, la Policía Nacional Civil, la Superintendencia del Sistema Financiero, la Comisión Nacional de Activos Digitales, Centro Nacional de Registros, Registro Nacional de las Personas Naturales y la Dirección Nacional de Compras Públicas, todas del ramo del Ejecutivo.

Los entes de control lo conforman serán la Fiscalía General de la República (FGR), Corte de Cuentas de la República (CCR) y el Órgano Judicial.

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Estas instituciones, a través de la conformación del Sistema, que será abreviado SINAC, ejercerán la labor de la contraloría, regulación y verificación, sobre el patrimonio de los funcionarios, empleados públicos, agentes de autoridad y ciudadanía. El ente rector será la Fiscalía.

“EI SINAC, tiene como finalidad establecer los lineamientos para lograr la articulación de todas las instituciones integrantes del mismo; con la finalidad de establecer mecanismos de cooperación interinstitucional y dirigir los esfuerzos dentro del ámbito de sus competencias, a la toma de decisiones para prevenir y combatir las conductas constitutivas de delitos relacionados con la corrupción; a la detección, incautación y comiso de los bienes derivados de tales hechos delictivos”, detalla el artículo 7 de la propuesta.

Asimismo, se añade que para el cumplimiento de sus fines, el SINAC invertirá en tecnología, capacitación, así como creación de protocolos para un monitoreo constante. Hacienda debería destinar fondos para el funcionamiento del ente.

La propuesta de ley también da paso a la creación del Centro Nacional Anticorrupción.

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Dicho centro sería un ente adscrito a la Fiscalía, el cual se denominará "CNA" y será el encargado de ejecutar todas las acciones de inteligencia relativas a la prevención, investigación y persecución de los delitos de corrupción, bajo la coordinación y dirección de la Fiscalía General de la República. 

El Centro contará con un presupuesto especial que será agregado al de la Fiscalía, por otorgamiento del Ministerio de Hacienda.

Obligación a la Corte

La propuesta de ley reitera las facultades con las que ya cuenta la Corte de Cuentas para su investigación del posible delito de corrupción, sin embargo, le añade la obligación de dar acceso y remitir al Centro Nacional Anticorrupción la información y documentación que se le requiera.

“Sin perjuicio de la obligación establecida en el inciso precedente, al tener emitido un informe de auditoría, que contenga hallazgos u observaciones, la Corte de Cuentas Remitirá por medio de comunicación electrónica y en el plazo de ocho días hábiles contados a partir de la finalización de la auditoría o el exámen especial, una copia del informe y los documentos anexos a la Fiscalía General”, detalla la propuesta.

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Para cumplir con sus responsabilidades, en específico las de investigación, la ley manda a la Corte de Cuentas a fortalecer sus capacidades técnicas y humanas, incluyendo capacitación en auditoría forense, acceso a tecnologías avanzadas y demás recursos necesarios.

La Fiscalía y la Corte de Cuentas deberán establecer mecanismos de monitoreo para verificar las acciones derivadas de los informes remitidos por dicha Corte con el objeto de verificar el cumplimiento a los procedimientos de dicha ley.

La Corte de Cuentas en conjunto con el ente rector del SINAC (FGR) emitirán la normativa y disposiciones técnicas necesarias para su desarrollo y su efectivo cumplimiento, las cuales pasarán por la aprobación de la Presidencia de la República.

En el gobierno de Nayib Bukele varios actores están incluídos en la lista Engel de Estados Unidos por ser actores antidemocráticos o corruptos. Entre los funcionarios que figuran en la lista está la jefa de Gabinete Carolina Bernal, el ministro de Trabajo Rolando Castro, Osiris Luna, director de Centros Penales y viceministro de Justicia, Pablo Anliker, exministro de Agricultura vinculado a corrupción significativa al apropiarse de fondos públicos para beneficio personal. entre otros.

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