La Asamblea Legislativa aprobó, con dispensa de trámite y 59 votos a favor, prorrogar la vigencia de la Ley Especial Transitoria para sancionar infracciones a la comercialización a productos derivados del petróleo hasta el 30 de julio de 2025.
Las disposiciones están vigentes desde el año 2022 y su vigencia estará activa desde la fecha de publicación en el Diario Oficial. Ninguno de los diputados discutió la aprobación.
La ley especial busca tipificar y combatir las conductas constitutivas como infracciones a la misma, así como establecer las sanciones y el procedimiento para ser aplicado por el Ministerio de Economía.
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Los incumplimientos a las obligaciones son sancionadas con multas que van desde los $500 hasta los $10,000 y de los $10,001 a los $100,000, dependiendo el tipo de la falta.
Entre las obligaciones establecidas en dicha ley están atender la instrucción del Delegado de la Dirección de Hidrocarburos y Minas de interrumpir la salida de determinados vehículos de los depósitos de aprovisionamiento de productos de petróleo, así como de las plantas de envasado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) que contengan producto envasado en cilindros, mientras dure la realización de una inspección.
Asimismo, envasar el contenido exacto de GLP en cada cilindro portátil, considerando la tolerancia o variación máxima permitida (VMP) correspondiente al peso de GLP establecida en cada presentación, para realizar cualquier actividad relacionada a su distribución y comercialización y respetar el precio máximo de venta de GLP envasado en cilindros portátiles de uso doméstico establecidos por el Ministerio de Economía.