La cadena nacional para transmitir la inauguración del edificio de la Biblioteca Nacional de El Salvador (BINAES) de este martes sería la primera que convocó Nayib Bukele siendo presidente y candidato a la reelección de manera consecutiva, a pesar de la prohibición constitucional, lo que puede considerarse como una forma de prevalerse del cargo para promover su imagen.
En las cuentas oficiales del gobierno en redes sociales se compartieron imágenes del recorrido que hizo a las instalaciones de la biblioteca acompañado del Embajador de la República Popular China, Zhang Yanhu, y de su hermano Karim Bukele. Además de la transmisión en medios de comunicación y redes sociales, se instaló una pantalla en la Plaza Barrios para que las personas pudieran ver el video del recorrido.
“La inauguración de la biblioteca es uno más de una larga lista de actos en que el candidato inconstitucional y aún presidente se prevalece de su cargo para promover su imagen y hacer campaña”,
José Marinero, abogado
Aunque el periodo para propaganda electoral para las elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia se habilitó desde el 3 de octubre, el artículo 218 de la Constitución de la República establece que los funcionarios y empleados públicos “no podrán prevalerse de sus cargos para hacer política partidista”. También el Código Electoral indica en el artículo 184 inciso segundo que "ningún funcionario o funcionaria, empleado o empleada público podrá prevalerse de su cargo para hacer política partidista".
“Precisamente por eso es inconstitucional una candidatura de un presidente”, señaló la abogada Ruth López.
“Usar cadena nacional para inaugurar una obra de infraestructura, es prevalecerse del cargo para hacer propaganda partidista a favor del candidato presidente. ¡Por eso es prohibido que un presidente se reelija! Es prohibido usar recursos públicos para promover su candidatura”, publicó en redes el analista Carlos Araujo.
También la Ley de Ética Gubernamental establece entre las prohibiciones éticas prevalerse del cargo para hacer política partidista.
“Un candidato que participa en las elecciones solo porque ha roto reglas constitucionales no tiene ni tendrá ningún reparo en romper otras para promover su figura y hacer campaña”, agregó Marinero.
“El señor Bukele hoy la ha emprendido, antes ha sido contra la Constitución, ahora ha sido contra el Código Electoral”,
Rubén Zamora, Resistencia Ciudadana
Como parte de la inauguración hubo un espectáculo de drones, los cuales formaron la silueta de Bukele, imagen que fue compartida en redes oficiales con un mensaje alusivo a la reelección.
“La nueva Biblioteca es uno de tantos proyectos de cooperación acordados en la reunión de ambos mandatarios sostenida en 2019 en China”, publicó la cuenta en la red X (antes Twitter) la embajada de China. Y agrega que “esperamos seguir apoyando al presidente Bukele y su gobierno en futuras cooperaciones para el desarrollo”.
Actos para promocionarse
Para Marinero también fue propaganda la inauguración de la Central Hidroeléctrica “3 de Febrero” el pasado 19 de octubre, ya que la fecha con la que se nombró “conmemora una fecha de relevancia solo para su partido político” en referencia a las elecciones de 2019 cuando ganó la presidencia.
Además, entraría dentro de la propaganda el concurso de Miss Universo que se realiza en el país. Incluso circularon en redes fotografías de algunas participantes usando la gorra que promueve la candidatura de Bukele.
“No importa a quién coronen, el gran ganador será él, que ya se ha aprovechado de los recursos de los salvadoreños para promover su imagen y hacer campaña. Son tantas las veces que Bukele ha violado la Constitución que la ciudadanía corre el riesgo de normalizar su desprecio por las reglas”,
José Marinero, abogado
De acuerdo al artículo 178 del Código Electoral se prohíbe la publicidad gubernamental durante los 30 días anteriores a la fecha señalada para las elecciones. “Ni el Gobierno de la República, ni los Concejos Municipales y demás entidades autónomas, podrán publicar en ningún medio de comunicación privado o estatal las contrataciones, inauguraciones de obras de infraestructura nacional o de cualquier otra naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar en cumplimiento de la prestación o de los servicios de asistencia a que está obligado el Estado”, dice el artículo.
De acuerdo a este plazo, "el gobierno no puede inaugurar nada a partir del 4 de enero", indicó López, ya que las elecciones presidenciales serán el 4 de febrero de 2024.
Marinero considera que no sería extraño que el oficialismo infrinja esta disposición. “De todos modos tiene un árbitro electoral complaciente que difícilmente le pondrá reparo”, dijo.
Falta nombrar designado de la Presidencia
En la última semana de noviembre la Asamblea Legislativa prevé aprobar el permiso a Bukele para que deje la Presidencia depositada en la figura del Designado Presidencial, para así pretender cumplir con los requisitos de su candidatura según la resolución de la Sala de lo Constitucional de septiembre de 2021.
“Esa es la cosa más absurda del mundo decir eso”, comentó Zamora.
El artículo 152 de la Constitución establece que no podrá ser candidato a la Presidencia “el que haya desempeñado la Presidencial de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.
Y en la solicitud de inscripción de la candidatura, el Código Electoral exige presentar “declaración jurada del candidato o candidata, de no estar comprendido en las inhabilidades establecidas en el artículo 152 de la Constitución”.
“Lo que tenemos que ver es cómo declaró el presidente Bukele para poder ser candidato y cómo se lo han recibido los cuatro magistrados del Tribunal que están a su servicio”, señaló Zamora.
En la resolución de inscripción de Bukele aprobada por cuatro magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) se alegó que “no es físicamente posible” al momento de la resolución “determinar si el candidato postulado ha desempeñado o no la Presidencia de la República dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial, precisamente porque se trata de un hecho futuro”. De ahí que no se le exigió la presentación de un permiso o licencia.
Hasta el momento, no se ha dado a conocer quién sería la persona designada, aunque es notorio que una de las personas de mayor confianza es su hermano Karim. Cabe señalar que los mismos requisitos para ser Presidente se aplican a los Designados, por lo que no podrían ser nombrados ni el cónyuge ni los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de las personas que hayan ejercido la Presidencia.