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Caso de venezolanos enviados al CECOT crearía condiciones de delitos de lesa humanidad, según informe

La reserva de información de los venezolanos en el sistema penal salvadoreño también constituiría condiciones del delito de desaparición forzada, advierte informe de Cristosal.

Por Jessica García | Mar 28, 2025- 20:45

Los documentos no detallan el proceso mediante el cual la administración Trump identificó a estas aproximadamente 300 personas como miembros del Tren de Aragua, una pandilla que Trump destacó repetidamente durante su campaña electoral y que recientemente designó como
Los documentos no detallan el proceso mediante el cual la administración Trump identificó a estas aproximadamente 300 personas como miembros del Tren de Aragua, una pandilla que Trump destacó repetidamente durante su campaña electoral y que recientemente designó como "organización terrorista extranjera". Foto EDH/ AFP / Foto Por AFP

Este mes el gobierno estadounidense envió a integrantes del Tren de Aragua y migrantes venezolanos al sistema penitenciario salvadoreño como parte de un acuerdo entre los presidentes Trump y Bukele. En ese sentido, la reserva de información por parte del Estado Salvadoreño sobre los detalles bajo los cuales que se dio ese traslado constituye condiciones para la desaparición forzada y por tanto de delitos de lesa humanidad, advierte Cristosal.

El análisis jurídico de la organización ciudadana expone que las acciones y omisiones de los gobiernos de El Salvador y los Estados Unidos respecto de la deportación de personas al sistema penitenciario salvadoreño, así como el ocultamiento de datos ciertos y oficiales, el paradero y las condiciones actuales es violatorio del derecho internacional de los derechos humanos.

“Pueden constituirse como detenciones secretas y generar condiciones para la desaparición forzada de personas sometidas a custodia de ambos Estados”, señala el informe presentado este viernes 28 de marzo.

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Exponen además que la deportación o traslado forzoso y la desaparición forzada son delitos de lesa humanidad, de acuerdo a la Corte Penal Internacional.

Cristosal explica que el delito de deportación o traslado forzoso ocurre con la expulsión de personas del territorio de un Estado o de una zona en la que se encuentren legítimamente. 

Por otra parte, explica que la desaparición forzada se configura con la detención de una persona por un Estado, seguido de la ocultación de la víctima y la negativa a informar sobre la captura o su paradero con la intención de dejarla fuera de la protección legal.

Cristosal solicitó vía acceso a la información pública la información relacionada con la traída de venezolanos a la Dirección General de Centros Penales (DGCP), pero esta instancia no entregó la información.

Cristosal solicitó a la DGCP información sobre la cantidad exacta de personas venezolanas deportadas a El Salvador desde Estado Unidos que se trasladaron al CECOT, el listado con sus nombres, cuantas tenían una condena previa en Estados Unidos, y quiénes están vinculadas al Tren de Aragua.

La DGCP resolvió denegar el acceso al contenido porque dijo que se trata de datos personales y porque “se ha establecido una reserva en virtud a lo relativo a información sobre la defensa nacional, la seguridad pública, la que pueda poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de terceras personas, la que pueda interferir en la investigación de delitos o en estrategias estatales en procesos en curso”.

Pero Cristosal argumenta que no puede alegarse reserva de información vinculada con la investigación de graves violaciones a derechos humanos o delitos de trascendencia internacional.

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“El Estado que presuntamente viola derechos humanos no puede tener la última palabra sobre la publicidad de la información relativa a sus propios actos, así como tampoco puede alegar de forma genérica razones de seguridad nacional para bloquear el acceso a información útil para las investigaciones y la protección de las personas afectadas”, explica la organización defensora de derechos humanos.

Cristosal enfatizó en que la DGCP está aplicando una reserva a casos vinculados con graves violaciones a los derechos humanos, lo que está prohibido por la Ley de Acceso a la Información Pública y es contrario al derecho internacional de los derechos humanos.

“Podría configurarse como una dinámica de ocultamiento de personas sometidas a custodia del Estado, lo que podría configurar el delito de lesa humanidad de desaparición forzada”, reitera Cristosal.

Sobre el caso

Este mes EE.UU. deportó a más de 200 ciudadanos venezolanos a El Salvador, acusándolos de pertenecer a la banda criminal Tren de Aragua, aunque luego se supo que también se envió a migrantes irregulares. Además, la cadena Univisión investigó 200 nombres de los 238 enviados al CECOT, descubriendo que solo 11 tendrían registro criminal.

Estas deportaciones se realizaron invocando la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, una legislación histórica que permite la expulsión de individuos considerados amenazas durante tiempos de conflicto. ​

La medida ha generado controversia por los vacíos legales de su aplicación. Familiares de venezolanos también se han pronunciado al identificar a sus parientes en los videos de los traslados, y piden información sobre los detenidos.

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