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Reformas penales pueden prestarse para que desde el Estado se persiga a enemigos políticos, dice Bertrand Galindo

La Asamblea aprobó este miércoles reformas al Código Procesal Penal impulsadas por Nuevas Ideas que permite la condena de imputados ausentes al ser representados por defensores de oficio.

Por Milton Rodríguez | Sep 22, 2022- 11:07

Francisco Bertrand Galindo . Foto/ @dialogo21

Preocupantes. Así calificó este jueves el abogado constitucionalista, Francisco Bertrand Galindo, las reformas penales aprobadas este miércoles por la Asamblea Legislativa porque considera que estas podrían ser ocupadas por quienes ostentan el poder en la actualidad para perseguir a enemigos políticos desde El Estado.


El ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro y el fiscal general, Rodolfo Delgado expusieron a los diputados recientemente que con tales reformas se pretende enjuiciar a unos 81,000 prófugos de la justicia.


Sin embrago, la enmienda a 25 artículos del Código Procesal Penal impulsada por Nuevas Ideas también permite la condena de imputados ausentes al ser representados por defensores que serían castigados si renuncian.
Al respecto, el abogado constitucionalista dijo este jueves en Frente a Frente que hay dos modificaciones que le preocupan, “una más que otra”.

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“El tema de nombrar abogados en la parte de los ausentes la verdad que si es un poco preocupante porque lo que hemos visto en los meses pasados es una bastante utilización del mecanismo de la fiscalía para casos políticos”, dijo el experto.


En relación a eso explicó que hay muchos políticos que están siendo juzgados y han salido del país antes que les iniciaran los juicios. “El caso del expresidente Mauricio Funes, por ejemplo, Sánchez Ceren, de Manuel Melgar, por poner a algunos del frente, pero también podemos hablar de Norman Quijano o del presidente Cristiani, es decir, hay varios casos que por distintas maneras les están siguiendo procesos, no todos con una lógica jurídica correcta, pero les están siguiendo proceso estando fuera”, manifestó el especialista.

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“Creo que ahí puede haber una conformación, por lo menos de percepción, que el Estado está persiguiendo a sus enemigos políticos”, subrayó el abogado.

A su juicio, el cambio penal puede ser que tenga sentido pero “preocupa un poco" que pueda utilizarse como mecanismo de persecución.

"Si estuviéramos simplemente en casos de juicio por cuestiones meramente penales yo diría ‘está bien', pero tiene sus riesgos porque van a lograr condenas de gente que no han capturado y que la condena empieza correr en periodo de prescripción. Eso creo requiere más análisis", concluyó.


La reforma indica que el defensor público nombrado al imputado lo representará en todo el proceso hasta su culminación y que si se nombra defensor de oficio al rebelde “no podrá negarse a desempeñar el cargo”.
Esto fue bien visto por Bertrand Galindo pues dijo que “hay algunos colegas que usan una maraña de recursos para retrasar procesos y con eso se cumplen los dos años sin condena”.


Retroactividad


Otro dato importante es que el artículo 24 de estas enmiendas establece que los procesos penales que a la entrada en vigencia del decreto estén archivados “en virtud de haber declarado la rebeldía de los imputados deberán continuar su trámite”. El juez contactará al defensor del imputado o se le nombrará un defensor público para continuar el proceso en la etapa en que estaba previo al archivo.


Diputados de oposición han criticado que estas modificaciones penales son inconstitucionales y podrían irrespetar el debido proceso y legalizar la persecución política.

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