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Comisión a favor de convenio de cobro internacional de cuotas alimenticias

El convenio internacional permite realizar procedimientos transfronterizos para cobro de cuotas de alimentos para menores de edad

Por Susana Peñate | Nov 04, 2024- 15:23

Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno. Foto Cortesía

La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno aprobó este lunes el dictamen favorable para que se ratifique el “Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y otros Miembros de la Familia”, y su “Protocolo sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias”, cuyo objeto es garantizar la eficacia del referido cobro, a través de un sistema de cooperación eficaz y eficiente entre las partes contratantes, para la ejecución de las decisiones en materia de alimentos.

Ambos instrumentos fueron hechos el 23 de noviembre de 2007 y emanan de la Oficina de la Conferencia sobre Derecho Internacional Privado.

Previo a la aprobación, la comisión escuchó las opiniones de representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, quienes señalaron que el convenio establece un marco operativo que simplifica los procesos, acelera ejecución de resoluciones y permite cooperación entre los estados partes.

“Es de gran importancia, ya que la asistencia jurídica gratuita y los procedimientos rápidos eliminan barreras financieras y legales que tradicionalmente dificultan el acceso a la justicia en casos internacionales”, dijo Margaret Meza, jefa de negociación y tratados de la Cancillería.

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Agregó que el convenio fortalece la protección de la infancia y la familia, “incluso cuando estos derechos deben aplicarse en el extranjero”.

Indicó que el convenio permitirá coordinar con otras naciones la ejecución de resoluciones alimenticias y fortalecer las relaciones diplomáticas.

Según el resumen del convenio divulgado, con dichos instrumentos se pretende contar con una herramienta y un sistema flexible, que coadyuve a la protección, seguridad alimentaria y sano desarrollo de niñas, niños, jóvenes menores de 21 años y otros miembros de la familia que necesiten medidas de protección y seguridad alimentaria. En ese sentido, los Estados parte reconozcan su deber de brindar una protección alimenticia transfronteriza hacia ellos.

Julio Abarca, de asesoría legal del Ministerio de Relaciones Exteriores, expresó que hasta la fecha para realizar un procedimiento de cobro de alimentos pasa por dicho Ministerio y dan trámite a las peticiones de la Procuraduría General de la República (PGR) en las que ya se establecieron cuotas alimenticias en sede administrativa en conciliación entre las partes; pero que una de las partes se haya desplazado al exterior y tenga que cumplir la obligación desde el exterior.

Y también cuando son peticiones derivadas de un proceso judicial que haga exigible el cobro de alimentos por la vía judicial.

Con el convenio se establecen autoridades centrales que puedan intercambiar comunicación para hacer más expedito el cobro en el exterior. En este caso, será directamente la PGR.

“¿Qué significa esto? Que la PGR tendrá la habilitación para comunicarse directamente con su homóloga”, dijo Abarca.

La diputada Suecy Callejas señaló que hay un problema de exigibilidad de la cuota de alimentos cuando la persona obligada está fuera del país.

“Y esto con independencia del estatus migratorio de esta persona, esto es importante también que lo digamos, no es necesario que la persona esté en estatus legal para que sea exigible; sin embargo, obviamente le va a representar algunos problemas si no está en estatus legal”, dijo.

Cuestionó el procedimiento a seguir con el convenio en los casos que no se ha establecido una cuota o que la persona argumenta que no tiene un ingreso fijo.

Abarca aclaró que primero es un procedimiento de diligenciamiento nacional y luego, con el procedimiento de asistencia legal mutua, se diligenciaría el emplazamiento para hacerle saber a la persona que reside en el exterior de que hay un proceso en El Salvador de exigencia de cuotas alimenticias.

Callejas dijo que, según datos de la PGR, más del 90 % de personas demandadas por cuotas alimenticias son hombres.

Recibir condecoración

La comisión también aprobó el dictamen a la iniciativa de la viceministra de Diáspora y Movilidad Humana, para que se conceda permiso al ciudadano salvadoreño – estadounidense, Gustavo A. López, para que pueda aceptar la Condecoración de la Orden del Tesoro Sagrado, Rayos de Plata, que le ha conferido el Gobierno del Japón.

Eso sería en reconocimiento a sus 20 años de servicio prestados en la Embajada de Japón en Estados Unidos.

“Básicamente, nosotros como salvadoreños estamos obligados a que medie una autorización de la Asamblea Legislativa para recibir condecoraciones de parte de otros estados”, dijo Abarca.

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