El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) será la entidad encargada de emitir un carné de identificación a los salvadoreños que viven o que tienen propiedades en los sectores delimitados por la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 11 de septiembre de 1992.
El documento será extendido por el RNPN, tendrá una vigencia de 5 años a partir de la fecha de emisión y se extenderá gratuitamente la primera vez. La reposición, modificación o renovación del carnet tendrá un valor de $5.
Así como el escudo de Armas de la República de El Salvador, el sector delimitado al que pertenece, el lugar y fecha de expedición, mes y año de vencimiento y el tipo de trámite.
Se podrá solicitar la modificación del carné de identificación por el cambio de nombre en razón de contraer matrimonio, divorcio, viudez, adopción, reconocimiento de paternidad u otras causales.
Para el caso de los menores de edad, será necesario que estos sean acompañados por la madre, por el padre, un tutor, responsable o representante quien deberá acreditar la calidad en que actúa y presentar la partida de nacimiento del niño o niña.
Las personas carnetizadas podrán ingresar al territorio nacional los bienes producidos o adquiridos en las zonas o sectores delimitados, ya sea por punto de frontera legalmente o no habilitada, libre de derechos, aranceles e impuestos, de igual manera, podrán trasladar a dichas zonas los productos producidos y adquiridos en el país.
Sin embargo, los que sean introducidos a El Salvador y que no hayan sido producidos o adquiridos en las zonas o sectores delimitados, se sujetarán a los procedimientos ordinarios aduaneros y al pago de los tributos aplicables a la importación.
Ese fue el acuerdo logrado este 25 de agosto de 2022 en la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa, a la petición que hizo llegar el Ejecutivo a través de la ministra de Relaciones Exteriores, Alexandra Hill Tinoco, de que aprobaran reformas a la Ley Especial de Creación del Régimen de Identificación Migratorio y Aduanero, aplicable a las Personas Afectadas por la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 11 de septiembre de 1992”.
Para profundizar en el estudio de la propuesta, los legisladores recibieron a una comitiva del Ministerio de Relaciones Exteriores, encabezada por la canciller Tinoco.
Los delegados expusieron que con las modificaciones a la normativa se busca contribuir al tránsito seguro y libre de la población, extender un carnet de identificación a todos los pobladores, facilitar la prestación de servicios básicos de calidad y fortalecer la seguridad ciudadana a través del control de las actividades migratorias y aduaneras en estos territorios.
Para poder gozar de los beneficios citados los salvadoreños deberán residir o ser propietarios de inmuebles ubicados en las zonas o sectores delimitados y estar registrados en el padrón de identificación que será levantado para dicho fin.
El levantamiento y validación del padrón estará a cargo de la Comisión de Seguimiento El Salvador-Honduras, Sección El Salvador, quien podrá solicitar el apoyo de la autoridad municipal vinculada con la temática de atención al sector delimitado.