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CNR deberá transferir $4 millones a la DOT como aporte inicial

Reforma a la ley de la Dirección establece asignación de fondos a los municipios donde se desarrollen los proyectos urbanísticos

Por Susana Peñate | Nov 27, 2024- 17:39

En la sesión plenaria 31 de la legislatura 2024-2027 se aprobó la reforma a la ley de creación de la DOT. Imagen Cortesía

Con dispensa de trámites y sin ningún comentario de parte de los legisladores oficialistas, la Asamblea Legislativa aprobó de forma exprés una reforma a la Ley de Creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT) en la que, entre otros cambios, duplicó el monto que el Centro Nacional de Registros (CNR) debe transferir a la nueva institución.

En la sesión plenaria de este martes se introdujo la iniciativa de diputados de Nuevas Ideas para hacer “ajustes” a la ley que fue aprobada el 16 de octubre de 2024. Eso “a fin de que el nuevo sistema de administración y autorización de permisos de construcción sea de beneficio no solo para el sector privado sino también para el sector público, facilitando el ejercicio de sus funciones”, dice la pieza de correspondencia.

Uno de los cambios es al artículo 81 sobre la obligación especial para el CNR. Inicialmente se estableció que para el ejercicio fiscal 2024, el CNR deberá transferir como aporte inicial al patrimonio de la DOT $2 millones. Mientras que la reforma establece que el CNR deberá transferir como aporte inicial al patrimonio de la DOT $4 millones.

Otro aspecto tiene que ver con las asignaciones de los ingresos del Fondo Especial para el Manejo de las Compensaciones Urbanísticas y Ambientales, administrado por la DOT, para financiar proyectos para la mitigación de los impactos territoriales y ambientales que generen las urbanizaciones y construcciones.

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Este fondos se financiaría de las compensaciones en efectivo y en especies que se otorguen por efecto de la aplicación de las normas ambientales, las normas urbanísticas o de ordenamiento territorial, de las asignaciones que determine el Consejo Directivo de su presupuesto, de las asignaciones especiales que se determinen en le Presupuesto General del estado y las donaciones.

Cuando se aprobó la ley se determinó que el 50% de los ingresos del fondo se transferirían al Ministerio de Hacienda para que éste los asigne a las alcaldías.

Pero con el cambio, sería el 50% de los ingresos de las compensaciones en efectivo por la aplicación de las normas ambientales, las normas urbanísticas o de ordenamiento territorial que se transferirán a Hacienda para que los asigne a los municipios donde se desarrollen los proyectos de construcción que generaron el ingreso.

También se facultó al presidente del consejo directivo a realizar gestiones operativas mientras se nombra un director y se quitó de las exclusiones lLos proyectos de construcción, propiedad del Estado, que se encuentran en trámite con el
Ministerio de Vivienda o cualquiera de sus oficinas descentralizadas a nivel nacional.

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