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Viola Constitución la orden de detención contra participantes del proceso de paz, según especialistas

Juristas advierten que es un precedente para que los actuales diputados sean procesados fácilmente en un futuro por lo que hagan o digan ahora, además de que se favorece a los acusados de masacre de El Mozote.

Por Susana Peñate | Dic 25, 2023- 22:35

El Salvador Members of the Peace Commission (COPAZ) are sworn on February 1, 1992 as a cease-fire formally went into effect, ending nearly 12 years of civil war. COPAZ is comprised of members of the guerillas, the armed forces and various political parties. From left to right: rebel leaders: Joaquin Villalobos and Roberto Roca, Salvadoran military leaders: General Orlando Zepeda and Colonel Antonio Varela, and political leaders: Ruben Zamora, Carlos Barrera and Gerardo Lechevalier. (Photo by Ezequiel BECERRA / AFP)

La orden de captura contra Rubén Zamora y otros ejecutores de los acuerdos de paz de 1992 viola la Constitución, que protege a los diputados de cualquier represalia por los actos en que incurran en el ejercicio de sus funciones.

El artículo 125 de la Constitución de la República lo dice claramente: “Los Diputados representan al pueblo entero y no están ligados por ningún mandato imperativo. Son inviolables, y no tendrán responsabilidad en tiempo alguno por las opiniones o votos que emitan”.

Por eso varias organizaciones califican como “persecución política” la orden de captura contra Rubén Zamora, la cual más bien favorece a los acusados de la masacre de El Mozote.

El historiador Héctor Lindo no duda en calificar de “inconstitucional” la resolución de detención provisional emitida por el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera contra exdiputados de la Asamblea Legislativa por la emisión de Ley de Amnistía de 1993, mientras que otros juristas consideran que sería un precedente para procesar a otros legisladores, incluyendo los actuales.

“Acusación a R. Zamora  INCONSTITUCIONAL. 1841-1939 Protección constitucional a la libertad de debate de los diputados: exención de responsabilidad “en tiempo alguno” por sus opiniones verbales o escritas. 1950-1983 Protección más explícita a “las opiniones o votos que emitan”, publicó Lindo en sus redes sociales.

La orden de captura es contra los exdiputados Luis Roberto Angulo Samayoa, Rubén Ignacio Zamora Rivas, Raúl Manuel Somoza Alfaro y Raúl Antonio Peña Flores, y el expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani, a quienes el juzgado imputa el supuesto cometimiento de “encubrimiento personal”.

También el movimiento Resistencia Ciudadana, del que Zamora forma parte, señala en un pronunciamiento la inconstitucionalidad de la resolución.

“Aunque las opiniones, votos y firma de Rubén Ignacio Zamora hayan sido en contra de la Ley de Amnistía, la Jueza emite un fallo inconstitucional”, dice.

Sobre este tema, un juez consultado por El Diario de Hoy, quien pidió el anonimato, señaló que  hay una protección por fuero constitucional a los diputados que opinan y votan en ejercicio de su cargo, que implica que no puede procesárseles por los votos que ha emitido.

“El precedente podría afectar a los actuales diputados de la actual legislatura: Podría procesárseles en el futuro por las graves violaciones a los derechos humanos durante este período: por actos arbitrarios, por coautoría en los homicidios, torturas, privaciones de libertad”, expresó el juez. en este caso, Zamora no votó a favor.

Sin embargo, en el caso de los señalados, considera que se trata de una forma de justicia selectiva y una falta de independencia de los jueces. Otros abogados señalan una instrumentalización del Órgano Judicial.

“Estamos frente a la instrumentalización de la justicia para fines distintos a los de la justicia. Lo que esto sugiere es que seguirán usando a los jueces “independientes” para criminalizar a disidentes, acallar las críticas y cualquier otro propósito que les sea útil. Esto es lo que pasa cuando desaparece la independencia judicial y en El Salvador ello ocurrió el 1 de mayo de 2021”, dijo José Marinero, abogado.

La resolución del Juzgado incluso declara el delito de encubrimiento personal como “crimen de lesa humanidad y consecuentemente imprescriptible” atribuido a los procesados mencionados en la resolución.

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Decisión favorece a acusados de masacre

El Juzgado imputa a algunos de los diputados miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, incluso a algunos ya fallecidos, como responsables de la ley de amnistía que favoreció la impunidad para los imputados como autores materiales de la masacre de El Mozote perpetuada en diciembre de 1981.

Para la organización Cristosal la orden de detención sería una estrategia “para dilatar” un proceso que lleva esperando justicia hace 42 años y que la resolución no emite orden de captura contra militares acusados de participar en graves crímenes.

“Dadas las características de la resolución, Cristosal expresa su preocupación ante el eventual riesgo de que, en un caso de tanta relevancia, se active el aparato judicial con fines ajenos a la justicia y a la reparación de las víctimas”, dice el pronunciamiento.

Recordó que en diciembre de 2021, junto a Tutela Legal presentaron una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo impugnando el nombramiento de la jueza Mirtala Portillo en el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera, demanda que no ha tenido respuesta.

“Esta resolución no es avance sino dilación que favorece a victimarios. Para los militares que ordenaron asesinar mil personas y violar decenas de mujeres y niñas no hay detención. Tampoco contra los que ocultan los archivos militares. Es la manipulación política de la justicia”, expresó David Morales, abogado querellante caso El Mozote.

Orden de captura contra Rubén Zamora, es señalada como persecución política

Persecución política

Movimientos y organizaciones de derechos humanos condenaron la orden de captura que dio el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera en contra de Zamora, y la califican como “persecución política”, así como consideran que se trata de una medida dilatoria de parte del juzgado en el caso penal por la masacre en El Mozote y lugares aledaños.

“Consideramos como parte de persecución político que tiene este gobierno contra los que alzan la bandera democrática en contra del régimen dictatorial del bachiller Bukele, la decisión de la juez tiene la característica de una orden de detención con tintes políticos”, reza el pronunciamiento Resistencia Ciudadana

Este movimiento es uno de los que ha señalado reiteradamente la inconstitucionalidad de la candidatura de Bukele a la reelección presidencial inmediata.

“Acusar a la Junta Directiva de la Asamblea de 1993, tiene como objetivo procesar y encarcelar al Dr. Rubén Ignacio Zamora por su destacada actividad política de beligerancia ante el desempeño de la actual administración de gobierno”, enfatizó el movimiento.

También el movimiento SUMAR condenó la resolución de detención. “Condena la persecución política y la instrumentalización de la justicia restaurativa”, publicó en la red social X.

 “Exigimos que cese la persecución contra el dirigente político Rubén Zamora, que se publiquen los archivos que tiene la Fuerza Armada sobre la masacre del Mozote y sobre otros crímenes cometidos por los militares, y que jueces y juezas no vinculados al régimen sean quienes impartan justicia”, dice el pronunciamiento del Bloque de Resistencia y Rebeldía Popular (BRP).

Por su parte, el Colectivo de Derechos Humanos “Herbert Anaya”, pide al juzgado que retire la orden de captura. “El Colectivo de Derechos Humanos “Herbert Anaya Sanabria” denuncia contundentemente la burda acusación hacia Rubén Zamora por parte del brazo judicial del régimen dictatorial de Nayib Bukele. Al mismo tiempo, exhortamos al Juzgado de Instrucción San Francisco Gotera retirar la orden de captura dirigido a su persona”.

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