Si tiene algún familiar que haya sido capturado en el marco del régimen de excepción, ya fue llevado a audiencia de imposición de medidas y enviado a prisión preventiva, debe conseguir hasta 18 documentos y tenerlos listos para cuando le hagan la próxima audiencia a su familiar.
La Procuraduría General de la República (PGR) ha elaborado una lista de documentos que los familiares de personas en prisión preventiva deben entregar al defensor público que ha sido asignado al procesado, según varias fuentes consultadas por El Diario de Hoy, incluyendo empleados de la PGR.
De acuerdo con las fuentes, la lista es entregada luego de la audiencia de imposición de medidas a los familiares que por razones económicas no pueden pagar un defensor particular. Los defensores públicos sugieren entregar los documentos lo más pronto posible, pero aclaran que se debe esperar al menos seis meses para que el familiar vaya a la próxima audiencia judicial en la que presentarán los documentos.
La lista
De acuerdo con una copia de la lista proporcionada a El Diario de Hoy, si bien son 18 los documentos que en ella se incluyen, en algunos casos no es necesario entregarlos todos; depende de la particularidad de cada caso, según afirman defensores públicos consultados.
Lo que sí es seguro es que muchas familias tendrán que incurrir en gastos para pagar notarios, ante quienes tendrán que ser autenticados algunos de los documentos, o bien para que les hagan las declaraciones juradas que la lista menciona.
La lista de la PGR ha enmarcado los 18 documentos en cuatro categorías.
En el primer segmento están los documentos con los que el imputado deberá probar que tiene arraigo domiciliar y lo hará mostrando recibo de agua y luz (recientes), escritura o contrato de arrendamiento de la casa donde vive, copia del documento único de identidad (DUI) del propietario de la casa, dos declaraciones juradas ante notario de dos vecinos con sus respectivas copias de DUI, y constancia de la junta directiva de la colonia donde vive, así como la personería jurídica de asociación.
También deberá probar los arraigos familiares, para lo cual deberá proporcionar partidas de nacimiento de hijos menores de edad, partida de matrimonio o declaración jurada ante notario de compañera o compañero de vida, constancia del colegio o escuela donde estudian los hijos del procesado, constancia de estudios y partida de nacimiento del imputado.
También tendrá que conseguir varios documentos con los que deberá probar los arraigos laborales. En este caso, la lista incluye: constancia de trabajo firmada por el patrón, con permanencia laboral autenticada por notario, declaración jurada ante notario de compañeros de trabajo; copia autenticada por notario de personería jurídica de la empresa o negocio, constancia de alcaldía del pago de impuestos del negocio, facturas de compra y venta de productos de venta (por si es comerciante), declaración de renta, declaración jurada de personas que tengan negocios cerca del imputado.
Por último, deberá presentar la solvencia de la Policía Nacional Civil y la solvencia de antecedentes penales. Aunque en este caso, de acuerdo con abogados consultados, no es posible que un familiar obtenga tales documentos a menos que el detenido los haya tramitado antes de que cayera preso.
La abogada penalista Lucrecia Landaverde afirmó que tanto la solvencia de la PNC como la de antecedentes penales, sólo pueden ser tramitada por el juez de la causa, a petición de la defensa del procesado, o por la Fiscalía General de la República.
Varias personas consultadas por El Diario de Hoy se quejaron de que conseguir los documentos les implicará incurrir en gastos innecesarios de dinero, pues si tan solo la Policía o la Fiscalía investigara antes de hacer las capturas, no habría necesidad de perder tiempo y recursos o pedir permisos de trabajo para conseguir los documentos mencionados en la lista que les ha entregado la PGR.