Historias que importan, gracias a lectores como tú

El periodismo que hacemos requiere tiempo, esfuerzo y pasión. Cada reportaje es para mantener informado y contar historias que marcan la diferencia

Sucríbete y obtén acceso a contenido exclusivo

  
Suscribirme
EPAPER Donald Trump|Miss Universo|Diáspora salvadoreña|Pensiones|Torneo Apertura 2024

Asamblea extiende vigencia de ley que sanciona abusos en la venta de productos del petróleo

La ley contempla multas de los $500 hasta los $100,000.

Por Jessica García | Dic 11, 2024- 18:38

En la sesión plenaria de este miércoles, la Asamblea aprobó por dispensa de trámites las solicitudes del gobierno de prórroga a decretos. Foto EDH / Susana Peñate

La Asamblea Legislativa aprobó, con dispensa de trámite y 59 votos a favor, prorrogar la vigencia de la Ley Especial Transitoria para sancionar infracciones a la comercialización a productos derivados del petróleo hasta el 30 de julio de 2025.

Las disposiciones están vigentes desde el año 2022 y su vigencia estará activa desde la fecha de publicación en el Diario Oficial. Ninguno de los diputados discutió la aprobación.

La ley especial busca tipificar y combatir las conductas constitutivas como infracciones a la misma, así como establecer las sanciones y el procedimiento para ser aplicado por el Ministerio de Economía.

LEA: Ley de hidrocarburos fue reformada para proceder a buscar petróleo en el país

Los incumplimientos a las obligaciones son sancionadas con multas que van desde los $500 hasta los $10,000 y de los $10,001 a los $100,000, dependiendo el tipo de la falta.

Entre las obligaciones establecidas en dicha ley están atender la instrucción del Delegado de la Dirección de Hidrocarburos y Minas de interrumpir la salida de determinados vehículos de los depósitos de aprovisionamiento de productos de petróleo, así como de las plantas de envasado de Gas Licuado de Petróleo (GLP) que contengan producto envasado en cilindros, mientras dure la realización de una inspección. 

Asimismo, envasar el contenido exacto de GLP en cada cilindro portátil, considerando la tolerancia o variación máxima permitida (VMP) correspondiente al peso de GLP establecida en cada presentación, para realizar cualquier actividad relacionada a su distribución y comercialización y respetar el precio máximo de venta de GLP envasado en cilindros portátiles de uso doméstico establecidos por el Ministerio de Economía.

MÁS SOBRE ESTE TEMA

KEYWORDS

Asamblea Empresas Petroleras Petroleros Política Ver Comentarios

Patrocinado por Taboola

Te puede interesar

Ver más artículos

Inicio de sesión

Inicia sesión con tus redes sociales o ingresa tu correo electrónico.

Iniciar sesión

Hola,

Bienvenido a elsalvador.com, nos alegra que estés de nuevo vistándonos

Utilizamos cookies para asegurarte la mejor experiencia
Cookies y política de privacidad