El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Julio Olivo, destacó varias reformas que el ente electoral debería estar promoviendo desde ya en la Asamblea de cara a las elecciones de 2024.
Una de ellas se refiere al control del financiamiento privado en Bitcoin para los partidos políticos y candidaturas partidarias y no partidarias.
Considera que es necesario regular las donaciones privadas estableciendo la forma y un monto mínimo y un máximo que cualquier ente privado podría donar a un candidato partidario como a uno no partidario, determinando una metodología para identificar la trazabilidad de las operaciones financieras con bitcoin que son permitidas por ley desde 2021.
“Puede producirse una inyección de capitales nacionales y foráneos mediante esta criptomoneda que puede provocar desigualdades o asimetrías entre los partidos políticos y candidaturas partidarias y no partidarias contendientes”, explicó Olivo en el marco del seminario de análisis institucional sobre posibles reformas electorales para las elecciones de 2024.
VER: Después de EE.UU., ¿cuáles son los países con más salvadoreños aptos para votar en 2024?
Otra de sus propuestas es que el TSE se haga cargo de asignar y distribuir la publicidad relativa a la campaña electoral en los distintos medios de comunicación.
Esto, con el fin de “evitar que los candidatos y candidatas, dependiendo del financiamiento público o privado disponible, decidan a libre voluntad en donde publicitarse”, expresó Olivo.
Puso como ejemplo que en países como Costa Rica, México, Colombia y Argentina, entre otros, la administración de franjas de propaganda electoral la maneja de forma autónoma la autoridad electoral.
“Con ello se resolverían algunas asimetrías en la contienda, ya que cada minuto o espacio en medios de comunicación, lo regularía la autoridad electoral, en este caso, el Tribunal Supremo Electoral”, afirmó.
También solicitó incrementar el monto de las sanciones pecuniarias para quienes vulneren la ley electoral y que éstas se establezcan en dólares en el Código Electoral, ya que la norma vigente establece que la multa máxima es de 50,000 colones, equivalente a 5,714 dólares, por lo que Olivo plantea que ese monto sea la mínima y la máxima llegue hasta 50,000 dólares.
Pero, además de subir la sanción, propone como medida disuasiva adicional a la pecuniaria la no inscripción del postulante o su inhabilitación.
Para el caso de las reincidencias, por ejemplo, de hacer campaña electoral anticipada o fuera del periodo, que se aplique la inhabilitación.
Olivo se refirió también a la regulación en los casos de la presentación de candidaturas no partidarias para concejos municipales en cumplimiento de la Sentencia de la Sala de lo Constitucional de octubre de 2020 que las autorizó.
No fijar un límite de planillas por cada postulante para cada uno de los cargos del concejo municipal, ya sea alcalde, síndico o regidor, podría volverse un sistema muy complejo de manejo para el TSE al abrirse la puerta a recibir candidaturas no partidarias ilimitadas, advirtió.
“A esto último, también se debe sumar el derecho que asiste a los partidos políticos legalmente inscritos para presentar planillas para competir por las diferentes comunas municipales”, valoró.
Luego, para regular el sufragio pasivo y activo desde el exterior, Olivo plantea en el caso del derecho que tendrán los salvadoreños residentes en el extranjero a aspirar a una candidatura en 2024, tras la aprobación en septiembre de 2021 de la “Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el extranjero”, que se permita a los partidos realizar elecciones internas en el extranjero.
Según Olivo, esto evitaría que los compatriotas estén obligados a viajar a El Salvador para someterse a ese proceso exigido por ley, para optar a una candidatura ya sea de presidente, diputado o alcalde y limitarlos a que solo tengan la oportunidad de participar como candidatos no partidarios.